Resolución de 12 de enero de 2023 de la Directora General de Mujer y Diversidad de Género por la que se convocan los “Premios 8 de marzo de la Región de Murcia”
BORM número 19 de 25 de enero de 2023
Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia
Vigencia: desde el 26 de enero de 2023
Referencias
Afectada por:
Orden de 9 de febrero de 2017, de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases de los Premios "8 de marzo" de la Región de Murcia, (BORM nº 34 de 11 de febrero de 2017):
Bases de la convocatoria.
Contenido
En la base tercera se establece que la convocatoria de dichos premios se realizará anualmente mediante Resolución del Centro Directivo que ostente las competencias en materia de igualdad. De conformidad con el Decreto número 71/2022, de 2 de junio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia y sus modificaciones posteriores, se atribuye, en su artículo 4, a la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género, entre otras competencias, el impulso, seguimiento, evaluación y, en su caso, gestión, seguimiento, evaluación y, en su caso, gestión de políticas especializadas que contribuyan a la incorporación efectiva de la mujer en la vida social, política, económica y cultural de la Región de Murcia, así como la promoción de programas y estructuras que garanticen la igualdad de oportunidades de las mujeres, incluido el fomento de la actividad asociativa, de participación y prestación de servicios específicos desde instituciones públicas y privadas
En cumplimiento de las citadas bases, y de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto del Presidente número 11/2022, de 12 de mayo, de Reorganización de la Administración Regional, que en su artículo 3, establece que corresponde a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Trasparencia, entre otras materias, el desarrollo y ejecución de las políticas de la mujer, incluidas las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, y de las políticas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, sin perjuicio de las que le corresponda a otros departamentos regionales.
Resuelvo:
Primero.- Convocar la edición de los “Premios 8 de marzo” de la Región de Murcia para el año 2023, que se regirá íntegramente por las bases establecidas en la Orden de 9 febrero de 2017 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases de los Premios “8 de marzo” de la Región de Murcia.
Segundo.- La presentación de las candidaturas deberá hacerse en el plazo improrrogable de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BORM.
Tercero.- En las candidaturas se hará constar si se opta por la modalidad a), b), c) y/o d) de la base 1.ª de la mencionada Orden de 9 de febrero de 2017. Las candidaturas deberán contener:
- El formulario “solicitud de presentación” correspondiente al procedimiento 3066, disponible en la página Web http://www.carm.es, debidamente cumplimentado y se adjuntará la documentación que avale la concesión del premio.
- Identificación de la persona o Institución que presenta la candidatura.
- Teléfono, fax y correo electrónico del lugar de trabajo o institución que representa la candidatura.
- Personas allegadas y sus datos de contacto: nombre y apellidos, teléfono, relación con la persona propuesta, etc.
- Nombre y apellidos de la persona o nombre de la Institución candidata, domicilio, teléfonos de contacto, correo electrónico, profesión / ocupación y, en su caso, domicilio laboral, así como un breve resumen del recorrido profesional y personal (máximo 1000 caracteres).
- Actividades destacadas realizadas por la persona candidata a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Razones que fundamentarían la concesión del Premio “8 de marzo”.
- Otros: (recortes de prensa, fotografías, escritos, méritos reconocidos etc.).
Cuarto.- La documentación que avala las candidaturas deberá tener una extensión máxima de 4 páginas, con letra “Arial” tamaño 12, con interlineado de 1,5.
Las candidaturas se presentarán a través de la Sede Electrónica Habilitada de la Administración Pública de la CARM, ubicada en la página Web http://www.carm.es en el supuesto de las Entidades Locales; a través de la aplicación Corporativa de Comunicaciones de Régimen Interior, en el supuesto de otras Conserjerías pertenecientes a la CARM; y en el Registro General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, (Avenida de la Fama n.º 3, Murcia) o en cualquiera de los Registros determinados por la normativa vigente, en el caso de personas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.
Toda la documentación deberá dirigirse a la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género en el formato establecido en la presente resolución. Procedimiento 3066.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia para general conocimiento.
Murcia, de 12 de enero de 2023. La Directora General de Mujer y Diversidad de Género, P.S., la Directora General de Familias y Protección de Menores, (Orden de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, de 3 de junio de 2022, por la que se designan suplencias temporales para despacho ordinario de asuntos por vacante, ausencia o enfermedad de los titulares de sus Órganos Directivos, BORM Número 131, miércoles, 8 de junio de 2022), Silvia Muñoz Hernández.