Extracto de la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables al amparo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
Vigencia: desde el 1 de septiembre al 13 de septiembre de 2024
Referencias
Afectada por:
Orden de 20 de mayo de 2024, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, en el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables, (BORM número 126 de 01 de junio de 2024):
Establece las bases reguladoras
Contenido
BDNS (Identif.): 782454
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782454).
Primero. Objeto y finalidad.
El objeto de la Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables.
Los proyectos subvencionados se enmarcarán dentro de las siguientes líneas de actuación:
1. Servicios de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad.
2. Creación de empleo de calidad.
3. Acciones de formación y sensibilización en corresponsabilidad y cuidados.
La finalidad de la subvención es promover la corresponsabilidad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados a través de la financiación de proyectos para el desarrollo de actuaciones y/o prestaciones orientadas a facilitar la conciliación de las familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad mediante la puesta en marcha de servicios de cuidado profesional, la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, así como la sensibilización y formación de la sociedad, particularmente de los hombres en materia de corresponsabilidad y cuidados.
Segundo. Régimen jurídico de la convocatoria.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden de convocatoria y en el artículo 2 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de esta subvención.
Tercero. Ámbito de aplicación: Entidades solicitantes y requisitos.
1. Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro debidamente acreditadas que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención y que reúnan, además, los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de esta subvención, que se recogen a continuación:
a) Asociaciones, federaciones, fundaciones, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales cuyos estatutos tengan entre sus fines u objeto social, promover la igualdad o la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.
c) Estar legalmente constituidas al menos con un año de antelación a la fecha de la Orden de convocatoria de subvención.
d) No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.
Cuarto. Distribución de la financiación por líneas de actuación.
El importe total de la financiación prevista es de 531.000 €, que se hará efectiva con cargo a los créditos recogidos en la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, en la partida presupuestaria 18.03.00.323B.481.09, proyectos de gasto 52329, 52330 y 52331, financiados en un 100% por el Ministerio de Igualdad.
Las entidades presentarán una solicitud por cada uno de los proyectos para los que soliciten financiación.
Las subvenciones que se otorguen atenderán totalmente el importe solicitado para el proyecto, en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración.
En el caso de que con el total de las subvenciones concedidas no se agotaran los créditos de la convocatoria, el órgano competente para resolver podrá determinar la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), hasta el 13 de septiembre del 2024 inclusive. En todo caso, serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera del plazo de presentación previsto, así como las que incumplan los requisitos del artículo 3 de la Orden de convocatoria, siendo tal circunstancia notificada según lo establecido en el artículo 12.3 de dicha Orden.
2. Forma de presentación de las solicitudes y documentación que acompaña a la solicitud. Se presentará una solicitud por cada proyecto que se pretenda desarrollar, que deberá ir firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad, previa su cumplimentación y se realizará por la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia https://sede.carm.es/ a través del procedimiento electrónico 4302 Subvenciones a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo del Plan Corresponsables al que puede acceder a través de la Guía de Procedimientos y Servicios.
Las entidades solicitantes deberán presentar junto a la solicitud, la documentación que se refiere en el artículo 7 de la Orden de convocatoria.
Sexto. Otros datos.
1. El plazo de ejecución de los proyectos subvencionados abarcará desde el 1 de enero del 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo este periodo improrrogable.
2. El órgano responsable del proceso de justificación de estas subvenciones es la Dirección General Mujer y Prevención de la Violencia de Género.
La justificación de la actividad subvencionada se presentará en un plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, excepto las memorias de actuación justificativas del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención que se establecen en el artículo 19.2 letra A apartado b) y letra B apartado b), según corresponda, de la Orden de convocatoria, que se presentarán al mes de finalizado el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, y en todo caso, antes del 31 de enero de 2026.
3. Todos los actos administrativos integrantes del presente procedimiento de concurrencia competitiva se notificarán mediante publicación a través de la página web de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, en el apartado denominado “Áreas temáticas”, “Ayudas y subvenciones” y finalmente en el apartado denominado “Subvenciones de la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género”. Se puede acceder directamente a través de la siguiente dirección web: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=71782&IDTIPO=100&RASTRO=c889$m
Murcia, 30 de julio de 2024. La Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, M.ª Concepción Ruiz Caballero.