Familia y menor | Menor | Pagina principal |

Ley 2/2024, de 11 de julio, de incremento del importe de las plazas y servicios correspondientes a los conciertos sociales de los sectores de menor y reforma

Artículo único. Incremento del importe de las plazas y servicios correspondientes a los conciertos sociales de los sectores de menor y reforma.

Se determina que los importes de las plazas y servicios correspondientes a los conciertos sociales de los sectores de menor y reforma, vigentes en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, tendrán un incremento igual al que se establece en la relación siguiente, en función del modelo de acuerdo, desde el 1 de enero de 2024:

1.- Plazas en centros de media/larga estancia para menores cuya tutela y/o guarda haya sido asumida por la entidad pública.
2024: 175,38 € (+2,16%).

2.- Plazas para centros de media/larga estancia de menores con problemas de conducta cuya tutela y/o guarda haya sido asumida por la entidad pública.
2024: 207,57 € (+2,31%)

3.- Plazas en centros para primera acogida de menores en situación de urgencia o emergencia social cuya tutela y/o guarda haya sido asumida por la entidad pública.
2024: 181,33 € (+2%)

4.- Plazas de centros de primera acogida y media/larga estancia para menores de 0 a 6 años cuya tutela y/o guarda haya sido asumida por la entidad pública.
2024: 163,54 € (+1,65%)

5.- Servicio de preparación para la vida independiente a personas jóvenes tuteladas y extuteladas en riesgo de exclusión social.
2024: 35,74 € (+2,00%)

6.- Plazas en centros con medidas de seguridad para menores a los que se les haya impuesto medidas judiciales de internamiento.
2024: 264,27 € (+1,48%)

7.- Servicio de Punto de Encuentro Familiar.
2024: 227,61 € (+8,39%)

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Legislación | Personas con Discapacidad |

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza especial reguladora de la reserva de la vía pública para discapacitados y reserva de estacionamiento para discapacitados

Ordenanza especial reguladora de la reserva de la vía pública para discapacitados y reserva de estacionamiento para discapacitados

Objeto:
Regular la reserva de la vía pública para favorecer el acceso desde la calzada a la vivienda y viceversa a las personas discapacitadas, y reserva de estacionamiento de los vehículos de turismo que transporten discapacitados, con una disminución física en sus miembros motores y/o que padezcan problemas muy graves de movilidad que requieran la ayuda de otra persona y/o de aparatos mecánicos, que las incapacite para el normal uso de los transportes colectivos o de la marcha a pie, con el fin de facilitar su movilidad.

Concesión de permisos y Requisitos:
A partir de la aprobación de la presente Ordenanza, y en íntima relación con la ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE LA TARJETA EUROPEA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD AYUNTAMIENTO DE CEUTÍ, el órgano competente municipal podrá autorizar, a solicitud de/los interesado/s:

1.º) Reservas de la vía pública para favorecer el acceso desde la calzada a la vivienda, y viceversa

2.º) Reserva de Estacionamiento para discapacitados

Disposición final:
La presente Ordenanza, entrará en vigor a los 15 días de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

 

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Blanca, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Blanca, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que, queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de quinientos tres mil trescientos dieciséis euros con veintidós céntimos (503.316,22 €), con una estimación de la aportación del IMAS de cuatrocientos setenta y tres mil trescientos noventa euros con treinta y nueve céntimos (473.390,39 €).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Beniel, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Beniel, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:
Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de quinientos tres mil trescientos dieciséis euros con veintidós céntimos (503.316,22 €), con una estimación de la aportación del IMAS de cuatrocientos setenta y tres mil trescientos noventa euros con treinta y nueve céntimos (473.390,39 €).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Totana para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Totana para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de seiscientos ochenta y seis mil trescientos cuarenta euros con treinta céntimos (686.340,30€), con una estimación de la aportación del IMAS de seiscientos treinta y tres mil trescientos noventa y cuatro euros con quince céntimos (633.394,15 €).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Yecla para la prestacion del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social, y el Ayuntamiento de Yecla, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que  queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de un millón seis mil seiscientos treinta y dos euros con cuarenta y cuatro céntimos (1.006.632,44 €), con una estimación de la aportación del IMAS de novecientos veinticinco mil ochocientos treinta y dos euros con doce céntimos (924.527,41 €).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Torre Pacheco para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social, y el Ayuntamiento de Torre Pacheco, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:
Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de seiscientos ochenta y seis mil trescientos cuarenta euros con treinta céntimos (686.340,30 €), con una estimación de la aportación del IMAS de seiscientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres euros con veinticinco céntimos (639.463,25 €) 

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos sesenta euros con veinte céntimos (457.560,20 €), con una estimación de la aportación del IMAS de cuatrocientos dieciséis mil ciento noventa y tres euros con sesenta y siete céntimos (416.193,67 €).

