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Objeto:
Creación y fomento del empleo y autoempleo en el Municipio de Murcia.

Beneficiarias:

Para la modalidad de empleo:

Entidades que, de acuerdo con la normativa tributaria nacional, no tengan la condición de Gran Empresa, es decir, aquellas cuyo volumen de operaciones no supere la cifra de 6.010.121,04 euros durante el año natural inmediato anterior, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción.

Para la modalidad de autoempleo:

Personas Físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los beneficiarios serán las personas físicas que realicen el alta en RETA.


Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM número 36 de 14/02/2023).

Plazo de presentación de solicitudes:
10 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/841998

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