Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación |

Real Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Modificación del Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

«De acuerdo con el PRTR, el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda es el 31 de diciembre de 2024.»
 

«El programa de bonos digitales para colectivos vulnerables que instrumenta este real decreto, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el día 31 de diciembre de 2024.» 

«Artículo 16. Incompatibilidad de los bonos digitales para colectivos vulnerables. Los bonos digitales concedidos en el ámbito de este real decreto no serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos financiados con cualquier otro fondo de la Unión Europea.»
 

Justificación de las ayudas.

 

 

 

 

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Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación |

Extracto de la Orden de 2 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de tramitación anticipada para la concesión de ayudas destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Next Generation EU

Objeto y finalidad:

Concesión de las ayudas del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables residentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

El bono digital contribuirá a financiar:

-La contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha. 
-El incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, con la tecnología más adecuada en cada caso. 

Beneficiarios y requisitos:

Podrán ser beneficiarios del bono digital para colectivos vulnerables las personas que, a fecha de la solicitud de la ayuda, sean beneficiarias de la prestación económica de la Renta Básica de Inserción, o del Ingreso Mínimo Vital, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y contraten, dentro del mes siguiente a la presentación de la solicitud, un paquete de conexión a banda ancha o el incremento de los ya contratados desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente. 

Sólo se podrá conceder un bono digital por persona física y por unidad familiar.

Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado a que se refiere el Anexo II de la Orden 2 de noviembre de 2022.

O a través de los operadores colaboradores del programa de bono digital (Anexo III).

Una vez suscrito el contrato con el solicitante del bono social digital, deberá remitir por vía telemática, a través de la sede electrónica de la CARM, procedimiento código 3876, de la guía de procedimientos y servicios, copia del mismo a la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión.

Transcurridos 10 días desde la presentación de la solicitud del bono social digital sin que se haya suscrito el correspondiente contrato entre la persona interesada y el operador- colaborador, se le tendrá por desistida, procediéndose al archivo de lo actuado.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el día 17 de noviembre de 2022. 

Importe de las ayudas:

El importe total del bono digital ascenderá a 240 euros a repartir entre doce mensualidades, de tal manera que se aplique una minoración mensual de 20 euros en la factura emitida por el operador-colaborador del programa.

Otros datos:

La concesión de las ayudas se realizará por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de los requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado a la convocatoria.
El pago de los bonos digitales se realizará directamente a la operadora colaboradora del programa elegida por las personas beneficiarias, con una periodicidad mensual, previa acreditación de los contratos formalizados en alta. 
Los operadores colaboradores del programa de bonos digitales para colectivos vulnerables deberán estar inscritos en el Registro de operadores habilitado a tal fin en el IMAS.

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La Comunidad destina cerca de 5 millones para mejorar los equipamientos y los servicios de los centros de discapacidad

Más de 4.200 personas se beneficiarán del plan de mejora de las instalaciones y los servicios impulsado desde la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

La Comunidad ha destinado un total de 4.877.912 euros para mejorar los equipamientos y los servicios que se prestan en los centros para personas con discapacidad, de atención residencial, centros de día y servicios de promoción de la autonomía personal, desde los que se atiende a más de 4.200 personas en la Región de Murcia.

En concreto, 64 entidades prestadoras de servicios han recibido esta financiación destinada, por un lado, a la adaptación de espacios al nuevo modelo de cuidados de larga duración y, por otro, a formación específica de los profesionales de los centros.

La consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, ofreció estos detalles durante su visita hoy al centro residencial y centro de día para personas con discapacidad ‘Reina Sofía’ de Fortuna, acompañada por la alcaldesa de la localidad, Catalina Herrero. Este centro recibirá un total 82.147 euros para acometer las mejoras. Asimismo, desde el IMAS se ha incrementado en un 9 por ciento la aportación económica del convenio suscrito con el Ayuntamiento de Fortuna para la prestación del servicio de residencia y centro de día para personas con discapacidad en este municipio.

“Con estas subvenciones avanzamos hacia un modelo de cuidados de larga duración donde se presta una atención integral más individualizada y personal, y centrada en dar cobertura a sus necesidades físicas y emocionales”, expuso Ruiz.

Con este fin se apuesta por la creación de espacios más accesibles y equipamientos que permitan mejorar la calidad de vida de los usuarios, como también la de sus familiares. Además, se trabaja por una mayor especialización por parte de los cuidadores profesionales que prestan servicio en los distintos centros a través del desarrollo de una red de formación centrada en el ámbito asistencial de alta calidad que favorezca la inclusión y la autonomía de las personas con discapacidad.

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Objeto:
Regulación del proceso de selección convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de 1 plaza de Trabajador/a Social, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Cieza, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2023:

Grupo/subgrupo: A/A2
Escala: Administración Especial
Subescala: Técnica
Clase: Técnicos Medios
Denominación: Trabajador/a Social
Código PT: 005-N1-2017 

La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición, sistema selectivo que se estima más adecuado teniendo en cuenta la naturaleza técnica de la plaza ofertada y las funciones a desempeñar, siendo necesario la existencia de una fase de concurso en que se valore la experiencia profesional y la formación.

Solicitudes:
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

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La Comunidad adquiere dos inmuebles para modernizar y mejorar las prestaciones de los centros de protección de menores de la Región

Destina 10 millones de euros "para impulsar un modelo de protección lo más desinstitucionalizado posible, donde se prioriza la protección de los niños y adolescentes, así como su bienestar emocional"

La Comunidad Autónoma continúa con el propósito de modernizar y convertir los 41 centros de protección de menores de la Región en unidades residenciales más reducidas e integradas en la comunidad, para así ofrecer una mayor confortabilidad y atención individualizada a los más de 500 menores y jóvenes que se encuentran tutelados en la actualidad.

En esta ocasión, ha adquirido dos inmuebles unidos entre sí, con capacidad para ocho personas, con el fin de sustituir al actual centro público de protección de Santo Ángel, ubicado en La Albatalía.

Así lo anunció hoy la consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, durante la entrega de regalos navideños a los menores del centro donde, además, adelantó que se adquirirán dos viviendas más “para completar el traslado de los 16 menores que, actualmente, residen en él”.

Ruiz explicó que “la apuesta del Gobierno regional es modernizar las infraestructuras y equipamientos sociales. En este caso, se han destinado 10 millones de euros para impulsar un modelo de protección lo más desinstitucionalizado posible, donde se prioriza la protección de los niños y adolescentes, así como su bienestar emocional”.

El objetivo es crear infraestructuras residenciales con espacios personalizados, accesibles y adecuados para atender sus necesidades afectivas y de desarrollo personal, educativo y profesional, así como destinadas a ofrecer una mayor cercanía al entorno comunitario y una mejor transición a la reintegración familiar y a la vida independiente.

La titular de Política Social añadió que “la inversión regional también incluye la concesión directa de subvenciones a las instituciones colaboradoras de integración familiar encargadas de la gestión de los distintos centros”, para remodelar espacios, adquirir nuevos equipamientos, e implantar nuevas tecnologías con fines formativos y laborales, así como para aquellas inversiones que fomenten la transición verde con la adaptación a nuevas formas de gestión más eficientes y sostenibles.

Estas ayudas forman parte del programa ‘MODERNIZ-ACCION’, financiado con Fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyas actuaciones deberán ejecutarse como plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2025.

Un hogar personalizado y confortable

El centro público de menores Santo Ángel, de La Albatalía, renovará sus instalaciones para convertirse en un hogar de protección de media y larga estancia lo más parecido a una unidad familiar.