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Alcantarilla, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes.

Adenda al convenio de colaboración suscrito, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Alcantarilla, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que, queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de setecientos cincuenta y cuatro mil novecientos setenta y cuatro euros con treinta y tres céntimos (754.974,33€), con una estimación de la aportación del IMAS de
seiscientos noventa y tres mil trescientos noventa y cinco euros con cincuenta y seis céntimos (693.395,56€).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Legislación | Personas mayores |

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, para la prestación del servicio de centro de día para personas mayores dependientes

Acuerdan:
Modificar la Cláusula Primera del citado convenio, en el sentido de incrementar en 2 el número de plazas convenidas con el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, pasando a ser de 28 el total de plazas convenidas.

Modificar la Cláusula Séptima del convenio de colaboración, relativa al coste e importe de las plazas así como la cuantía del convenio que, una vez aplicado el incremento previsto queda redactada en los siguientes términos:

Los importes por plaza serán los siguientes:

a) Plaza ocupada sin manutención: 795,93 €/mes sin IVA.
b) Plaza ocupada con manutención: 988,08 €/mes sin IVA.

El coste total máximo del convenio asciende a la cantidad de seiscientos seis mil seiscientos ochenta y cinco euros con veintidós céntimos (606.685,22 €), con una estimación de la aportación del IMAS de quinientos sesenta y dos mil trecientos quince euros con ochenta y tres céntimos (562.315,83 €).

En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

La presente Adenda producirá efectos desde el 01 de julio de 2024, salvo firma posterior, y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Familia y menor | Familias Numerosas | Legislación |

Convenio tipo entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Torre Pacheco para la tramitación inmediata del procedimiento de reconocimiento y/o renovación del titulo de familia numerosa en las oficinas de asistencia en materia de registros municipales

Objeto del convenio:
La finalidad del presente convenio es articular la encomienda de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) al Ayuntamiento de Torre Pacheco, para la tramitación inmediata del procedimiento de reconocimiento y/o renovación del título de familia numerosa (código 668) en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros municipales.

Régimen de actuaciones:
Las actuaciones objeto de encomienda se llevarán a cabo por los funcionarios de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros municipales mediante el acceso a la plataforma informática de gestión, en la que quedará constancia de la huella del funcionario interviniente, oficina, fecha y hora de la expedición, y que la Dirección General competente en materia de familias numerosas pondrá a disposición del Ayuntamiento.

Plazo de duración y efectos:
El convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma por la parte que lo haga en último lugar y tendrá una duración de cuatro años, debiendo ser publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. 

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Legislación | Pagina principal |

Objeto de la convocatoria:

Provisión, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, de tres plazas de Trabajador/a Social, incluida en la Ofertas de Empleo Público del ejercicio 2024 (BORM número 87, de 16 de abril de 2024).

Grupo/Subgrupo: Grupo A
Subgrupo A2 Escala: Administración Especial
Subescala: Técnica 
Clase: Técnica Media 
Denominación: Trabajador/a Social

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Familia y menor | Ayudas y Subvenciones | Legislación | Pagina principal |

Objeto

Realización de proyectos de educación y sensibilización para el desarrollo y acogida temporal de menores procedentes de países en desarrollo, en el Municipio de Murcia.

Beneficiarias:

Organizaciones, instituciones, fundaciones y asociaciones no gubernamentales para el desarrollo, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas de forma individual o asociadas a organizaciones en países en desarrollo, con establecimiento local en el Municipio de Murcia, que cumplan los requisitos detallados en la convocatoria.

Bases reguladoras: 

Ordenanza reguladora de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM número 36 de 14 de febrero de 2023).

