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Extracto de la Orden de 08 de agosto de 2022, de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia por la que se convocan subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades

Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ((https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/643444) BDNS (Identif.): 643444

Beneficiarios:

Las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y otras entidades u organizaciones no gubernamentales, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas al menos con dos años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención.

b) Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante RCSS) y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención, así como los centros donde estas se realicen, de conformidad con el Decreto número 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.

Las actividades objeto de los proyectos presentados y los centros donde estas se realicen, deberán estar autorizadas en dicho Registro con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la presente subvención.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.

f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos, delegación permanente en la misma.

Objeto:

1. El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social para la realización de actividades de interés general para fines sociales, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

2. La finalidad de estas subvenciones es la realización de actividades de interés general para fines sociales, incluidas las inversiones, para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas y colectivos en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.

Bases reguladoras:

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por la Orden de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de fecha 6 de agosto de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, bases reguladoras), publicada en el BORM número 181, de 7 de agosto de 2018.

Cuantía:

1. Estas subvenciones se concederán con cargo a la consignación establecida en las partidas presupuestarias 18.04.00.313R.481.99 (proyecto presupuestario nº 44659) y 18.04.00.313R.781.99, (proyecto presupuestario nº 44660), por un importe de 8.750.000,00 euros y 250.000,00 euros respectivamente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021, distribuyéndose en función de la naturaleza de los proyectos propuestos para su concesión. Dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución de la concesión.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes:

1. La presentación de la solicitud (Anexo II) que deberá ir firmada por la persona representante de la entidad previa cumplimentación, se realizará en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), que se haya habilitado a tal fin en la Guía de Procedimientos y Servicios (número de procedimiento 2448).

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Descargar orden completa de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.89 MB)

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