La primera vivienda adquirida para esta transformación está conformada por dos pisos unidos, sobre una superficie de 209 metros cuadrados, por un importe total de 495.000 euros y con las características estructurales para convertirse en un entorno funcional, acogedor y confortable. Dispone de seis habitaciones con mesas de estudio para los menores acogidos, como también de las estancias necesarias para el equipo técnico y educativo y para el desarrollo de actividades formativas y lúdicas. También cuenta con tres cuartos de baño, cocina amplia y con un salón de estar.

Además, teniendo en cuenta la necesidad de integración de los menores en la comunidad, este nuevo centro destaca también por su proximidad a los centros escolares y a los servicios básicos de atención médica, alimentación y zonas de esparcimiento.

La adquisición de la segunda vivienda, que permitirá acoger a los ocho menores restantes, se materializará a finales de este año 2024.

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La Comunidad subvenciona dispositivos, tratamientos y ayudas especializadas a cerca de 5.000 mayores y personas con discapacidad

Las ayudas superan los 4,8 millones de euros para mejorar la accesibilidad en el hogar y la calidad de vida de los solicitantes

La Comunidad ha resuelto la concesión de ayudas individualizadas a cerca de 5.000 mayores de 65 años y personas con discapacidad que han precisado de la adquisición de dispositivos electrónicos, tratamientos médicos y ayudas especializadas con el fin de sufragar parcialmente los gastos extraordinarios y urgentes que facilitan la autonomía personal y la mejora de la calidad de vida de las personas.

La inversión regional para esta convocatoria 2023 ascendió a 4,8 millones de euros, superando en cerca de un millón de euros el presupuesto inicial previsto dado el volumen de solicitudes presentadas. Entre ellas, 939 han sido concedidas a mayores pensionistas de la Seguridad Social y 1.668 a personas con discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33 por ciento.

Las actuaciones subvencionables incluyen la adquisición de audífonos, gafas, camas articuladas, tratamientos bucodentales, la adaptación de vehículos a motor, accesorios para implantes cocleares y todo tipo de acciones que permitan mejorar la accesibilidad en el hogar como la sustitución de una bañera por un pie de ducha, ampliación de puertas, la colocación de plataformas elevadoras, e incluso, la rehabilitación de viviendas para la creación de espacios más amplios y funcionales que faciliten la autonomía de sus residentes. En el caso de prótesis para personas mayores, éstas deberán estar acreditadas por el correspondiente informe médico.

Las cuantías concedidas a través del Instituto Murciano de Acción Social oscilan entre los 500 y los 7.000 euros y se otorgan con carácter no periódico y por una sola vez durante el ejercicio económico.

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Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, mediante procedimiento de tramitación anticipada, para la adquisición, construcción, remodelación y equipamiento de recursos residenciales del sector de personas con discapacidad en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del mecanismo de recuperación y resiliencia Next Generation EU en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

BORM número 297 de 27 de diciembre de 2023

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Instituto Murciano de Acción Social

 

Referencias

Afectada por:

Orden de 28 de diciembre de 2021 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para la adquisición, construcción, remodelación y equipamiento de recursos residenciales del sector de personas con discapacidad en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del mecanismo de recuperación y resiliencia Next Generation EU, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM número 301 de 31 de diciembre de 2021):

Establece las bases reguladoras.

 

Contenido

BDNS (Identif.): 734966

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/734966)

Artículo 1.- Objeto

La presente resolución tiene por objeto convocar, mediante el procedimiento de tramitación anticipada, subvenciones de concurrencia competitiva para el ejercicio 2024 dirigidas a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para la adquisición, construcción, remodelación y equipamiento de recursos residenciales del sector de personas con discapacidad en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del mecanismo de recuperación y resiliencia Next Generation EU en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de diciembre de 2021 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social por la que se establecen las bases reguladoras de las citadas subvenciones, publicada en el BORM número 301, de 31 de diciembre de 2021, modificada por la Orden de 8 de abril de 2022, publicada en el BORM número 89 de 19 de abril de 2022, por la Orden de 28 de diciembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, publicada en el BORM número 300 de 30 de diciembre de 2022, por Orden de 25 de mayo de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad publicada en el BORM número 123 de 30 de mayo de 2023 y por la Orden 29 de noviembre de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad publicada en el BORM número 279 de 2 de diciembre de 2023.

Artículo 2.- Finalidad.

Las ayudas convocadas tienen como finalidad contribuir a los objetivos marcados en la Línea específica de inversión I1 Plan de apoyos y cuidados de larga duración del Componente 22 “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España (PRTR), a través de los proyectos, hitos y objetivos establecidos en los Anexos del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

En concreto, cuenta con cuatro proyectos en los que se incluyen líneas de subvenciones a corporaciones locales y entidades sin fin de lucro para el logro de los objetivos propios de cada uno de los proyectos, que son:

Proyecto 10. Construcción y remodelación de equipamientos para personas con discapacidad.

Proyecto 11. Construcción y remodelación de equipamientos para personas con alteraciones crónicas de la salud mental.

Proyecto 12. Adquisición de nuevos equipamientos para alumnado con discapacidad y con alteraciones graves del comportamiento.

Proyecto 13. Adquisición de nuevos equipamientos en la comunidad para personas con discapacidad.

Artículo 3.- Limitaciones presupuestarias.

1.- Se podrá conceder subvenciones para el ejercicio 2024 por un importe máximo de 4.243.279,00 €. No obstante lo anterior, si una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes y el de subsanación de la presente convocatoria, se detectara que el conjunto de todos los proyectos presentados para una misma línea que reúnan los requisitos para obtener subvención, no alcanzara el importe total establecido para cada línea, los créditos sobrantes podrán incorporarse a la cualquier otra línea correspondiente a la misma finalidad y objeto, previas las modificaciones presupuestarias oportunas, siempre y cuando siga existiendo sobrante en la misma línea una vez aplicado lo previsto en el artículo 7.1 de la Orden de bases.

2.- Las subvenciones que se otorguen serán concedidas hasta el límite de las consignaciones presupuestarias definidas existentes, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la Orden de bases, y de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos que se establecen y eficiencia en la asignación de los recursos.

3.- Los límites presupuestarios establecidos en el apartado 1 del presente artículo, podrán verse modificados al alza en función de la disponibilidad de nuevos créditos.

 

En Murcia, a 20 de diciembre de 2023. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.


Legislación |

Corrección de errores del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 303, de 20 de diciembre de 2023, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones.
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Legislación |

Orden PJC/1/2024, de 2 de enero, por la que se crean las unidades administrativas de la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional, la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito de Mallorca, Ibiza, Menorca, Ávila, Burgos, León, Ponferrada, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Toledo, Cáceres, Plasencia, Badajoz, Mérida, Murcia, Cartagena, Ceuta y Melilla

Esta orden tiene por objeto:
1. Crear la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional, la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito de Mallorca, Ibiza, Menorca, Ávila, Burgos, León, Ponferrada, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Toledo, Cáceres, Plasencia, Badajoz, Mérida, Murcia, Cartagena, Ceuta y Melilla como unidades administrativas. 
2. Determinar su ámbito de actuación, estructura, dotación de personal y dependencia. 
3. La ordenación y aprobación de su relación de puestos de trabajo.
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Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Contrato Programa para 2023 entre la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Instituto Murciano de Acción Social

BORM número 2 de 3 de enero de 2024

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad 

Instituto Murciano de Acción Social

Contenido

Índice:

Acceder al texto completo

Partes intervinientes
Uno. Marco legal
Dos: Los Contratos Programa como instrumento de control de la gestión en el sector público

CLAÚSULAS

Primera.Competencias de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y del Instituto Murciano De Acción Social en el marco del presente contrato programa
Segunda.Obligaciones del IMAS
Tercera.- Derechos del IMAS
Cuarta.- Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica
Quinta.- Ejecución de proyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia
Sexta.- Financiación
Séptima.- Publicación del contrato-programa, seguimiento y control de cumplimiento de objetivos

ANEXOS (descargar)
Anexo I. Plan anual de actuación y planificación estratégica.
Anexo II. Resumen de costes y financiación por líneas de actuación.
Anexo III. Líneas de actuación: Memorias económicas.

