Mediante Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social se convocan las ayudas económicas para personas mayores para el ejercicio 2025 (BORM número 92, de 23 de abril de 2025), obviándose trámite en el procedimiento administrativo.
Dispongo:
Dejar sin efecto la Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas económicas para personas mayores para el ejercicio 2025, que surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Objeto y Régimen Jurídico:
Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas económicas para personas mayores destinadas a la adquisición de ayudas técnicas, de conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (B.O.R.M. n.º 124 de 31 de mayo de 2018), por la que se establecen las normas reguladoras de las citadas ayudas.
Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la presente Resolución y en la Orden citada en el punto anterior, así como por las restantes normas de derecho administrativo que sean de aplicación, y en su defecto por las normas de derecho privado.
Finalidad:
La finalidad de esta convocatoria es la tramitación de las ayudas económicas a personas mayores de 65 años que residan y figuren empadronadas en la Región de Murcia y precisen reparación o adaptación en su vivienda habitual, o la adquisición de ayudas técnicas.
Requisitos, condiciones y criterios de valoración:
Para ser beneficiarias de estas ayudas, las personas solicitantes deberán reunir los requisitos y condiciones establecidas en los artículos 3 al 5 de la Orden de 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas económicas para personas mayores.
Clases y cuantías máximas de las ayudas:
Los conceptos objeto de esta convocatoria y sus cuantías máximas son las siguientes:
▪ Reparación de la vivienda habitual (reparación de elementos estructurales deteriorados, necesarios para hacer un lugar habitable, por ejemplo: reparación tejado/paredes) hasta 2.000€
▪ Adaptación de la vivienda habitual (adecuación arquitectónica con objeto de facilitar las actividades de la vida diaria en el hogar, por ejemplo: cambiar bañera por pie de ducha) hasta 2.000€
▪ Audífonos (máximo 2 unidades) hasta 3.000€
▪ Tratamiento bucodental (excluidas las extracciones al ser cubiertas por el Servicio Murciano de Salud) hasta 3.000€
▪ Gafa graduada (1 unidad) hasta 500€
▪ Lentes (máximo 2 unidades) hasta 400€
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
No obstante, las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social por la que se convocan las ayudas económicas para personas mayores para el ejercicio 2025, serán admitidas para su tramitación por riguroso orden de entrada.
Eficacia y Publicidad:
La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Mediante Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2025 (BORM número 93, de 24 de abril de 2025), obviándose trámite en el procedimiento administrativo.
Dispongo:
Dejar sin efecto la Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2025, que surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Objeto y Régimen Jurídico:
1. Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas individualizadas a personas con discapacidad, de conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (BORM n.º 124 de 31 de mayo de 2018), por la que se establecen las normas reguladoras de las citadas ayudas.
2. Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la presente Resolución y en la Orden citada en el punto anterior, así como por las restantes normas de derecho administrativo que sean de aplicación, y en su defecto por las normas de derecho privado.
Finalidad:
La finalidad de esta convocatoria es la tramitación de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad en la Región de Murcia, transferencias económicas que se conceden con carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico, a personas afectadas por una discapacidad en grado igual o superior al 33%, que precisen la adquisición de instrumentos o ayudas especializadas, así como la eliminación de barreras arquitectónicas, como medidas recuperadoras de la discapacidad presentada.
Requisitos, condiciones y criterios de valoración:
Para ser beneficiarias de estas ayudas, las personas solicitantes deberán reunir los requisitos y condiciones establecidas en los artículos 3 al 7 de la Orden 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de estas ayudas.