Plazo de presentación de solicitudes: 

El plazo único para la presentación de proyectos será a contar desde la publicación del anuncio de aprobación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/773716

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Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación | Pagina principal |

Ampliación en 210.000 euros para el ejercicio presupuestario de 2024 el crédito asignado inicialmente al programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social en la Resolución de 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan para 2024 las subvenciones, cofinanciadas por el fondo social europeo plus, dirigidas a entidades del tercer sector para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. (BORM número 300 de 30 de diciembre de 2023). 

Se aprueba un gasto de 210.000 euros adicionales al crédito disponible en la convocatoria inicial para el año 2024 de las subvenciones indicadas, fijando la cantidad total disponible para la concesión y pago de las mismas en 6.410.000 euros.

La modificación establecida en el artículo anterior no implica la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes.

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Mujer e Igualdad | Pagina principal |

Atención social

380.000 euros para las casas de acogida que ofrecen atención integral a víctimas de violencia de género

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha aprobado la concesión directa de subvenciones por un importe máximo de 380.000 euros a cinco entidades locales de la Región para garantizar el mantenimiento y funcionamiento de las casas de acogida que ofrecen alojamiento y atención integral a mujeres víctimas de violencia de género y a los menores a su cargo.

En el caso del Ayuntamiento de Cartagena, la subvención correspondiente al Pacto de Estado contra la Violencia de Género alcanza los 120.000 euros, mientras que el consistorio de Murcia contará con una dotación de 80.000. Los ayuntamientos de Cieza, Lorca y Molina de Segura, por su parte, percibirán una cuantía de 60.000 euros cada uno.

La Región de Murcia cuenta en la actualidad con 15 casas de acogida de corta y media estancia y con un centenar de plazas de alojamiento inmediato, que proporcionan una atención integral a las víctimas durante las 24 horas, los 365 días del año, de modo presencial y de forma totalmente gratuita.

En estos alojamientos, las víctimas y sus hijos encuentran el alojamiento y manutención que necesitan, así como apoyo, acompañamiento y seguimiento individualizado como, por ejemplo, atención psicológica y social, acompañamiento en el procedimiento legal, abordaje de su situación formativo y laboral, desarrollo de habilidades sociales, búsqueda de vivienda… El propósito es que puedan iniciar un nuevo proyecto de vida, facilitar su autonomía  y romper cualquier vínculo con su agresor.

Universidades

Aprobada la implantación en la UMU del Máster universitario en Trabajo Social en el Ámbito Sanitario

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, ha autorizado la implantación en la Universidad de Murcia (UMU) del Máster universitario en Trabajo Social en el Ámbito Sanitario para el curso 2024-2025.

Este nuevo título será coordinado por la Universidad de Valencia e impartido de forma conjunta por la UMU y otras seis universidades españolas más: la Universidad de Alicante, la Universidad de Barcelona, la Universidad de Girona, la Universidad de Lleida, la Universidad Rovira i Virgili y la Universitat de les Illes Balears.

El título ha obtenido la evaluación favorable de ANECA, la verificación positiva del Consejo de Universidades y el informe favorable del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia. La UMU incrementa así la oferta de enseñanzas, fundamentalmente en sus ámbitos de especialización.

Por otra parte, el Consejo ha aprobado asimismo la extinción de los títulos universitarios de Máster en Desarrollo Económico y Cooperación Internacional por la UMU, el de Graduado en Derecho Canónico por la Universidad Católica de Murcia (UCAM) y el de Graduado en Gastronomía por la UCAM, que se sustituye por otro con mayor número de créditos. 

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Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación | Mujer e Igualdad | Pagina principal |

Objeto:

Convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia para el año 2024.

Serán subvencionables con cargo a esta convocatoria los hechos o situaciones siguientes: 

Línea 1. Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención. 

a) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo de la Región de Murcia (SEF) correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración. 

b) Se encuentren desarrollando prácticas no laborales, estén inscritos como desempleados en la correspondiente oficina de empleo del SEF como demandantes de empleo, y la contratación por la que se solicita la subvención se realice durante la vigencia de las prácticas, y siempre que, al menos hayan transcurrido seis meses desde el inicio de las mismas y se formalice por la empresa donde se estén realizando estas prácticas. 

c) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas en la correspondiente oficina de empleo del SEF y puedan ser consideradas mujeres víctimas de violencia de género o mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, mujeres en contextos de prostitución, personas víctimas de terrorismo, personas beneficiarias de la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, o personas en situación de riesgo de exclusión social

d) Se trate de mujeres desempleadas, no ocupadas e inscritas en la oficina de empleo del SEF con hijos menores de 4 años.

Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años. 

Línea 4. Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido del contrato formativo. 

Línea 5.Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes. 

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2023, los municipios de la Región de Murcia de menos de 10.000 habitantes son: Abanilla, Albudeite, Aledo, Blanca, Campos del Río, Librilla, Lorquí, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.

Línea 7. Programa para el apoyo al “retorno talento”. 

Línea 8. Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”

Bases reguladoras:

Orden de 14 de mayo de 2024 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia. (BORM número 128 de 04/06/2024).

Plazo de presentación de solicitudes: 

a) Plazo general de la convocatoria.

El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM hasta el 15 de octubre de 2024, sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. 
Las solicitudes de subvención presentadas fuera de este plazo no se admitirán a trámite. 

b) Plazo individualizado de las solicitudes.

El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral) o de la fecha en la que se produzca la conversión del contrato formativo en indefinido. 

El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada o de la fecha que se produzca la conversión y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación o la conversión en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Las solicitudes se presentarán dentro del plazo individualizado descrito en el apartado b) y siempre dentro del plazo general de la convocatoria correspondiente. 

En el supuesto de contrataciones o conversiones realizadas entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Código de procedimiento 1205

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/772144

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Pagina principal | Personas con Discapacidad |

Objeto:

- Definir y establecer un marco común de condiciones para el desarrollo de programas de información, orientación y apoyo para personas con autismo y sus familias, en el marco del I Plan de Acción de la Estrategia Española sobre trastorno del espectro del autismo, aprobado en el Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad el 5 de julio de 2023. 

- Contribuir a la vida independiente y a la inclusión en la comunidad de las personas con autismo, la necesidad de alcanzar acuerdos en el marco del Consejo Territorial de Servicios sociales para el desarrollo de programas de información, orientación y apoyo para las personas con autismo y sus familias.

- Promover acuerdos en el marco del Consejo Territorial de Servicios Sociales, programas de información, orientación y apoyo dirigidos a las familias de personas con TEA, en todas las etapas del ciclo vital, haciendo especial énfasis en aquellas situaciones de especial vulnerabilidad por urgencia social. Los Servicios Sociales, en concreto la atención social primaria, supone una de las primeras puertas de entrada de las personas con autismo y sus familias al sistema público de información y apoyos. Estos servicios informan y acompañan a las personas y a sus familias a lo largo de sus vidas.

Factores de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social en la situación de las personas con autismo y sus familias:

Detección, diagnóstico y atención temprana.
Educación y riesgo de fracaso y acoso escolar.
Salud general y salud mental.
Mujeres y niñas en el espectro del autismo.
Vida adulta, dependencia y vida independiente.
Empleo
Envejecimiento
Familias y vulnerabilidad económica.
Inclusión social y participación ciudadana.

Recomendaciones/medidas y estándares/indicadores para el desarrollo de programas sociales dirigidos a personas con autismo y sus familias:

Recomendación 1. Reconocer los factores de riesgo que impactan en la vulnerabilidad del colectivo del autismo y sus familias, especialmente en los procedimientos de primera atención:

Promover programas y servicios explicitan los factores de riesgo que conciernen a las personas del espectro del autismo en sus protocolos y guías dirigidas a los profesionales de atención.

Recomendación 2. Formar a los profesionales de la red de atención primaria de servicios sociales que mitigue la vulnerabilidad de las personas con TEA:

Ofertar formación especializada en autismo a los profesionales que se encuentran en la unidad administrativa y UTS Primera Atención, como trabajadoras sociales, psicólogas, educadoras, coordinadoras y otras profesionales de administración, asesoría y servicios. Esta formación ser debe orientarse a ofertar información actualizada y basada en la evidencia, sobre el autismo como condición del neurodesarrollo, las necesidades y prioridades de las personas autistas y sus familias en diferentes etapas vitales, las estrategias para ofrecer una mejor atención al colectivo desde los Servicios Sociales y mitigar su vulnerabilidad poniendo atención a las familias en situaciones de pobreza y exclusión social.