TEXTO COMPLETO

La disposición adicional sexta de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, introducida por el art. 7 de la Ley 3/2012, de 24 de mayo, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, dispone que anualmente deberá suscribirse un contrato programa entre cada consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar y los recursos que se ponen a su disposición, con expresión de indicadores que permitan medir su grado de consecución.

A su vez, la Disposición adicional trigésima octava de la Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023 establece que “durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda.”

En cumplimiento de dichos preceptos, en fecha 18 de diciembre de 2023 se ha suscrito el Contrato Programa para 2023 entre la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Instituto Murciano de Acción Social, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Portal de Transparencia de la CARM.

Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el Contrato Programa para 2023 entre la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Instituto Murciano de Acción Social, que se anexa a esta Resolución.

Murcia, 20 de diciembre de 2023. El Secretario General, Leopoldo Olmo Fernández-Delgado.

Contrato Programa para el ejercicio 2023 entre la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Instituto Murciano de Acción Social

Partes intervinientes.

De una parte, la Excma. Sra. doña María Concepción Ruiz Caballero, en representación de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, en virtud de su nombramiento efectuado por Decreto del Presidente n.º 33/2023, de 14 de septiembre.

De otra parte, en representación del Organismo Autónomo, Instituto Murciano de Acción Social, (en adelante IMAS), la Directora Gerente, doña Verónica López García, en virtud de su nombramiento efectuado por Decreto n.º 299/2023, de 22 de septiembre, y de lo preceptuado en el artículo 7 de la Ley 1/2006, de 10 de abril, de creación del Instituto Murciano de Acción Social.

Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente Contrato-Programa, y a tal efecto

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Manifiestan

Uno: Marco legal

La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 de mayo, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que, anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los:

· Objetivos a alcanzar

· Los recursos que se ponen a su disposición

· Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución

La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, en su artículo 14, atribuye a la Consejería competente en materia de Hacienda la facultad de dictar instrucciones de obligado cumplimiento, con carácter particular o general, para los entes a los que resultan de aplicación lo previsto en el Título III de la ley, en las materias objeto de su competencia, y, en particular, sobre los contratos programa a suscribir con la Consejería a la que estén adscritos.

La Disposición adicional trigésima octava de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023 establece que “durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda.”

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Dos: Los Contratos Programa como instrumento de control de la gestión en el sector público.

Los Contratos-Programa constituyen el instrumento adecuado de relación entre los entes creados por la Administración para cumplir, de forma eficiente, con unos objetivos acordes con su objeto social y los órganos (Consejerías) que tienen atribuido el control de aquellos y el seguimiento del cumplimiento de esos objetivos.

Los objetivos asignados a cada ente suelen formar parte de un Programa más amplio y de un número de objetivos de interés general, dentro del marco de actuación de la Consejería de que se trate.

Por ello, el Contrato-Programa recoge la priorización de aquellos objetivos que deben formar los objetivos del ejercicio, dentro de la política de la Consejería.

Ambas partes acuerdan firmar el presente Contrato-Programa así como el Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica 2023 (en adelante PAAPE), de conformidad con las siguientes

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Cláusulas

Primera. Competencias de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y del Instituto Murciano De Acción Social en el marco del presente contrato programa.

La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que ejerce, entre otras, las competencias en materia de asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción, protección y apoyo a la familia e infancia; protección y reforma de menores; políticas de promoción e integración de las personas inmigrantes, de personas con discapacidad, de personas mayores, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia y en general de protección de personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social, incluida la creación de centros para la atención de los destinatarios de dichas políticas; así como competencias en materia de voluntariado, de gestión de las subvenciones con cargo a la asignación tributaria del 0.7% del Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF), y de parejas de hecho.

Asimismo, le corresponde el desarrollo y ejecución de las políticas de la mujer, incluidas las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, y de las políticas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, sin perjuicio de las que le corresponda a otros departamentos regionales.

El Instituto Murciano de Acción Social, creado por la Ley 1/2006 de 10 de abril, se configura como Organismo Autónomo de los comprendidos en el artículo 39.1.a de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, adscrito a la Consejería competente en materia de servicios sociales, está dotado con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, de patrimonio y tesorería propios así como de autonomía de gestión, para el cumplimiento de las funciones y competencias que se le asigna.

El IMAS se constituye con la finalidad de ejecutar las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociales de acuerdo con los principios establecidos en el sistema de servicios sociales.

De conformidad con el artículo 2 de la Ley 1/2006, de 10 de abril, de creación del Instituto Murciano de Acción Social, sus áreas de actuación serán:

a. Personas mayores.

b. Personas con discapacidad.

c. Personas con enfermedad mental crónica.

d. Personas con riesgo de exclusión social.

e. Cualquier otro colectivo necesitado de protección social que reglamentariamente se determine.

Asimismo, el Instituto Murciano de Acción Social es el organismo público encargado de integrar las funciones de la Seguridad Social referidas al antiguo Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), en los términos establecidos en el Real Decreto 649/1995, de 21 de abril. En consecuencia, asume todas las funciones traspasadas en materia de gestión de los servicios complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social para Personas Mayores, Discapacitados y Población Marginada, así como las que le competen respecto de la gestión de las prestaciones sociales y económicas contempladas en la Ley de Integración Social de los Minusválidos y en la Ley General de la Seguridad Social.

Su actividad estará dirigida a procurar un nivel de calidad adecuado y suficiente en la prestación de servicios sociales en la Región de Murcia, procurando el aprovechamiento óptimo de los recursos públicos que gestiona y coordinando las actividades de las instituciones públicas y privadas en materia de servicios sociales, mediante el establecimiento de convenios, conciertos o cualesquiera otras fórmulas de gestión compartida.

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Segunda. Obligaciones del IMAS.

Son obligaciones del IMAS las siguientes:

a. El conocimiento técnico, económico y de coyuntura del sector de mercado en el que se inserte la actividad o servicio del IMAS en cada momento.

b. En particular, el organismo autónomo debe conocer y dominar la técnica más eficiente para producir los bienes o servicios encomendados, compatible con los principios de respeto al ordenamiento jurídico en materia de medio ambiente, residuos y consumo eficiente de materias primas.

c. Recabar los informes y estudios técnicos, jurídicos y económicos que avalen suficientemente la forma en que se ejecutarán los PAAPE.

d. Conocer y estar informado de la evolución de los costes de mercado en régimen de libre competencia para la adquisición de recursos, bienes y servicios que se requieran para cumplir sus objetivos, adecuando, cuando sea posible, los precios de licitación de los contratos a los más eficientes que predominen en el mercado.

e. Llevar a cabo todas las actuaciones formales y materiales que se requieran para la adquisición de bienes, recursos y servicios necesarios para la ejecución de los PAAPE, con estricta sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación y en particular conforme a los principios de publicidad y concurrencia.