Clases y cuantías máximas de las ayudas:
Los conceptos objeto de esta convocatoria y sus cuantías máximas son las siguientes:
• Eliminación de barreras arquitectónicas de vivienda unifamiliar:
- Ampliación de puertas hasta 1.500 €
- Rampa hasta 1.000 €
- Instalación plataforma elevadora/salva-escaleras hasta 5.000 €
- Instalación grúa de piscina hasta 2.000 €
• Adaptación funcional del hogar: cambio de bañera por pie de ducha hasta 2.000 €
• Adaptación de vehículo a motor hasta 3.000 €
• Cojín giratorio para vehículo hasta 100 €
• Adquisición de vehículo especial de baja velocidad: motocicleta y ciclomotor especial (moto de 3 y 4 ruedas) hasta 3.000 €
• Audífono (máximo 2 unidades) hasta 3.000 €
• Accesorios/repuestos implante coclear hasta 1.000 €
• Comunicador visual (para personas sin movilidad que no pueden hablar o tienen dificultades en el habla) hasta 4.000 €
• Comunicador digital (para personas con movilidad que tienen graves dificultades en el habla) hasta 400 €
• Tratamiento bucodental (excluidas las extracciones al ser cubiertas por el Servicio Murciano de Salud) hasta 3.000 €
• Silla de baño/ducha hasta 350 €
• Silla de baño/ducha con reposacabezas hasta 1.300 €
• Grúa eléctrica con arnés hasta 1.300 €
• Cama eléctrica/articulada completa (incluye somier articulado, colchón articulado y barandillas): hasta 1.200 €
• Gafa (1 unidad): hasta 500 €
• Lentes (máximo 2 unidades): hasta 400 €
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
No obstante, las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social por la que se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2025, serán admitidas para su tramitación por riguroso orden de entrada.
Eficacia y Publicidad:
La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Convocatoria:
Se convocan los Premios Estatales al Voluntariado para el año 2025, conforme a las normas aprobadas mediante Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto por la que se regulan los premios estatales al voluntariado, en las modalidades de Premio Estatal al Voluntariado Individual, Premio Estatal a la Entidad de Voluntariado, Premio Estatal al Programa de Voluntariado y Premio Nacional de Investigación sobre Voluntariado.
Solicitud:
Las solicitudes de candidatura a los premios, en sus distintas modalidades, se formalizarán en los modelos que figuran como anexo I de esta resolución.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, a través de los siguientes medios:
Teléfono: 918 226 554.
Correo electrónico: voluntariado@dsca.gob.es
Plazo de presentación de solicitudes:
Será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Instrucción de 28 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre actualización del régimen registral de la filiación de los nacimientos mediante gestación por sustitución
Régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución
En ningún caso se admitirá por las personas encargadas de los Registros Civiles, incluidos los Registros Civiles Consulares, como título apto para la inscripción del nacimiento y filiación de los nacidos mediante gestación subrogada una certificación registral extranjera, o la simple declaración acompañada de certificación médica relativa al nacimiento del menor, ni sentencia firme de las autoridades judiciales del país correspondiente.
Los solicitantes podrán obtener de las autoridades locales, si procede, el pasaporte y permisos correspondientes para que los menores puedan viajar a España y, una vez aquí, la determinación de la filiación se efectuará a través de los medios ordinarios previstos en el ordenamiento español: filiación biológica, en su caso, respecto de alguno de los progenitores de intención y filiación adoptiva posterior cuando se pruebe la existencia de un núcleo familiar con suficientes garantías.
Objeto:
Convocatoria de una subvención, de carácter plurianual, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades del Tercer Sector de Acción Social que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para sufragar los gastos que conllevan las actuaciones contenidas en el proyecto para el desarrollo del Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO) en la Región de Murcia.
Régimen jurídico de la convocatoria:
La subvención regulada en la presente convocatoria se regirá por lo establecido en la misma y en la Orden de 3 de febrero de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones cofinanciadas por el FSE+ impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad, en cumplimiento del objetivo específico m del programa FSE+ del Programa de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO). (B.O.R.M número 38 de 15 de febrero de 2025)
Entidad beneficiaria:
Podrán acceder a la condición de beneficiaria de la subvención regulada en esta orden aquella entidad del tercer sector de acción social cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
Requisitos y condiciones:
La entidad beneficiaria deberá reunir los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de 3 de febrero de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, que aprueba las bases reguladoras de esta subvención.
Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829435
Objeto:
Convocar ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para facilitar la contratación laboral de personas en situación de riesgo o exclusión social o en situación de vulnerabilidad social para ofrecerles la oportunidad de adquirir una experiencia válida de inserción en el mercado laboral, que permita con los apoyos personalizados necesarios mejorar sus competencias personales, sociales y laborales e incrementar sus posibilidades de acceso a un empleo.
Beneficiarias:
Instituciones sin fin de lucro o Entidades de Iniciativa Social y Empresas privadas, con independencia de su tamaño, cuyo centro de trabajo donde se realice la actividad se encuentre en la Región de Murcia.
