Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
REASIGNACIÓN DE ACTIVOS INMOBILIARIOS ESTATALES PARA LA GENERACIÓN DE VIVIENDA ASEQUIBLE
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la reasignación de activos inmobiliarios estatales a fin de posibilitar su aplicación a las actuaciones desarrolladas por SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo en el marco de la política de generación de vivienda asequible y por el que se revisa el Plan de Amortización y Creación de Establecimientos Penitenciarios (PACEP).
El Acuerdo contempla el traspaso de los solares correspondientes a ocho inmuebles y cerca de 58.000 m2 de superficie hasta ahora titularidad de la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado (SIEPSE) dependiente de los Ministerios de Hacienda y del Interior, situados en los municipios de Córdoba, Sevilla, Huesca, Zaragoza, Denia, Burgos, Segovia y Madrid.
Concretamente, se trata de la antigua cárcel de Córdoba, la cárcel de la Ranilla o Sevilla 1, la prisión de Huesca, la antigua cárcel de Torrero, las casas de los ferroviarios de Denia, la antigua cárcel o prisión provincial de Segovia, el penal o prisión central de Burgos y los terrenos de la cárcel de Carabanchel, que se reutilizarán con este fin, contribuyendo, a su vez, a la regeneración urbana de estos municipios.
El Gobierno de España, en el marco de las políticas de vivienda que desarrolla mediante la construcción y aprovechamiento de todos los recursos e instrumentos del Estado al servicio del derecho a la vivienda, desarrollará estos suelos y edificará las viviendas, que pasarán a formar parte del parque estatal de vivienda asequible.
Estos solares, con distintos grados de disponibilidad, permitirán la promoción de al menos 1.332 viviendas públicas y asequibles, que serán protegidas con carácter permanente.

RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO EN EL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento del Anteproyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución Española. Concretamente, se pretende incorporar un nuevo apartado cuarto al artículo 43 con la siguiente redacción: "Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres". Este apartado se incluirá en el Título I, dedicado a los derechos y deberes fundamentales, concretamente en el Capítulo III, referido a los principios rectores de la política social y económica.
El objetivo es reforzar un sistema completo de protección, que recoge tanto la legislación vigente como la doctrina constitucional, garantizando que este derecho se ejerza en condiciones de igualdad y seguridad jurídica en todo el país. Específicamente, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha conectado el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo con otros derechos fundamentales, como el artículo 10, relativo a la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad; el artículo 15, sobre la integridad física y moral; el artículo 139.1, que garantiza la igualdad de derechos en todo el territorio nacional; y el artículo 9.2, que obliga a los poderes públicos a remover los obstáculos que impidan la igualdad real y efectiva.
La reforma se tramitará mediante el procedimiento ordinario y requerirá un informe del Consejo de Estado y la aprobación por mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado. En caso de desacuerdo, sería necesaria la creación de una Comisión Mixta Congreso-Senado, que elaboraría un texto alternativo, sometido de nuevo a votación. Si de nuevo, no se alcanzase un acuerdo, la reforma podría aprobarse con una mayoría de dos tercios del Congreso y mayoría absoluta en el Senado. También existe la posibilidad de un referéndum de ratificación si lo solicita una décima parte de los diputados o senadores.
Por otro lado, el objetivo de esta reforma también es fortalecer la sanidad pública, ya que se incorpora este derecho en el marco del artículo 43, vinculado al derecho a la salud y al sistema público sanitario. Así, se refuerza constitucionalmente la obligación contemplada en la ley de que cada comunidad autónoma debe contar con al menos un hospital público de referencia para realizar estas intervenciones.
Vivienda y Agenda Urbana
DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE FONDOS PARA LAS SUBVENCIONES DEL BONO ALQUILER JOVEN
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de las ayudas financieras estatales para la instrumentación de las subvenciones del Bono Alquiler Joven, propuesta por la Conferencia Sectorial de Vivienda y Agenda Urbana en sesión celebrada el 2 de octubre de 2025, por importe de 200.000.000 de euros.
Esta ayuda se fija en 250 euros al mes, durante un plazo de dos años para cada joven, con objeto de facilitar su emancipación o, en todo caso, su derecho a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso. Representa una medida de efecto inmediato en el ámbito de las ayudas del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
El Bono Alquiler Joven es compatible con otras ayudas destinadas para el mismo objeto a beneficiarios especialmente vulnerables (entendiendo como tales a estos efectos los que determinen las Comunidades o Ciudades Autónomas). También es compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del Bono Alquiler Joven y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.
Por otra parte, es también compatible con la ayuda del Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Si bien, en este caso la suma del "Bono Alquiler Joven" y esta ayuda tendrá como límite el 75% de la renta arrendaticia.
La propuesta de distribución territorial de las ayudas deberá ratificarse por la Conferencia Sectorial. Una vez confirmado y cumplidos los trámites administrativos, se procederá a la remisión de las resoluciones con las cantidades respectivas a las comunidades autónomas para que acepten y pueda realizarse la transferencia para sus respectivas convocatorias.
Reparto por comunidades autónomas

