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Orden de la Consejera de Política social, Familias e Igualdad, para dejar sin efecto la Orden de 29 de abril de 2025 de aprobación de la convocatoria de subvención cofinanciada por el FSE+ dirigida a entidades del Tercer Sector de Acción Social para el desarrollo del Programa FSE+ de Asistencia Material Básica. (Programa Básico)

FuenteBORM número 111 de 16/05/2025

Advertido que, en la tramitación del procedimiento para la aprobación de la Orden de 29 de abril de 2025 ha sido omitido por error un trámite preceptivo, es necesario proceder a dejar sin efecto dicha Orden, con el fin de realizar el trámite administrativo omitido, continuando posteriormente con el procedimiento hasta la aprobación de una nueva Orden.
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Extracto de la Orden de 13 de mayo de 2025, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvención cofinanciada por el FSE+ impulsada por la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad, dirigida a entidades del Tercer Sector de Acción Social para el desarrollo del programa FSE+ de Asistencia Material Básica (Programa Básico)

FuenteBORM número 111 de 16/05/2025

Objeto, condiciones y finalidad:

El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de una subvención, de carácter plurianual, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades del Tercer Sector de Acción Social que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para sufragar los gastos que conllevan las actuaciones contenidas en el proyecto para el desarrollo del Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO) en la Región de Murcia.

Régimen jurídico:

La subvención regulada en la presente convocatoria se regirá por lo establecido en la misma y en la Orden de 3 de febrero de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones cofinanciadas por el FSE+ impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad, en cumplimiento del objetivo específico M del programa FSE+ del Programa de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO). (BORM número 38 de 15 de febrero de 2025).

Entidad beneficiaria:

Podrán acceder a la condición de beneficiaria de la subvención regulada en esta orden aquella entidad del tercer sector deacción social cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social. 

La entidad beneficiaria deberá reunir los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de 3 de febrero de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, que aprueba las bases reguladoras de esta subvención. 

Forma y plazo de presentación de solicitudes:

La presentación de la solicitud, que deberá ir firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad, previa su cumplimentación, se realizará preferentemente en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es) a través del procedimiento electrónico 4644 “Convocatoria de subvención dirigido a entidades del tercer sector de acción social para el desarrollo del Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (PROGRAMA BÁSICO)”.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. No obstante, las solicitudes presentadas al amparo de la Orden 29 de abril de 2025, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvención cofinanciada por el FSE+ Impulsada por la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad, dirigida a entidades del Tercer Sector de acción social para el desarrollo del Programa FSE+ De Asistencia Material Básica (Programa Básico), cuyo extracto fue publicado en el BORM de 2 de mayo de 2025, y posteriormente dejada sin efecto, serán admitidas para su tramitación.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/832319

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