Recomendación 3. Garantizar la participación real y efectiva de la persona con autismo y su familia en el Plan Individualizado de Inserción Social, independientemente de las necesidades de apoyo y prestando especial atención a las situaciones de vulnerabilidad y riesgo sociocomunitario:

Impulsar planes personales de apoyos bajo el modelo social y de derechos que sigue los principios de inclusión, personalización, autonomía y participación, prestando especial atención a los contextos naturales, promoviendo la continuidad, coherencia y sinergia de los apoyos entre las diferentes etapas vitales, en cooperación con las organizaciones de autismo.

Recomendación 4. Proveer y generar documentos y procesos accesibles para las personas autistas y sus familias:

Adaptar los trámites de solicitud de las prestaciones y recursos, facilitando documentos en formatos de fácil comprensión (lenguaje claro y lectura fácil), posibilitando la realización de trámites en formato presencial u online, en función de las necesidades y prioridades de las personas con autismo y sus familias.

Adaptar los procesos de comunicación (explicaciones contextualizadas, lenguaje claro, sencillo y concreto) y se facilita el uso de sistemas alternativos y aumentativos de la comunicación, según las necesidades y prioridades de las personas con autismo.

Adaptar el entorno y las posibles variables que pueden influir en la experiencia de la persona autista (luces, ruido, espacio de espera tranquilo, poco tiempo de espera, posibilidad de conocer el espacio previamente a la cita, señalizar el espacio).

Recomendación 5. Promover la creación que las personas con autismo cuenten con una historia social completa, coordinada y unificada entre los servicios:

La historia social recoge información sobre necesidades, intereses, metas, y prioridades, desde un enfoque social y de derechos y el diagnóstico social tiene en cuenta las principales condiciones de vulnerabilidad de las personas con autismo y sus familias: sociales y económicas, otras dificultades y alteraciones asociadas, género, edad a la que recibe el diagnóstico, salud física y mental, situaciones de acoso escolar o laboral, abandono escolar, desempleo, participación social, edad, estrés familiar.

Recomendación 6. Incorporar la realidad del autismo en los servicios de apoyo familiar y social:

Promover que los servicios de apoyo familiar y social consideren la realidad de las familias de personas con autismo, con especial atención aquellas familias en situación de exclusión social, monomarentales y monoparentales, que conozcan la realidad de estas familias para darles respuestas a las situaciones de sobrecarga, desinformación o de emergencia social que requieren la derivación inmediata a recursos y servicios de apoyo especializados.

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Igualdad 

 

AYUDAS ECONÓMICAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Igualdad ha aprobado el Real Decreto que regula las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales recogidas en la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual (LOGILS).

En su artículo 41, la Ley reconoce el derecho de las víctimas de violencias sexuales a percibir una ayuda económica cuando quede acreditada la condición de víctima de violencia sexual e insuficiencia de medios económicos. El objetivo es garantizar su autonomía económica y facilitar así la recuperación integral de las víctimas más vulnerables.

El real decreto establece que las ayudas se destinarán tanto a las mujeres como a los niños y niñas víctimas de violencia sexual. Además, determina los medios para acreditar la condición de víctima, más allá del ámbito estrictamente judicial: una sentencia condenatoria, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar; un informe del Ministerio Fiscal; un informe de los servicios sociales; un informe de servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género; un informe de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la administración pública competente o de la Inspección de Trabajo así como de la Seguridad Social y una sentencia de la jurisdicción de lo social.

En el caso de las víctimas de trata bastará con una acreditación de los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas. Por otra parte, en el caso de menores de edad, también será posible acreditar la situación de víctima de violencia sexual con documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.

Situación de vulnerabilidad

El umbral de renta para poder beneficiarse de las ayudas dependerá en cada caso de la situación de la víctima. En general, solo se tendrán en cuenta las rentas o ingresos de la víctima que solicite la ayuda, excepto cuando la víctima tenga personas a su cargo, que se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar.

Así, podrán acceder las víctimas que carezcan de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional (sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias).