f. Asegurarse, comprometer y reservar la financiación necesaria, de carácter limitativo, para ejecutar los PAAPE correspondientes, suspendiendo la ejecución de los proyectos en curso cuando la previsión de financiación se vea interrumpida, suspendida o reducida o los costes excedan de los inicialmente calculados.

g. Establecer en los procesos de licitación y adquisición de bienes y servicios, las advertencias y los mecanismos que, siendo compatibles con la normativa de contratación, permitan la suspensión justificada y sin indemnización de los contratos en curso conforme al procedimiento jurídico contractual de aplicación, con la finalidad de prever y anticiparse a todas las contingencias y circunstancias que pudieran devenir y de las que pudieran derivarse perjuicios para el IMAS o para la Consejería.

h. En todos los contratos que se celebren por el IMAS, se incluirán cláusulas de penalización económica para los supuestos de incumplimiento de contratos por parte de los contratistas, en especial, por retrasos injustificados en los plazos de ejecución, por sobrecostes no contemplados en el contrato, así como por los defectos en la calidad de los bienes, de las obras, de los materiales o de los servicios adquiridos.

i. Junto con el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación en materia de contratos, se exigirá que junto con los pliegos de condiciones, exista en todo caso un informe económico de valoración justificativa del coste, a precios de mercado, en el que se sustente el presupuesto de licitación y que deberá formar parte en todo caso del expediente de contratación.

j. Hacer el seguimiento semestral de los objetivos de los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica. Elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de adscripción o a la competente en la materia.

k. A cumplir diligentemente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de adscripción o de la Consejería competente en materia de hacienda o función pública.

l. Actuar con total transparencia en sus relaciones con todos y con la Consejería de adscripción, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas, así como cuantos documentos le sean requeridos.

m. Publicar en la sede electrónica de la CARM, además de los Contratos Programa, Instrucciones de Contratación, convocatorias de selección de personal de cualquier categoría y modalidad, así como las adjudicaciones de contratos, memorias y cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por el ente en el marco de su contrato programa.

Las obligaciones del IMAS, recíprocamente constituyen el marco de derechos de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.

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Tercera. - Derechos del IMAS.

El IMAS ostenta frente a la Consejería de Política social, Familias e Igualdad, los siguientes derechos para facilitar la ejecución de su objeto social:

a. La Consejería designará un responsable, que represente un cauce abierto y permanente de consulta y aclaraciones sobre el modo de ejecutar el Contrato Programa y el Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica.

b. A recibir de la Consejería, en los plazos y bajo el calendario que se pueda establecer, los fondos económicos presupuestados y comprometidos para atender el cumplimiento en plazo de las obligaciones económicas derivadas del Contrato Programa del IMAS.

c. A ser informado y conocer las directrices fijadas por la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad con antelación suficiente para llevarlas a cabo o incluirlas en el contrato programa correspondiente.

d. A solicitar información y asesoramiento técnico, jurídico, económico e informático a los servicios correspondientes de la Consejería de adscripción.

e. De acuerdo con el Decreto de Estructura de la Secretaría General de la Consejería de adscripción, el titular del máximo órgano ejecutivo unipersonal del organismo autónomo, tendrá el derecho a participar en los consejos de dirección de la Consejería y en cualquier otro órgano colegiado de coordinación y decisión, con voz y voto.

Los derechos del organismo autónomo constituyen el marco de obligaciones de la Consejería de adscripción.

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Cuarta.- Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica.

El Instituto Murciano de Acción Social se estructura en las siguientes áreas operativas:

· A01: Programas para la atención a personas con discapacidad

· A02: Programas para la atención de personas mayores

· A03: Pensiones, valoración y programas de inclusión

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.d) de la Ley 14/12, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, el IMAS establece su Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica (en adelante PAAPE), que se constituye como el instrumento guía de la actividad operativa cotidiana del organismo autónomo y que se recoge en el Anexo I para el ejercicio 2023.

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Quinta. - Ejecución de proyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia.

1. Ejecución de proyectos incluidos en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia.

Con fecha 19 de noviembre de 2021, se firmó el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.

De los proyectos contenidos en el anexo I de dicho Convenio, el Instituto Murciano de Acción Social participa, a través de la Dirección General de Personas con Discapacidad y de la Dirección General de Personas Mayores, en la ejecución de los siguientes proyectos:

- Proyectos a ejecutar por la Dirección General de Personas con Discapacidad:

N.º Nombre del Proyecto Línea de inversión
10 CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIÓN DE EQUIPAMIENTOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. C22.I1
11 CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIÓN DE EQUIPAMIENTOS PARA PERSONAS CON ALTERACIONES CRÓNICAS DE LA SALUD MENTAL C22.I1
12 ADQUISICIÓN DE NUEVOS EQUIPAMIENTOS PARA ALUMNADO CON DISCAPACIDAD Y CON ALTERACIONES GRAVES DEL COMPORTAMIENTO C22.I1
13 ADQUISICIÓN DE NUEVOS EQUIIPAMIENTOS EN LA COMUNIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD C22.I1

- Proyectos a ejecutar por la Dirección General de Personas Mayores:

N.º Nombre del Proyecto Línea de inversión
14 CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIÓN DE EDIFICIOS PARA EL CUIDADO DE LARGA DURACIÓN DE PERSONAS MAYORES C22.I1
15 ADQUISICIÓN DE TERMINALES DIGITALES PARA PERSONAS DEPENDIENTES CON TELEASISTENCIA C22.I1
16 TELECUIDADO INTEGRAL: VIGILANCIA Y TELEMONITORIZACIÓN SOCIOSANITARIA DE PERSONAS DEPENDIENTES CON CRONICIDAD Y QUE DISPONEN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA C22.I1
17 IMPULSO DE LA UTILIZACIÓN DE LAS TIC EN CENTROS SOCIALES Y RESIDENCIAS DE PERSONAS MAYORES C22.I2
18 PROYECTOS PILOTO DE INNOVACIÓN EN LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES C22.I2
 

Los compromisos y obligaciones asumidos, así como los hitos, objetivos y la descripción detallada de los proyectos se recogen en las cláusulas y los anexos II y III del citado Convenio.

2. Ejecución de otros proyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia.

La Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión, adscrita también al Instituto Murciano de Acción Social, ejecutará los siguientes proyectos:

- «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables»: C15.I3. Programa de emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las disposiciones generales, concesión, financiación y obligaciones de los beneficiarios se regulan en el Real Decreto Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 2021).

- «Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al ingreso mínimo vital»: C23.I7. Realización de proyectos piloto innovadores para el desarrollo de itinerarios de inclusión social y su evaluación, con la finalidad de contribuir a la promoción de la igualdad, la inclusión social y la lucha contra la pobreza en sus distintas formas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las disposiciones generales, concesión, financiación y obligaciones de los beneficiarios se regulan en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2022).

- “Accesibilidad”: C22.I3. «Nuevos proyectos territoriales para asegurar la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las disposiciones generales, concesión, financiación y obligaciones de los beneficiarios se regulan en el Real Decreto 1100/2021, de 10 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para el desarrollo de actuaciones de la inversión «Nuevos proyectos territoriales para asegurar la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2021).

La ejecución de este proyecto en 2023 asciende a 783.233,06 €.

3. Consideración del IMAS como entidad instrumental en la ejecución de proyectos PRTR en colaboración con la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.

