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Real Decreto 1046/2025, de 19 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial de seguimiento e impulso del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea y se establece su composición y funcionamiento

Imagen de ficción

Objeto:

El objeto del presente real decreto es crear la Comisión Interministerial de seguimiento e impulso del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea, así como establecer su composición y régimen de funcionamiento.

Creación y adscripción de la Comisión Interministerial de seguimiento e impulso del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea:
Se crea la Comisión Interministerial de seguimiento e impulso del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea (en adelante, la Comisión), como órgano colegiado de carácter interministerial.

La Comisión queda adscrita al Ministerio de Juventud e Infancia a través de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia.

Fines:
La Comisión tendrá como fin establecer las directrices políticas generales para el desarrollo, la implementación y el seguimiento de la Garantía Infantil Europea a nivel estatal.

Composición:
La Comisión tendrá la siguiente composición:

a) Presidencia: la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia.
b) Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Derechos de la  Infancia y de la Adolescencia.
c) Vocalías:
1.º La persona titular de la Secretaría General de Fondos Europeos o, alternativamente, una persona de la Secretaría General con rango mínimo de director o directora general.
2.º Una persona, en representación de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, dependiente de la Secretaría de Estado de Trabajo, con rango mínimo de subdirector o subdirectora general.
3.º Una persona, con rango mínimo de director o directora general, en representación del:

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible,
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,
Ministerio de Trabajo y Economía Social,
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana,
Ministerio de Cultura,
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
Ministerio de Sanidad,
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,
Ministerio de Igualdad,
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Funciones:
La Comisión tendrá las siguientes funciones:

- Establecer directrices generales para el desarrollo, la implementación y el seguimiento de la Garantía Infantil Europea a nivel estatal en España.
- Impulsar y coordinar las medidas contempladas en el Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea.
- Establecer mecanismos de cooperación de todos los departamentos ministeriales competentes para la implementación de la Garantía Infantil Europea en España.
- Realizar el seguimiento periódico de las actuaciones de los departamentos ministeriales, así como de su grado de cumplimiento.
- Informar a la Comisión de la Garantía Infantil de cuantas medidas se lleven a cabo.
- Formular propuestas de mejora del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea.
- Cualesquiera otras que fueran necesarias para el cumplimiento de sus fines.

Constitución de la Comisión:
La Comisión se constituirá en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto. 

La extinción de la Comisión se producirá a los seis meses de la finalización de la vigencia del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea en el año 2030.

Ausencia de incremento del gasto:
La constitución y el funcionamiento de la Comisión Interministerial serán atendidos con los medios materiales y personales de los departamentos ministeriales que la conforman, por lo que su actuación no supondrá gastos adicionales a los previstos en las dotaciones presupuestarias de los mismos ni incremento de gasto público.

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