Bases reguladoras:
Orden de 18 de septiembre de 2017, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para Programas de Integración Sociolaboral (BORM número 221 de 23 de septiembre de 2017), corrección de errores publicada en el BORM número 227 de 30 de septiembre de 2017.
Podrán ser destinatarias de la contratación laboral a través de estas ayudas las personas en situación o riesgo de exclusión social:
a) Titulares y beneficiarios de la prestación de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social o similares, que se encuentren en edad laboral y estén realizando un proyecto/itinerario individualizado de inserción sociolaboral.
b) Personas que hayan finalizado o se encuentren realizando un proyecto/ itinerario de inserción sociolaboral/Itinerario de Inclusión Activa en programas desarrollados por la administración local o por Entidades de Iniciativa Social.
c) Personas que habiendo sido contratadas a través de programas de integración sociolaboral con anterioridad, no hubieran alcanzado los objetivos previstos en su proyecto/itinerario individualizado de inserción, siempre que su renovación sea valorada como procedente por el Servicio competente de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del IMAS.
Plazo de presentación de solicitudes:
Se inicia a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la Resolución de Convocatoria en el BORM y finaliza el 20 de junio de 2025 en el caso de Entidades de Iniciativa Social y el 31 de octubre de 2025 en el de empresas privadas.
Código procedimiento 0764
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829033
La Conferencia Sectorial de Igualdad, en su reunión de 22 de abril de 2025, ha aprobado el Acuerdo por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2025 del crédito de 8.500.000 euros para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres y la atención a las hijas e hijos menores de edad; del crédito de 1.000.000 euros para implementar la propuesta Común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados; del crédito de 9.500.000 euros para programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; así como del crédito de 800.000 euros para programas de prevención de abusos en menores tuteladas.
La Conferencia Sectorial de Igualdad, en su reunión de 22 de abril de 2025, ha aprobado el Acuerdo por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2025 de los créditos presupuestarios destinados al desarrollo por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por importe de 160.000.000 euros.
Segunda prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, y la Universidad de Murcia, para el desarrollo de un proyecto de orientación e inserción sociolaboral de jóvenes tutelados y extutelados por la Dirección General de Familias y Protección de Menores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Next Generation
Se prorroga la vigencia del “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, y la Universidad de Murcia, para el desarrollo de un proyecto de Orientación e Inserción Sociolaboral de Jóvenes tutelados y extutelados por la Dirección General de Familias y Protección de Menores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Mecanismo de recuperación y Resiliencia Next Generation” hasta el 28 de febrero de 2026.
En cuanto a las actuaciones, el periodo de ejecución se prorroga desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, teniendo por finalidad los meses de enero y febrero de 2026 la elaboración de la memoria anual y final del proyecto.
Se mantienen vigentes las Estipulaciones contenidas en el convenio suscrito con fecha 20 y 21 de abril de 2023.
Resolución de 11 de abril de 2025 de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Formación Profesional por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación y Formación Profesional y la Asociación Asperger-TEA de la Región de Murcia (ASPERMUR), para el desarrollo de programas de intervención educativa en centros sostenidos con fondos públicos en la Región de Murcia
La Consejería de Educación y Formación Profesional de la CARM y ASPERMUR, unidos en el objetivo común de la mejora de la calidad de la educación, colaborarán para impulsar y complementar los programas de intervención educativa que se desarrollan en los centros educativos públicos y privados concertados que conjuntamente acuerden las partes destinados al alumnado con Trastorno del Espectro Autista en Grado 1 (síndrome de Asperger).
Son destinatarios de los programas de intervención educativa objeto de este convenio el alumnado con Trastorno del Espectro Autista en Grado 1 (síndrome de Asperger) con necesidades específicas de apoyo educativo que curse enseñanzas de Educación Infantil o educación básica en centros sostenidos con fondos propios de la CARM que conjuntamente acuerden las partes.