El IMAS, como entidad del sector público que desarrolla actuaciones en colaboración con la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, como entidad ejecutora del PRTR, considerándose por tanto, a efectos de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, como entidad de carácter instrumental, se compromete a realizar dichas actuaciones bajo la responsabilidad y la dirección de la entidad ejecutora, la Consejería de Política Social, así como a:

a) Comprometerse, con cargo a la financiación recibida a tal fin, a realizar las acciones que se le asignen con la finalidad de ayudar a la entidad ejecutora a desarrollar las medidas contenidas en el Plan y, en concreto, a cumplir con los hitos y objetivos asignados como parte de la Decisión de Ejecución del Consejo de acuerdo con sus indicadores de seguimiento, en la forma y los plazos previstos y bajo las directrices de la entidad ejecutora.

b) Facilitar a la entidad ejecutora toda la información de seguimiento que esta precise, y en particular, proporcionar la información que ha de suministrarse al sistema de información de gestión y seguimiento del PRTR conforme a lo dispuesto en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y según se establezca en el manual de uso y funcionamiento del sistema de información, Manual de usuario CoFFEE-MRR, disponible en la página web de la Secretaría General de Fondos Europeos,

(https://www.fondoseuropeos.hacienda.gob.es/sitios/dgpmrr/es-es/Paginas/CoFFEE.aspx).

c) Cumplir con todos los principios transversales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y con los principios de gestión específicos del PRTR previstos en el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de exigencia que el requerido por dicha Orden para las entidades ejecutoras, incluidas la obligación de disponer de un Plan de medidas antifraude y la de exigir las declaraciones previstas en su anexo IV.

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Sexta. - Financiación.

Se incluye como Anexo II el Cuadro Resumen de costes y financiación de las Líneas de Actuación incluidas en el Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica según la estructura económica de gastos e ingresos del presupuesto 2023 del IMAS.

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Contrato Programa 2023, como herramienta que ha de guiar la actuación y la gestión de los responsables del IMAS y del conjunto de profesionales de la organización, y que se dirige hacia la consecución de una serie de prioridades definidas y objetivos del Organismo.

Los logros alcanzados se evaluarán en función de los indicadores de seguimiento establecidos al efecto.

Y para todo ello se asignan los recursos correspondientes con el Presupuesto del IMAS para el año 2023.

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Séptima. - Publicación del contrato-programa, seguimiento y control de cumplimiento de objetivos.

Una vez suscrito por las partes, el Contrato-programa será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como en el Portal de la Transparencia.

Una vez finalizado el ejercicio 2023, el IMAS elaborará un informe de seguimiento, en el que se determinarán los indicadores de ejecución y se analizarán las causas y circunstancias más relevantes del resultado. Dicho informe se elaborará en el mes de enero de 2024.

El informe se remitirá a la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y será publicado en el Portal de la Transparencia.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto ambas partes firman el presente Contrato Programa para 2023, rubricando cada uno de los folios y cada uno de sus anexos, en el lugar y fecha arriba indicados, haciéndose constar que por parte de la Consejería firmante se procederá al registro y publicación en el BORM del presente Contrato Programa.

Murcia, 18 de diciembre de 2023. La Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, María Concepción Ruiz Caballero. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.

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Anualmente deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar:

 

Los Objetivos a alcanzar
Los recursos que se ponen a su disposición
Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución


Son obligaciones del IMAS:

 

a. El conocimiento técnico, económico y de coyuntura del sector de mercado en el que se inserte la actividad o servicio del IMAS en cada momento.

b. En particular, el organismo autónomo debe conocer y dominar la técnica más eficiente para producir los bienes o servicios encomendados, compatible con los principios de respeto al ordenamiento jurídico en materia de medio ambiente, residuos y consumo eficiente de materias primas.

c. Recabar los informes y estudios técnicos, jurídicos y económicos que avalen suficientemente la forma en que se ejecutarán los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica 2023 (en adelante PAAPE).

d. Conocer y estar informado de la evolución de los costes de mercado en régimen de libre competencia para la adquisición de recursos, bienes y servicios que se requieran para cumplir sus objetivos, adecuando, cuando sea posible, los precios de licitación de los contratos a los más eficientes que predominen en el mercado.

e. Llevar a cabo todas las actuaciones formales y materiales que se requieran para la adquisición de bienes, recursos y servicios necesarios para la ejecución de los PAAPE, con estricta sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación y en particular conforme a los principios de publicidad y concurrencia.

f. Asegurarse, comprometer y reservar la financiación necesaria, de carácter limitativo, para ejecutar los PAAPE correspondientes, suspendiendo la ejecución de los proyectos en curso cuando la previsión de financiación se vea interrumpida, suspendida o reducida o los costes excedan de los inicialmente calculados.

g. Establecer en los procesos de licitación y adquisición de bienes y servicios, las advertencias y los mecanismos que, siendo compatibles con la normativa de contratación, permitan la suspensión justificada y sin indemnización de los contratos en curso conforme al procedimiento jurídico contractual de aplicación, con la finalidad de prever y anticiparse a todas las contingencias y circunstancias que pudieran devenir y de las que pudieran derivarse perjuicios para el IMAS o para la Consejería.

h. En todos los contratos que se celebren por el IMAS, se incluirán cláusulas de penalización económica para los supuestos de incumplimiento de contratos por parte de los contratistas, en especial, por retrasos injustificados en los plazos de ejecución, por sobrecostes no contemplados en el contrato, así como por los defectos en la calidad de los bienes, de las obras, de los materiales o de los servicios adquiridos.

i. Junto con el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación en materia de contratos, se exigirá que junto con los pliegos de condiciones, exista en todo caso un informe económico de valoración justificativa del coste, a precios de mercado, en el que se sustente el presupuesto de licitación y que deberá formar parte en todo caso del expediente de contratación.

j. Hacer el seguimiento semestral de los objetivos de los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica. Elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de adscripción o a la competente en la materia.

k. A cumplir diligentemente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de adscripción o de la Consejería competente en materia de hacienda o función pública.

l. Actuar con total transparencia en sus relaciones con todos y con la Consejería de adscripción, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas, así como cuantos documentos le sean requeridos.

m. Publicar en la sede electrónica de la CARM, además de los Contratos Programa, Instrucciones de Contratación, convocatorias de selección de personal de cualquier categoría y modalidad, así como las adjudicaciones de contratos, memorias y cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por el ente en el marco de su contrato programa.

Las obligaciones del IMAS, recíprocamente constituyen el marco de derechos de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.

Áreas operativas:

 

A01: Programas para la atención a personas con discapacidad 
A02: Programas para la atención de personas mayores 
A03: Pensiones, valoración y programas de inclusión


Resumen de costes y financiación por líneas de actuación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 165 KB)
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En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 291, de 19 de diciembre de 2023, se han publicado íntegramente las bases que han de regir las convocatorias para proveer:
 

Una plaza de Jefe de Servicios Sociales, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.


El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
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El IMAS incrementa este año su presupuesto un 8,7 por ciento y alcanza los 424 millones

Refuerza las partidas destinadas a la ampliación de plazas residenciales y a los servicios de atención temprana, teleasistencia y ayuda a domicilio

El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) gestionará en 2024 un presupuesto global de 424.594.687 euros, lo que supone un crecimiento superior a los 34 millones de euros con respecto al ejercicio anterior y, en términos porcentuales, un incremento del 8,7 por ciento para garantizar el cumplimiento de los derechos sociales y la atención integral a las personas y familias en situación de dependencia o vulnerabilidad.

Este presupuesto permite reforzar las partidas destinadas a las distintas áreas de atención social como son las de discapacidad, con 163.561.467 euros; la de personas mayores, con 153.826.689 euros; así como la de pensiones, valoración y programas de inclusión, con una asignación de 99.894.876 euros.

