Resolución de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individuales a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral, reducción de jornada de trabajo o permiso sin sueldo, para el cuidado de hijos o de hijas o familiares, mediante procedimiento de tramitación anticipada
Fuente: BORM 289 de 15/12/2020
Objeto:
Convocatoria mediante el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas individuales a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral, reducción de jornada de trabajo o permiso sin sueldo, para el cuidado de hijos o de hijas o familiares.
Finalidad:
Tramitación de ayudas individuales destinadas a familias cuyas personas trabajadoras se hayan acogido a situaciones de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo, licencias o permisos sin sueldo para asumir, de forma personal y directa, los deberes de asistencia, atención y cuidado respecto de sus hijos e hijas, por razón de su edad, de personas dependientes o personas discapacitadas a su cargo, como medida preventiva frente a la COVID-19 o bien porque estas hayan sido contagiadas o se encuentren aisladas por el COVID-19, y con el fin último de garantizar la cobertura de las necesidades básicas del grupo familiar de manera temporal.
Régimen jurídico:
Requisitos de las personas beneficiarias:
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Artículo 5 de la Orden de 5 de noviembre de 2020. Requisitos comunes.
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Artículo 6 de la Orden de 5 de noviembre de 2020. Requisitos específicos.
Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Más información:
Sede electrónica de la CARM. Procedimiento código 3502. (Acceder)