Los Premios Mayores Región de Murcia abren su convocatoria hasta el 30 de junio para la presentación de candidaturas
Fuente: Notas de prensa de la CARM
Las propuestas deberán incluir una memoria justificativa de la trayectoria o méritos de las personas, instituciones o entidades que opten al reconocimiento y que destaquen por su contribución a la integración de las personas mayores
Los Premios Mayores Región de Murcia que concede la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), han abierto su convocatoria para que instituciones, entidades locales y sociales presenten sus candidaturas y homenajear así a los mayores más destacables de la Comunidad y a los colectivos que trabajan por su bienestar y por fomentar su integración en la sociedad.
La convocatoria, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), fija el plazo máximo para la presentación de candidaturas hasta el 30 de junio y establece tres modalidades de presentación.
La primera de ellas reconoce a la persona ‘Mayor del Año’ que haya destacado en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política, laboral y económica de la Región. La segunda, por su parte, resalta la labor de un colectivo o persona que haya contribuido a fomentar la participación de los mayores en el ámbito local, promoviendo la sensibilización y difusión de las costumbres y tradiciones. En el caso de la tercera modalidad, el premio irá destinado a la entidad, colectivo o persona física o jurídica que haya destacado por su actuación innovadora y por su labor de fomento en pro de la cultura, el deporte, el entretenimiento, la integración, los cuidados y atención orientados al bienestar de las personas mayores en la Región de Murcia.
Las candidaturas deberán presentarse por sede electrónica y reflejarán la trayectoria o motivos que hacen merecedor del premio al candidato o candidata. Serán los miembros del jurado los encargados de valorar y seleccionar dichas propuestas. Este estará presidido por la Consejería de Política Social y compuesto por representantes del IMAS, de la Federación de Municipios, del Consejo Asesor Regional de Personas Mayores, Consejo Estatal de Mayores y medios de comunicación.
Los Premios Mayores Región de Murcia, que este año cumplirán su edición número 18, tendrán carácter honorífico y otorgarán un galardón conmemorativo a las personas y colectivos seleccionados.
Los casos de maltrato infantil descienden en la Región de Murcia en el primer trimestre del año
Fuente: Notas de prensa de la CARM
El programa de Prevención y Atención al Maltrato Infantil que dirige la Consejería de Política Social recoge un descenso del 5 por ciento respecto a 2024
Los servicios regionales han atendido a 286 menores en riesgo durante los meses de enero a marzo
Los casos de maltrato infantil en la Región de Murcia han experimentado un ligero descenso durante el primer trimestre del año. El programa de Prevención y Atención al Maltrato Infantil que dirige la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad recoge un descenso del 5 por ciento respecto a 2024, al pasar de 302 registros en el primer trimestre de 2024 a 286 menores atendidos en el mismo periodo de 2025.
El informe elaborado por la Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación revela que un 46 por ciento de los casos corresponden a víctimas de violencia por negligencia y un 29 por ciento a maltrato emocional. En el primer caso hace referencia a formas de maltrato a la infancia menos visibles socialmente y que, sin embargo, denotan posibles situaciones de riesgo. “Indicadores como falta de higiene, absentismo escolar en edades tempranas, desnutrición, cansancio, apatía permanente o menores que evitan ir a casa, entre otros aspectos, pueden estar detrás del maltrato por negligencia”, explicó la directora general de Familias, Infancia y Conciliación, María Luisa Lozano.
Con motivo del Día Internacional contra la Violencia Infantil, que se conmemora hoy, el Gobierno regional pone de relieve la importancia del programa de detección, notificación y registro, que desarrolla la Comunidad desde 2003 con el objetivo de prevenir el maltrato en niños, niñas y adolescentes y sensibilizar y formar a los profesionales relacionados con los menores y el ámbito familiar.
Hasta el momento, 9.945 profesionales han sido formados como agentes sociales notificadores para identificar y visibilizar cualquier indicador de violencia en menores. Entre ellos, personal del ámbito sanitario y educativo, de cuerpos y fuerzas de seguridad y servicios sociales. Las entidades del Tercer Sector también se suman a esta iniciativa por ser detectores de posibles situaciones de riesgo.
La directora general explicó que “gracias a este trabajo colaborativo, mejora la identificación de los indicadores de maltrato y fomenta la notificación sistemática, incluso en sospechas leves, lo que permite actuar con mayor rapidez y prevenir situaciones graves de violencia infantil”. En el primer trimestre de 2025, el mayor número de notificaciones viene del ámbito educativo, seguido del de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En relación al sexo de los menores atendidos, la mayoría de los casos notificados corresponde al masculino, con el 50,35 por ciento. Las niñas, por su parte, alcanzan el 49.65 por ciento de las notificaciones. El rango de edad se sitúa mayoritariamente entre los 16 y los 17 años.
