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Resolución de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individuales a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral, reducción de jornada de trabajo o permiso sin sueldo, para el cuidado de hijos o de hijas o familiares, mediante procedimiento de tramitación anticipada

Objeto:

Convocatoria mediante el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas individuales a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral, reducción de jornada de trabajo o permiso sin sueldo, para el cuidado de hijos o de hijas o familiares.
 

Finalidad:

Tramitación de ayudas individuales destinadas a familias cuyas personas trabajadoras se hayan acogido a situaciones de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo, licencias o permisos sin sueldo para asumir, de forma personal y directa, los deberes de asistencia, atención y cuidado respecto de sus hijos e hijas, por razón de su edad, de personas dependientes o personas discapacitadas a su cargo, como medida preventiva frente a la COVID-19 o bien porque estas hayan sido contagiadas o se encuentren aisladas por el COVID-19, y con el fin último de garantizar la cobertura de las necesidades básicas del grupo familiar de manera temporal.
 

Régimen jurídico:

Orden de 5 de noviembre de 2020 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral, reducción de jornada de trabajo o permiso sin sueldo, para el cuidado de hijos o de hijas o familiares (BORM 260 de 09/11/2020).
 

Requisitos de las personas beneficiarias:

Plazo de presentación de solicitudes:

20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
 

Más información:

Sede electrónica de la CARM. Procedimiento código 3502. (Acceder)

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