La directora gerente del IMAS, Verónica López, especificó algunas partidas y destacó durante el Consejo de Administración celebrado la semana pasada el importante incremento presupuestario que experimentará el servicio de atención temprana, hasta alcanzar los 23,5 millones de euros, para dar cobertura al aumento de demanda experimentado en el último año y ampliar los conciertos y convenios mantenidos actualmente con una treintena de entidades sociales.

Detalló también la dotación de 3 millones para la creación de 200 nuevas plazas para centros residenciales y de estancias diurnas destinadas a las personas con discapacidad y el inicio de las obras de construcción de un centro de día y de servicio de promoción de la autonomía personal (SEPAP) en Churra, con una primera anualidad de 1,5 millones de euros.

Los servicios de teleasistencia y de ayuda a domicilio también verán crecer su dotación económica con casi 20,5 millones de euros más que en el ejercicio anterior, para continuar promoviendo la permanencia de las personas en sus hogares y entornos familiares, como también los gastos derivados del aumento de 150 plazas en residencias y centros de día para personas mayores valoradas en 3 millones de euros.

Por su parte, el contrato regional para el servicio de ayuda a domicilio, con el aumento de intensidades de los diferentes niveles de la dependencia, supondrá una subida para este 2024 de 800.000 euros, con un coste global de 16.411.169 euros. Mientras que las prestaciones de cuidados en el entorno familiar supondrán un incremento de 5 millones para contribuir a los gastos derivados de la atención a las personas dependientes en sus domicilios. En este caso, el presupuesto para 2024 alcanza los 59 millones de euros.

Para reducir las listas de espera se destinará también 600.000 euros para la contratación de dos equipos multidisciplinares de valoración y orientación (EVO) de discapacidad, formado cada uno por un médico, psicólogo y trabajador social, como también la de 10 valoradores en materia de dependencia.

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Subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector para Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Programa 2: inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social. Año 2024

Instituto Murciano de Acción Social. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM

Finalidad:

Subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 2: “Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social”

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.

- Personas reclusas y exreclusas.

- Personas en rehabilitación por adicciones.

- Personas víctimas de violencia.

- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector para Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social. Año 2024

Instituto Murciano de Acción Social. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM

Finalidad:

Subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.

- Personas reclusas y exreclusas.

- Personas en rehabilitación por adicciones.

- Personas víctimas de violencia.

- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades. Año 2023

Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Finalidad:

La finalidad de estas subvenciones es la realización de actividades de interés general para fines sociales, incluidas las inversiones, para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas y colectivos en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.

La presente convocatoria tiene por finalidad la financiación de proyectos sociales caracterizados por los siguientes criterios:

 -Solidaridad: se atenderán aquellas situaciones con mayor dificultad para ser atendidas entre las diferentes situaciones de vulnerabilidad y en aquellos lugares de menor posibilidad de desarrollo de este tipo de actuaciones.
 -Innovación: se motivará la puesta en marcha de nuevas iniciativas, por su innovación general o por su innovación en el territorio donde se desarrollan, que pudieran ser referencia para el desarrollo de buenas prácticas en la acción social en diferentes ámbitos y territorios del Estado Español.
 -Sostenibilidad: se apoyarán acciones de forma estable, no sujetas al apoyo puntual o no de una financiación, sino que pudieran disponer de apoyos continuados y ser favorecedores de otros apoyos públicos y privados en los ámbitos regionales o locales.
 -Colaboración: se motivará a las Administraciones Locales y Autonómicas en su compromiso con la implementación de actuaciones innovadoras y de impacto en su territorio.
 -Impulso de movimiento social: se incentivarán iniciativas que primen la articulación y desarrollo de actuaciones basadas en una significativa base social o para la movilización y activación de una significativa base social.

Más Información:

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de concesión, pago y denegación de subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de acción social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por ciento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades. (Fecha de Publicación: 29/12/2023) (Documento [.pdf] 3,04 MB)

Manual de información e instrucciones (Fecha de publicación: 14/12/2023) (Documento [.pdf] 0,62 MB)

Propuesta de resolución de la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad de los proyectos presentados por las entidades concurrentes a la convocatoria de subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por ciento del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades 2023 (Fecha de publicación: 14/12/2023) (Documento [.pdf] 2,82 MB)

Acuerdo de tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, por el que se reducen a la mitad todos los plazos establecidos en el procedimiento (Fecha de publicación: 20/11/2023) (Documento [.pdf] 298,86 KB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la se declara del desistimiento de las solicitudes presentadas por las Entidades del Tercer Sector de Acción Social y archivo de actuaciones en relación con la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 14/11/2023) (Documento [.pdf] 478,1 KB)

Requerimiento de subsanación conjunta de la documentación presentada por las entidades a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 15/09/2023) (Documento [.pdf] 1,14 MB)

Publicación complementaria de información conjunta de inicio de tramitación de la solicitud presentada por la entidad "Fundación Solidaridad y Reinserción: Proyecto Hombre Murcia" (Fecha de publicación: 22/08/2023) (Documento [.pdf] 408,9 KB)

Inicio de tramitación de las solicitudes presentadas por las entidades, a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades (Fecha de publicación: 21/07/2023) (Documento [.pdf] 1,03 MB)

Manual de novedades, solicitudes e instrucciones. Convocatoria de subvenciones 0,7 % IRPFeIS 2023 (Fecha de publicación: 25/05/2023) (Fecha de actualización: 05/06/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 0,93 MB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el año 2023 (Fecha de publicación: 25/05/2023) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.38 MB)

Orden de 6 de agosto de 2018 de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general con fines sociales a desarrollar por entidades del tercer sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 433 KB)

Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de acción social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades, para el año 2023 (BORM número 119 de 25/05/2023)

 


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Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social

FuenteBORM número 300 de 30/12/2023

Objeto:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas: 

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”. 

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos: 


-Personas gitanas. 
-Personas reclusas y exreclusas. 
-Personas en rehabilitación por adicciones. 
-Personas víctimas de violencia. 
-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución. 
-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda. 
-Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza. 
-Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Beneficiarias:
Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM número 283 de 09/12/2022).

Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM. 
Código de procedimiento 2180

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736083)
_______________

Extracto de la Resolución 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 2: inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social

FuenteBORM número 300 de 30/12/2023

Objeto:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:
 

Programa 2: “Inclusión activa de jóvenes en situación de vulnerabilidad social”


A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas jóvenes, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

- Personas gitanas.
- Personas reclusas y exreclusas.
- Personas en rehabilitación por adicciones.
- Personas víctimas de violencia.
- Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.
- Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.
- Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.
- Personas con vulnerabilidad social acreditada.


Beneficiarias:
Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM número 283 de 09/12/2022).

Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM. 
Código de procedimiento 1321

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736091)
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Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación |

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de apoyo a familias socialmente vulnerables con hijos en edad escolar, en respuesta al comportamiento de absentismo, fracaso y abandono escolar curso 2023-2024. Ayuntamiento de Totana

Las subvenciones podrán ser solicitadas por entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, inscritas en el Registro de asociaciones de Totana al menos un año anterior a esta convocatoria en el BORM y cuyos fines, según sus estatutos, estén relacionados con los que se pretenden alcanzar con esta subvención.

El objeto es la realización de proyectos encaminados a mejorar y potenciar los procesos socioeducativos de niños y niñas en edad escolar pertenecientes a familias socialmente vulnerables, desde una perspectiva integral, potenciando la educación como clave para la inclusión social y como medida preventiva en la aparición o evolución negativa de factores de riesgo o desprotección infantil en los distintos ámbitos de su desarrollo, incidiendo especialmente en la integración y el éxito educativo reduciendo el Absentismo, Fracaso y Abandono escolar prematuro. Curso 2023/2024. 