Cuando las víctimas sean menores de edad o dependan económicamente de su familia y formen parte de una familia reconocida como numerosa se tendrá en cuenta que la renta de la unidad familiar no supere tres veces el salario mínimo interprofesional (excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias).

En ningún caso se tendrán en cuenta las rentas del cónyuge, pareja o progenitor de la víctima cuando éste sea el agresor.

Las víctimas contarán con un periodo de 5 años para poder solicitar la ayuda y ésta se podrá solicitar en diferentes ocasiones a lo largo de la vida si se vuelve a ser víctima de violencia sexual.

Respecto a la cuantía a recibir, será de un mínimo equivalente a seis mensualidades del subsidio por desempleo y se podrá aumentar dependiendo de las responsabilidades familiares de la víctima o de si está en situación de discapacidad. La ayuda se abonará en un pago único o en seis mensualidades
El real decreto establece la regulación general y serán las comunidades autónomas quienes deberán desarrollar normativamente el procedimiento para hacerlas efectivas. El coste de las ayudas irá a cargo del Estado, que se lo reembolsará a las comunidades autónomas, responsables de la tramitación y el abono de las mismas a las víctimas.

Acceder al Real Decreto 664/2024, de 9 de julio, por el que se regulan las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales, y por el que se modifica el Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (BOE número 166 de 10/07/2024)

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20 profesionales elaboran el primer Protocolo de coordinación interinstitucional en violencia sexual de la Región

La Consejería de Política Social lidera esta iniciativa para evaluar y mejorar los procedimientos de actuación entre las distintas administraciones y los servicios implicados en la atención a las víctimas

La Comunidad avanza en la elaboración del primer Protocolo de coordinación interinstitucional en violencia sexual de la Región de Murcia con el fin de evaluar y mejorar los procedimientos de actuación que se están llevando a cabo en la actualidad entre las distintas administraciones y los servicios implicados en la atención a las víctimas.

La consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, presidió hoy la Comisión Técnica de trabajo en la que participan una veintena de profesionales pertenecientes a la Administración regional y local, la intervención social, educación, salud, la federación de municipios y a los ámbitos jurídico y de seguridad.

El objetivo de este protocolo “no sólo es prevenir y erradicar los casos de violencia sexual en la Región, sino también establecer programas y políticas específicas para que exista una coordinación real entre todos los agentes intervinientes y garantizar la protección y atención integral que las víctimas requieren”, destacó Ruiz.

En este sentido, la titular de Política Social resaltó que el propósito de esta iniciativa que lidera su departamento es “convertir a la Región de Murcia en un referente en la implementación de políticas eficaces y en la creación de espacios seguros para las personas, trabajando de forma coordinada y con determinación y siguiendo las pautas marcadas por el Convenio de Estambul y del Parlamento Europeo para promover una cultura de respeto e igualdad”.

El protocolo, que estará diseñado antes de que finalice el año, se elaborará mediante tres fases de actuación. La primera es la que ha tenido lugar hoy con el intercambio de información por parte de los agentes intervinientes y la segunda se prolongará hasta el mes de noviembre con el análisis de la documentación recogida, el mapeo de recursos existentes y el ajuste de borradores por parte de los agentes con la realización de talleres y grupos de trabajo. En una tercera fase, se aportarán las modificaciones oportunas para la entrega del protocolo final.

La consejera explicó que “el proceso será muy participativo para que el resultado se ajuste a las necesidades reales que presentan las víctimas en atención y seguridad, pero también a las posibles lagunas que en la actualidad encuentran los profesionales a la hora de realizar su trabajo”.

Durante la sesión de hoy se crearon cuatro grupos de trabajo que reúnen, por una parte, a los profesionales implicados en la detección, atención inicial y derivación, como son los referentes al ámbito de la Educación y de los Servicios Sociales. En otro, quedarán incluidos los servicios de emergencia y la atención sanitaria especializada; el tercer grupo integrará a los agentes de seguridad y atención policial y judicial y; el último equipo, a los servicios especializados de la atención social integral.

Los temas transversales a todos los grupos serán las cuestiones relativas a personas especialmente vulnerables, las distintas tipologías de violencia sexual que existen en la actualidad, así como los mecanismos de seguimiento y evaluación del protocolo. 

