Distribución de fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género para las Entidades Locales 2025
Primero
Conceder, en concepto de dotación de recursos para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las Entidades Locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género y a favor de las entidades locales.
Estos fondos se destinarán a financiar actuaciones de gasto corriente.
Los programas financiados con cargo a estos fondos abarcarán el período de ejecución comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
En el caso de que los fondos se ejecuten por mancomunidades de municipios o comarcas, estas aportarán por registro electrónico, en el plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo o instrumento jurídico que las habilite para ejecutar actuaciones destinadas a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres o contra la violencia de género.
Segundo
Determinar la cuantía total de remanentes de fondos no comprometidos por cada entidad local.
Tercero
Determinar la cuantía de los remanentes de 2023 que se compensarán para cada entidad local en relación con el reparto de 2025.
Cuarto
Formalizar la distribución de fondos resultantes de descontar a cada importe total concedido.