Extracto de la Resolución de 8 de agosto de 2023, de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países
Objeto:
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social y económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible.
Tipos de proyectos:
-Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
-Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Dirigidas a:
Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que reúnan los siguientes requisitos:
-Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
-Carecer de fines de lucro.
-Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
-Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
-Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
-No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Bases reguladoras:Orden ESS/820/2023, de 18 de julio, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el área retorno voluntario seguro y digno para migrantes extracomunitarios en situación de vulnerabilidad social y/o económica. (BOE número 172 de 20/07/2023)
Plazo de presentación de solicitudes:
Diez quince hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/712207