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Decretos de subvenciones del Consejo de Gobierno

 

Decreto n.º 13/2025 de 6 de marzo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a los ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de actuaciones destinadas a la reducción del absentismo escolar y a la inclusión del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia cofinanciadas por el FSE+

FuenteBORM número 59 de 12/03/2025

El Decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que han mostrado su conformidad, una vez consultados todos los ayuntamientos, para la realización de actuaciones destinadas al alumnado en situación de vulnerabilidad desescolarizado, con altos índices de absentismo o en riesgo de abandono escolar y a sus familias, complementarias a las realizadas en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para reducir el absentismo escolar y favorecer la inclusión de dicho alumnado en el sistema educativo, en el marco del Programa FSE+ de la Región de Murcia 2021-2027, de acuerdo con la prioridad 3 de Educación y Formación, objetivo específico F, y tipo de acción: 3.F.3 “programas de orientación y apoyo al alumnado y las familias en la lucha contra abandono escolar”.

A efectos del presente decreto, se entiende por alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa, el alumnado en edad de escolarización obligatoria que presenta altos índices de absentismo o que se encuentre desescolarizado o en riesgo de abandono escolar, determinado por factores económicos, culturales, sociales, geográficos, étnicos o de cualquier otra índole.
La finalidad de las actuaciones objeto de esta subvencione es, previo estudio sobre el absentismo en los centros educativos de la Región de Murcia, prevenir y detectar lo más tempranamente posible el absentismo escolar, así como las causas que lo generan; garantizar la asistencia al centro educativo del alumnado que, siendo menor de edad, se encuentre cursando la educación obligatoria, a través de actuaciones de colaboración entre los centros educativos y entidades del entorno; y promover la continuidad del alumnado en el sistema educativo, evitando el abandono de los estudios con la finalidad de mejorar el éxito escolar y favorecer la inclusión social y laboral de todo el alumnado.

Distribución:


 

Decreto n.º 14/2025, de 6 de marzo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a los centros privados concertados de educación especial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de medidas específicas de atención a la diversidad, en el año 2025
 

FuenteBORM número 59 de 12/03/2025

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a los centros privados concertados de educación especial ubicados en municipios de la Región de Murcia donde no exista oferta pública de este tipo de puestos escolares, destinada a la realización de actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero a 31 de diciembre de 2025, para el desarrollo de medidas específicas de atención a la diversidad, que favorezcan las condiciones de accesibilidad del alumnado a estos centros, así como los apoyos a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales. 

Las medidas específicas de atención a la diversidad y apoyos a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, a que se refiere el apartado anterior, podrán concretarse en las siguientes: 

a) La realización de actuaciones como centros de recursos en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación que permita un intercambio de experiencias y recursos para la respuesta educativa del alumnado con necesidades educativas especiales.

b) Facilitar las condiciones de accesibilidad del alumnado a estos centros a través del apoyo con recursos humanos complementarios para supervisión o ayudas en los desplazamientos y atención del alumnado en las rutas de transporte, y otros gastos corrientes derivados de los mismos, pudiendo los alumnos acceder a estos servicios en igualdad de condiciones. 

c) La compensación de desigualdades en cuanto a la atención de necesidades sanitarias en el medio educativo, a través de la presencia de un profesional de enfermería en el centro, que permita responder con garantías a dichas necesidades de carácter sanitario.

Son beneficiarios de esta subvención los centros privados concertados de educación especial ubicados en municipios de la Región de Murcia donde no existen centros de educación especial de titularidad pública y cuyo ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Distribución:


Decreto n.º 15/2025, de 6 de marzo, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvención a la Federación de Autismo de la Región de Murcia (FAUM), destinada a financiar actuaciones complementarias de apoyo al alumnado con trastorno del espectro autista (TEA) para 2025
 

FuenteBORM número 59 de 12/03/2025

Este decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a la Federación de Autismo de la Región de Murcia (FAUM), destinada a financiar actuaciones complementarias de apoyo al alumnado entre 6 y 16 años con trastorno del espectro autista (TEA), como medio de favorecer y potenciar el aprendizaje de este alumnado.

Las actuaciones complementarias de apoyos al alumnado con necesidades educativas especiales, a que se refiere el apartado anterior, podrán concretarse en las siguientes: 

a) Talleres de habilidades sociales. 

b) Escuelas de padres y madres de alumnos con TEA. 

Las actuaciones subvencionadas se realizarán, con carácter general, fuera del centro educativo (salvo en los casos en los que las asociaciones no dispongan de espacios propios en la localidad para la realización de las actividades y cuenten con la autorización del director del centro educativo) y en horario extraescolar.

El importe de la subvención es de sesenta mil euros (60.000,00 €), y se abonarán con cargo a los presupuestos generales de la CARM para el ejercicio 2025.

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