1.907 intervenciones a víctimas de violencia sexual

El Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual atendió a 477 mujeres durante el primer semestre del año, de ellas 141 era la primera vez que acudían. En concreto, fueron atendidas 32 mujeres nuevas más que en el mismo periodo del año anterior a través del servicio de atención integral a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales (CAVAX).

El desglose de datos también recoge que, desde enero a junio de este año, 20 mujeres nuevas menores (a partir de 16 años de edad), contactaron con el Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual de la Región de Murcia. Una cifra que supera la registrada el pasado ejercicio, con 11 menores más.

Por otro lado, los datos referidos a las intervenciones realizadas por el equipo de profesionales de la Comunidad, asciende este semestre a 1.907. De ellas, 1.022 fueron de atención psicológica, 394 actuaciones en materia de trabajo social y 491 correspondientes al área jurídica.

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La Comunidad desarrolla una herramienta pionera en Europa para mejorar la atención a las personas con problemas de salud mental

El protocolo electrónico denominado PETRA permitirá coordinar con mayor eficacia el trabajo de los profesionales sociales y sanitarios implicados

La herramienta es tan innovadora que la Comisión Europea pretende extenderla entre todos los países participantes en 'Proyectos de vida inclusivos' del programa europeo 'Joint Action Implemental'

La Comunidad ha desarrollado una herramienta informática pionera en la Región de Murcia y a nivel europeo para mejorar la atención en el proceso de acompañamiento que reciben las personas con trastorno mental grave y/o adicciones. Se trata de una plataforma electrónica destinada a la gestión y seguimiento de casos de personas que padecen esta afección y que permitirá mejorar el trabajo conjunto que en la actualidad realizan los profesionales sociales y sanitarios intervinientes.

Esta iniciativa ha sido desarrollada por las consejerías de Política Social, Familias e Igualdad; de Salud; y de Economía, Hacienda y Empresa con fondos europeos FSE por valor de 30.000 euros. Además, ha contado con la colaboración del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), el Servicio Murciano de Salud (SMS), los centros de Servicios Sociales de todas las entidades locales de la Región, así como entidades del Tercer Sector.

La aplicación ha sido presentada hoy a los profesionales del sector durante una jornada informativa que ha inaugurado la consejera de Política Social, Conchita Ruiz, junto con la directora general de Salud Mental del SMS, María José Lozano, y ha estado conformada por una mesa redonda y la posterior demostración de uso de la plataforma PETRA.  

Ruiz destacó que, con esta herramienta avanzada, “evolucionamos hacia una gestión asistencial más eficiente y operativa para que la valoración de los casos, la atención y monitorización de las personas con problemas de salud mental que precisan de acompañamiento para el desarrollo de su vida independiente pueda realizarse de forma más rápida y precisa. Un avance significativo en la atención personalizada que requieren las personas y en la coordinación de los equipos sociosanitarios implicados”.

PETRA está enmarcada en los ‘Proyectos de vida inclusivos’ del programa europeo ‘Joint Action Implemental’ para las buenas prácticas en materia de salud mental. La herramienta es tan innovadora que la Comisión Europea pretende extenderla entre todos los países europeos participantes en el proyecto.

En la Región de Murcia, la aplicación será utilizada por más de 70 profesionales que requerirán de unas sesiones formativas en las diferentes áreas de salud del SMS. En concreto, PETRA conectará el sistema informático de datos e informes de las consejerías de Política Social y de Salud para trabajar en común, junto a los profesionales que intervienen en el proceso de acompañamiento de las personas con problemas de salud mental que eligen seguir viviendo en su entorno natural. 

La titular de Política Social explicó que “el objetivo final de este tipo de proyecto es continuar dirigiendo nuestras actuaciones hacia un modelo de atención integral desinstitucionalizada y centrada en la integración social de las personas con problemas de salud mental”.

En este sentido la Comunidad también pondrá en marcha un proyecto piloto para personas con trastorno mental grave que precisen de apoyos para desarrollar un proyecto de vida independiente, donde se incluye el acceso a la atención en una vivienda. El proyecto está dotado con más de 8 millones de euros del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027 que se distribuirán en una convocatoria de ayudas dirigida a entidades sociales especializadas en la atención a estas personas, que se hará pública en el último trimestre de este año.

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