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Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, para la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los delitos contra la libertad sexual, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores

Justificación:

"Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de libertad sexual, ha dado una nueva regulación a los delitos contra la libertad sexual, para unificar los anteriores tipos de abuso y agresión sexual en un solo tipo, el de agresión sexual, que comprende cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento, el cual se define en los siguientes términos: «Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona». 

Respetando este modelo, es importante blindar la ley en favor de las víctimas y evitar el efecto no deseado de una posible aplicación de las penas mínimas de los nuevos marcos penales, que son más amplios, para que en casos graves no exista la posibilidad de que se impongan penas bajas, pero sin afectar al corazón de la norma, ya que se mantiene la íntegra definición del consentimiento y, por tanto, la esencia de la regulación de los delitos contra la libertad sexual."


Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:
 

Artículo 132 sobre cómputo de los delitos.
Artículo 173 sobre penas en casos de trato degradante.
Artículo 178 sobre penas en casos de agresión sexual empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, o privadas de sentido.
Artículo 179 sobre penas en casos de violencia o intimidación cuando la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad.
Artículo 180 sobre penas en casos de agresión sexual por la actuación conjunta de dos o más personas, violencia extrema, enfermedad o discapacidad, afinidad o parentesco, uso de armas, anulación de la voluntad por fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química,
Artículo 181 sobre penas en caso de actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años.
Artícuilo 189 bis sobre penas por la distribución o difusión pública a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación.


Modificación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores:
 

Artículo 10 sobre penas según la edad del menor.

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