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BORM.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/735718)

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El IMAS convoca programas de empleabilidad que benefician a más de 4.000 personas en riesgo de exclusión social

La convocatoria cuenta con una inversión regional de 8,5 millones de euros y subvencionará proyectos de inclusión activa con una duración máxima de 21 meses

La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) ha dotado con 8,5 millones de euros la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos que fomenten la empleabilidad y la inclusión activa de las personas y jóvenes en situación de vulnerabilidad. Esta línea de ayudas está dirigida a entidades del Tercer Sector que promuevan itinerarios personalizados de acceso al mercado laboral cuyos resultados obtenidos hasta el momento alcanzan más del 30 por ciento de las inserciones laborales y la mejora de la cualificación de más del 25 por ciento de los participantes.

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, beneficiará a más 4.000 personas, se desarrolla en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 y está financiada en un 60 por ciento por el Fondo Social Europeo y el 40 por ciento restante con fondos propios de la Comunidad.

Los proyectos podrán desarrollarse entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, con una duración máxima de 21 meses, y podrán hacerlo bajo cuatro tipologías diferentes: los programas comarcales, con un máximo de financiación de 268.000 euros; los dirigidos a dos territorios, con una subvención de hasta 229.000 euros; así como los programas de un solo ámbito de actuación e institucionales, dotados con 195.000 y 150.000 euros, respectivamente.

El IMAS, dentro de su plan de atención preferente a las personas en situación de vulnerabilidad social que precisan apoyos para lograr un empleo en condiciones de equidad, incluye en esta convocatoria actuaciones de mejora competencial de la persona, asesoramiento y un acompañamiento integral técnico para facilitar su incorporación laboral. Una iniciativa que permitirá mantener los 71 dispositivos de acción social para la mejora de la empleabilidad que se están desarrollando actualmente en todo el territorio regional.

Estos itinerarios individualizados de inclusión activa se realizarán de forma coordinada con los Servicios Sociales, de Empleo y los agentes implicados en los procesos de formación y empleo del territorio o ámbito de actuación.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de enero de 2024.

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Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2023 de la Directora Gerente IMAS por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas Fondo Social Europeo Plus, dirigidas a entidades del tercer sector para programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, mediante procedimiento de tramitación anticipada. Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social

BORM número 300 de 30 de diciembre de 2023

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Instituto Murciano de Acción Social 

Vigencia: desde el 31 de diciembre de 2023

Referencias

Afectada por:

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, (BORM número 283 de 9 de diciembre de 2022):

Establece las bases reguladoras

Contenido

BDNS (Identif.): 736083

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736083)

Primero. Beneficiarios:

Entidades del Tercer Sector en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Segundo. Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y mediante procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de itinerarios de inserción sociolaboral y otras acciones complementarias a través de los siguientes programas:

Programa 1: “Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social”.

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación de vulnerabilidad social de entre los siguientes colectivos:

-Personas gitanas.

-Personas reclusas y exreclusas.

-Personas en rehabilitación por adicciones.

-Personas víctimas de violencia.

-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

-Personas beneficiarias de Rentas Mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

-Personas con vulnerabilidad social acreditada.

 

Tercero: Bases reguladoras.

Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Programas de Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM 283 de 9/12/2022).

Cuarto. Cuantía.

Estas subvenciones se harán efectivas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2024, financiados en un 40% por fondos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 60% por el Fondo Social Europeo Plus, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, por el siguiente importe: 6.200.000,00 €.

Se establecen cuatro tipologías de proyectos con distintos requisitos y condiciones:

Proyecto Institucional: se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: se desarrolla en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco específico de atención de un colectivo.

Proyecto de Dos Territorios: se desarrolla de forma simultánea en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan sus actuaciones todos los días, existiendo dos grupos de participantes diferenciados.

Proyecto Comarcal: se desarrolla en una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a otros dispositivos, situados en otros municipios y/o pedanías, al menos un día a la semana.

El importe máximo a solicitar para cada una de las tipologías de proyectos es el siguiente:

150.000,00€ para los proyectos Institucionales.

195.000,00€ para los proyectos de Un Territorio o Ámbito de Actuación.

229.000,00€ para los proyectos de Dos Territorios.

268.000,00€ para los proyectos Comarcales.

Dichos importes están referidos a 21 meses de proyecto, debiéndose aplicar el importe proporcional si la duración es inferior.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM.

Las solicitudes se presentaran a través de la sede electrónica de la CARM, a través de la aplicación informática https://sede.carm.es, siendo válida, además, la utilización de cualquiera de los registros electrónicos determinados en el artículo 16.4.ª) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, utilizando el modelo de formulario de “Presentación de la solicitud de inicio” para el número de procedimiento 2180, disponible en la guía de procedimientos y servicios de la CARM.

 

Sexto. Otros datos:

El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder de tres.

El periodo de ejecución de los proyectos podrá extenderse desde el 01-04-2024 hasta el 31-12-2025.

La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 21 meses.

La solicitud deberá presentarse acompañada de la Memoria Técnica del Proyecto, según Anexo 6 y las instrucciones que en él se recogen.

Las entidades solicitantes deberán incluir en el diseño del proyecto, el contenido del Itinerario Individualizado de Inclusión Activa (en adelante IIIA), respecto a actuaciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la persona según sean sus necesidades.

El Itinerario Individualizado de Inclusión Activa contendrá las siguientes actuaciones:

Área de Mejora Competencial de la Persona; (115 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con contenidos en el Ámbito Sociolaboral, Ámbito Prelaboral, Ámbito Combinado y Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Área de Acompañamiento Integral Técnico; (93 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actuaciones de activación para la participación en el itinerario, atención social integral, orientación laboral y seguimiento en la fase de empleo.

Área Complementaria; (70 horas para un proyecto de 21 meses, o la parte proporcional para proyectos de menor duración), con actividades de activación, formación en competencias básicas de lectoescritura y/o matemáticas, formación complementaria, formación en igualdad de género y no discriminación, desarrollo sostenible, respeto y cuidado del medio ambiente y actuaciones innovadoras.

En caso de que la persona participe en un proyecto que sea de duración inferior, se aplicará la reducción proporcional de las mismas ajustada al número más próximo que permita la realización de jornadas de 4 horas de duración y de acuerdo al Anexo 7: “Duración del IIIA según permanencia en el proyecto”.

Atendiendo a las características y/o las necesidades de alguna de las personas destinatarias del proyecto, la entidad podrá determinar un coeficiente corrector, de hasta el 25% de las horas determinadas en una, en dos o en las tres áreas que conforman el Itinerario, para un máximo del 25% de las personas participantes en el proyecto. Dicho coeficiente corrector deberá quedar recogido en el Registro de Actuaciones y Participantes a nivel individual.

A efectos del cómputo de horas que debe realizar un participante, se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia de la persona en el proyecto, debiendo la entidad registrar las posibles interrupciones en el desarrollo del Itinerario y sus causas.

Cuando una persona haya permanecido en un proyecto por tiempo inferior a un mes, podrá ser considerada participante siempre y cuando haya realizado actuaciones de al menos 12 horas totales de duración, y si la persona ha permanecido en el proyecto más de un mes, pero no ha llegado a permanecer dos meses, deberá haber realizado al menos 24 horas totales del IIIA.

Las acciones formativas que se realicen en el Ámbito Sociolaboral, y el Ámbito Prelaboral del Área de Mejora Competencial de la Persona, se realizarán con formato de módulos presenciales de al menos 24 horas de duración, de forma grupal y su asistencia deberá estar becada. En la configuración de cada módulo podrán incluirse contenidos de los dos ámbitos, en cuyo caso se denominará Ámbito Combinado.