Se convocan, para el curso 2025-2026 las siguientes ayudas individualizadas:
a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.
También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje. También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Personas beneficiarias:
Podrán solicitar las ayudas los alumnos/as que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, en los términos indicados en la convocatoria, y que presenten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TEA y que se encuentren cursando estudios en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presenten necesidad específica de apoyo educativo en alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación infantil.
b) Educación primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado básico.
f) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
g) Enseñanzas artísticas profesionales.
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
i) Otros programas formativos de formación profesional.
Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades escolarizados en alguno de los niveles educativos que se señalan en los apartados b), c), d), f) y g) anteriores.
Plazo de presentación de solicitudes:
Se extenderá desde las 8,00, hora peninsular, del 30 de abril de 2025 hasta las 24,00, hora peninsular, del día 11 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/828444
Resolución de 14 de abril de 2025, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, para el proyecto objetivo inclusión rural
El convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD CERMI para la realización del Proyecto Objetivo Inclusión Rural, se realizará en el territorio español a lo largo del año 2025, cuyo desarrollo contribuirá a dar cumplimiento al estatuto del RPD y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Se propone la creación de contenido digital dedicado al impulso del desarrollo rural inclusivo dentro de nuestro periódico digital CERMI.es Diario. Para ello utilizaremos el canal «Inclusión a Conciencia», creado en 2024 merced a la ayuda del Real Patronato, dedicándolo de forma monográfica a esta temática a través del producto informativo audiovisual Objetivo Inclusión Rural #OIRDis.
A lo largo de 2025, Objetivo Inclusión Rural #OIRDis servirá para divulgar reportajes centrados en entrevistas a personas con discapacidad que vienen del entorno rural, de forma que será a través de sus vivencias como iremos difundiendo las grandes peticiones de agenda de las personas con discapacidad para un mundo rural verdaderamente inclusivo.
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de manifestación de interés de comunidades autónomas para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
Políticas sociales
Convenio con el Ayuntamiento de Águilas para la tramitación del procedimiento del Registro de Parejas de Hecho
El Consejo de Gobierno ha aprobado la firma de un convenio de colaboración entre la Comunidad, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, y el Ayuntamiento de Águilas para la tramitación del procedimiento del Registro de Parejas de Hecho.
En este caso, será la Unidad de Secretaría General del consistorio la que se encargará de recepcionar y registrar las solicitudes recibidas a través de la plataforma informática de gestión creada para este fin. También se encargará de realizar las comparecencias necesarias en las que ambos miembros de la pareja manifiesten, de forma presencial, su condición de pareja de hecho y que, al menos uno de ellos, se encuentra empadronado en el término municipal de Águilas.
El personal asignado para el desempeño de esta nueva función recibirá formación específica por parte de la Consejería, a través de la Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación.
El consistorio aguileño es, junto al de Murcia y La Unión, una de las entidades locales que se ha suscrito a este convenio, que continuará extendiéndose al resto de ayuntamientos de la Región con el fin de agilizar la tramitación de este Registro y acercar el servicio a los ciudadanos.
Esta iniciativa se suma a las medidas puestas en marcha por la Comunidad para agilizar el procedimiento de resolución del registro de parejas de hecho. Entre ellas se encuentra el refuerzo de plantilla con la contratación de más personal, así como la colaboración con el servicio 012 para facilitar información sobre los requisitos y documentación requerida, y evitar así que se presenten expedientes incompletos.
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, de 14 de abril de 2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de ayuda a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética 2025
Convocatoria de ayudas a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética.
La presente convocatoria tiene objeto regular una ayuda al colectivos vulnerables para la lucha contra la pobreza energética, objetivo alineado con la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024.
Podrán ser beneficiarios de la línea 1 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión, por cumplir los requisitos de la convocatoria.
Podrán ser beneficiarios de la línea 2 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión y cuya unidad de convivencia perciba rentas conforme a los requisitos de la convocatoria.
El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de septiembre de 2025.
El texto completo de la convcoatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827619