La percepción de la beca, en estos tres Ámbitos, estará condicionada a la finalización, por parte de la persona participante, del módulo formativo de que se trate, independientemente de si esta hubiera o no superado los contenidos.

Las acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo, se realizarán con formato de módulos presenciales, de contenidos equivalentes y asimilados a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones, para un módulo y/o unidades de competencia del certificado de profesionalidad del que se trate. De igual forma se asimilará la duración de cada módulo a la recogida en dicho catálogo para ese módulo/unidad competencial y su asistencia deberá estar becada.

El número de acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo que deberá realizarse para cada tipología de proyecto, será el que se determina en el Anexo 1 de la presente Resolución.

El número mínimo de personas necesarias para el inicio de cada módulo/unidad competencial, del Ámbito de Formación Profesional para el empleo, será de 15, con excepción de los módulos de prácticas en empresas.

En caso de que se realicen módulos de prácticas de duración inferior a la establecida en dicho catálogo para la formación impartida en el marco del proyecto, estas deberán tener una duración de al menos 40 horas, pero no serán tenidas en cuenta a efectos de la ponderación del criterio 4 para el otorgamiento de las subvenciones.

El número mínimo de personas participantes será el siguiente, pudiendo reducirse en 10 si el proyecto es de nueva implantación.

Para los proyectos Institucionales y de un Único Territorio será de 90.

Para proyectos de Dos Territorios será de 115.

Para proyectos Comarcales será de 121.

Las personas participantes en los proyectos deberán contar con la acreditación de su situación social.

Durante el periodo de ejecución del proyecto, el equipo técnico deberá estar formado, en todo caso, por un/a Orientador/a Laboral y un/a Trabajador/a Social al menos al 75% de una jornada laboral completa, sin perjuicio de las posibles bajas que pudieran producirse o por solicitud de permisos del trabajador/a. El resto de profesionales, excepto los docentes o formadores, deberán tener al menos una dedicación al proyecto de un 50% de una jornada laboral completa.

La jornada laboral de la totalidad de profesionales que conformen el equipo técnico, excepto los docentes, únicamente podrá sufrir modificaciones para ser ampliada al 100%, salvo reducción de jornadas por causas recogidas en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores.

El personal docente de la Formación Profesional para el Empleo, podrá ser imputado a la subvención por el total de horas de formación que imparta, así como por las horas que dedique a la tutorización directa y el seguimiento del desarrollo de algún módulo de prácticas, pudiendo incrementarse estas hasta un 25% para la realización de actuaciones de planificación, coordinación y/o evaluación de dicha actividad.

El método de cálculo de los gastos subvencionables para las diferentes tipologías de proyectos es el siguiente:

Proyecto Institucional: Costes directos de personal + 14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Un Territorio o Ámbito de Actuación: Costes directos de personal + becas de asistencia + 18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto de Dos Territorios: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Proyecto Comarcal: Costes directos de personal + Becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Se determinan los gastos subvencionables de acuerdo al artículo 53 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de Disposiciones Comunes, apartado 1a, 1b y 1d, y artículo 56, así como a lo establecido en el artículo 5 de la Orden reguladora de bases de estas subvenciones.

 

ANEXO 1

Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social.

Destinatarios:

-Personas gitanas.

-Personas reclusas y exreclusas.

-Personas en rehabilitación por adicciones.

-Personas víctimas de violencia.

-Personas víctimas de tráfico, trata o prostitución.

-Personas afectadas por la exclusión en materia de vivienda.

-Personas beneficiarias de rentas mínimas o ayudas de análoga naturaleza.

-Personas con vulnerabilidad social acreditada.

Crédito presupuestario: Partida presupuestaria 51.04.00 314C.485.02 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2024, Proyecto de Gasto 48.435 y por un importe total de 6.200.000,00€.

TIPOS DE PROYECTOS

1. PROYECTOS INSTITUCIONALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las actuaciones del IIIA recogidas en el artículo 8 de la presente Resolución.

Cuantía máxima subvencionable: 150.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal +14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: El proyecto no contempla actuaciones en el Área de Formación Profesional para el Empleo, por lo que las 115 horas del Área de mejora Competencial de la Persona se realizaran con contenidos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral o el Ámbito Combinado.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: No se contempla percepción de becas de asistencia por parte de las personas participantes. Se exceptúa a este tipo de proyectos de la obligación recogida en el artículo 18 punto 1 b de la presente Resolución.

2. PROYECTOS DE UN TERRITORIO O ÁMBITO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla en un único dispositivo territorial o en el marco de atención específico de un colectivo concreto.

Cuantía máxima subvencionable: 195.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia +18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 90 participantes.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

El proyecto debe incluir al menos 160 horas en el Ámbito de Formación Profesional Para el Empleo, que se realizarán en módulos formativos presenciales de contenido y duración similar a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral, el Ámbito Prelaboral y el Ámbito Combinado, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

3. PROYECTOS DE DOS TERRITORIOS

Ámbito de desarrollo: El proyecto se desarrolla todos los días de la semana y de forma simultánea en dos sedes territoriales habilitadas para ello, donde se realizan las actuaciones del IIIA por parte de dos grupos de participantes diferenciados.

Cuantía máxima subvencionable: 229.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia +20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 115 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en la segunda sede.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo: Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas. Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. Debe haber participantes de ambas sedes que realicen la formación de este ámbito.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

4. PROYECTOS COMARCALES

Ámbito de desarrollo: El proyecto dispondrá de una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a los dispositivos situados en otros municipios, localidades y/o pedanías, al menos un día a la semana para el desarrollo de los IIIA.

Cuantía máxima subvencionable: 268.000 euros para un proyecto de 21 meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración inferior. La cual debe ser redondeada al número entero inferior más próximo.

Método de financiación de los costes subvencionables: Costes directos de personal + becas de asistencia + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto.

Participantes: El proyecto debe contar al menos con 121 participantes. El 40% de los participantes deben ser atendidos en las distintas sedes territoriales.

Actuaciones del IIIA:

Área de Mejora Competencial de la Persona: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 115 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Ámbito Sociolaboral.

Ámbito Prelaboral.

Ámbito Combinado.

Ámbito de Formación Profesional para el Empleo.

Formación con contenidos relativos a dos cualificaciones específicas diferenciadas, conformadas por módulos o unidades competenciales que sumen al menos 220 horas.

Los contenidos y duración de los módulos serán similares a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones. (Artículo 8, 4.2 de la presente Resolución). Al menos 35 de las personas participantes debe haber realizado uno de los módulos de este ámbito, entre los que se incluyen los módulos de prácticas profesionales. La formación debe realizarse al menos en dos de los dispositivos en los que se realiza el proyecto.

Área de Acompañamiento Integral Técnico: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 93 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Área Complementaria: Para un itinerario de 21 meses de duración cada participante debe haber realizado al menos 70 horas, si el proyecto es de duración inferior se aplicará la reducción proporcional de las mismas.

Características específicas: La asistencia a las formaciones realizadas en el Área de Mejora Competencial de la persona debe estar becada. Las personas que no asistan a alguna de las sesiones de los módulos formativos del Ámbito Sociolaboral y el Ámbito Prelaboral, podrán recuperar los contenidos de forma individual. Las actuaciones de recuperación no estarán becadas. Las acciones del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo se realizarán con formato de módulos presenciales. Las actuaciones realizadas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico no estarán becadas.

Murcia, 27 de diciembre de 2023. La Directora Gerente del IMAS, Verónica López García.