Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 01/06/2023
Política Social
2,4 millones para la atención integral a mujeres víctimas de violencia de género
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha aprobado la concesión directa de subvenciones, por un importe total de 2.393.939 euros, destinadas a 29 ayuntamientos de la Región de Murcia para la atención integral a mujeres víctimas de violencia de género.
El objetivo es financiar los gastos de personal derivados de la prestación de servicios en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género en los Centros de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género (CAVI) y en los Puntos de Atención Especializada (PAE).
Los criterios de distribución de estas subvenciones se han determinado en base al ámbito de influencia, aumento de la demanda de usuarias y a la población susceptible de intervención.
Serán beneficiarios de la subvención los ayuntamientos de Águilas, Alcantarilla, Alhama de Murcia, Archena, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Ceutí, Cieza, Fuente Álamo, Jumilla, Las Torres de Cotillas, Lorca, Mazarrón, Molina de Segura, Mula, Murcia, Puerto Lumbreras, San Javier, Santomera, Torre Pacheco, Totana y Yecla, que cuentan con CAVI, y los de Abarán, Los Alcázares, Beniel, Bullas, Cehegín, Fortuna y San Pedro del Pinatar, que disponen de PAE en su municipio.
La Red Regional CAVI, en la que trabajan 92 profesionales, ofrece tratamiento individual y grupal, proporcionando a las mujeres víctimas de violencia de género el apoyo necesario para potenciar sus competencias sociales y psicológicas, y para afrontar con éxito las experiencias vividas. La atención se realiza de forma integral desde diferentes enfoques profesionales: psicológico, jurídico y social y dando cobertura a todo su radio de acción.
El centro PAE sirve de enlace entre la sede CAVI y el resto de municipios de su ámbito de influencia, prestando servicio de psicología. La atención jurídica y social se realizará por los profesionales de la sede CAVI comarcal.
Durante el año 2022 25.696 mujeres víctimas de violencia de género fueron atendidas en estos centros, y desde enero a abril de este año han sido 4.138 las mujeres que han utilizado el servicio que se presta en la red de atención integral a mujeres víctimas de violencia de género existente en la Región de Murcia.
Extracto de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales
Financiación de actividades de interés general consideradas de interés social correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Serán subvencionables en esta convocatoria, los programas cuya definición, prioridades y requisitos para su cumplimiento, figuran en el Anexo A de la Resolución.
Entidades beneficiarias:
Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones del Tercer Sector de Acción Social.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades del Tercer Sector de Acción Social los organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Bases reguladoras:
Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, publicado en el BOE de 2 de octubre de 2021.
Plazo de presentación de solicitudes:
Treinta días, finalizando a las 18:00 horas del día número 30, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/69962
Extracto de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales
Financiación de actividades de interés general consideradas de interés social correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Serán subvencionables en esta convocatoria, los programas cuya definición, prioridades y requisitos para su cumplimiento, figuran en el Anexo A de la Resolución.
Entidades beneficiarias:
Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones del Tercer Sector de Acción Social.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades del Tercer Sector de Acción Social los organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Bases reguladoras:
Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, publicado en el BOE de 2 de octubre de 2021.
Plazo de presentación de solicitudes:
Treinta días, finalizando a las 18:00 horas del día número 30, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/69962
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2023 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil
Distribución del crédito destinado a las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y las ciudades de Ceuta y de Melilla para la realización del Programa de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil para 2023:
Programa de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil por un importe total de 65.000.000 euros que se distribuyen de la siguiente manera:
Protección a la familia y atención a la pobreza infantil, por un importe de 50.000.000 euros.
Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral por un importe de 15.000.000 euros.
Programas para el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en los servicios sociales de atención primaria, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) por un importe de 25.000.000 de euros:
Prestaciones básicas de Servicios Sociales, por un importe de 108.704.000 euros:
Distribución del crédito para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del Pueblo gitano, con una dotación de 2.000.000,00 euros en la aplicación 29.05.231F.453.01 (Plan de desarrollo gitano):
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2023 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil
Distribución del crédito destinado a las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y las ciudades de Ceuta y de Melilla para la realización del Programa de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil para 2023:
Programa de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil por un importe total de 65.000.000 euros que se distribuyen de la siguiente manera:
Protección a la familia y atención a la pobreza infantil, por un importe de 50.000.000 euros.
Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral por un importe de 15.000.000 euros.
Programas para el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en los servicios sociales de atención primaria, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) por un importe de 25.000.000 de euros:
Prestaciones básicas de Servicios Sociales, por un importe de 108.704.000 euros:
Distribución del crédito para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del Pueblo gitano, con una dotación de 2.000.000,00 euros en la aplicación 29.05.231F.453.01 (Plan de desarrollo gitano):
Política Social anima a los ciudadanos a colaborar con la 'operación kilo' del Banco de Alimentos del Segura
Fuente: Notas de prensa de la CARM
Los días 2 y 3 de junio se podrá donar productos no perecederos en los principales supermercados de la Región
La organización necesita 200 voluntarios para la recogida de alimentos
La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad animó hoy a los ciudadanos de la Región a participar en la campaña ‘operación kilo’ que desplegará este viernes y sábado el Banco de Alimentos del Segura, con el objetivo de recoger víveres no perecederos y aumentar las reservas de comida en su almacenes.
La consejera en funciones Conchita Ruiz Caballero invitó a los ciudadanos a participar en este evento solidario donando algún producto durante las dos jornadas que dura la campaña, mañana día 2 y el día 3.
Conchita Ruiz, junto al presidente del Banco de Alimentos del Segura, José García-Galbis, también animó a todos a unirse a la campaña como voluntarios y ayudar en la recogida de alimentos. La organización estima que necesita captar 200 voluntarios para esta labor, que no necesita experiencia previa y solo compromete a dedicarle cuatro horas de tiempo libre. La inscripción puede realizarse a través de la web www.basmur.org
La 'operación kilo', que organiza la Federación Española de Bancos de Alimentos (Fesbal), prevé recoger en la Región alrededor de 150.000 kilos de alimentos no perecederos. Los productos con mayor escasez en sus almacenes son leche y aceite.
La campaña estará en los principales supermercados de la Región, donde se podrá donar alimentos o realizar una aportación monetaria en las cajas, que irá destinada a la compra de los productos más necesarios.
La Comunidad colabora anualmente con el Banco de Alimentos del Segura con una ayuda directa que este año ha sido de 50.000 euros. El año pasado repartió casi tres millones de kilos de alimentos, atendiendo a unas 40.000 personas en situación de vulnerabilidad.
Jornada “Cre-ando y Actu-ando con personas sin hogar, adicciones y/o enfermedad mental”
Organiza: Colectivo La Huertecica y la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Cartagena
Fecha: 7 de junio de 2023 de 08:45 a 13:30 h.
Lugar: UPCT. Facultad de Ciencias de la Empresa. Salón de Actos “Isaac Peral”, C/ Real, 3, 30201-Cartagena
Objetivos:
Visibilizar y difundir entre los equipos técnicos de salud y atención primaria de servicios sociales, las diferentes entidades sociales y otros agentes que pudieran estar interesados en el Proyecto LH-Contigo: "Atención Socio-Sanitaria a personas sin hogar y o con enfermedad mental grave o adicciones a través de pisos supervisados y equipos de apoyo social comunitario". Así como, transmitir la experiencia de una metodología de cooperación entre la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Cartagena y el Colectivo La Huertecica.
Programación:
08:45 h. Recepción y bienvenida
09:00 h. Presentación de la Jornada
09:15 h. Conversatorio: "Distintas Miradas en la atención a personas sin hogar, con adicciones y/o enfermetad mental"
10:15 h. Contextualización del Proyecto innovador LH-Contigo
11:00 h. Vídeo experiencia de participantes "En Primera Persona"
11:15 h. Descanso. Café
11:45 h. Exposición fotográfica: "Cre-ando y Actu-ando". Trabajo Colaborativo
12:15 h. Los nuevos retos en la atención a las personas con adicciones y/o trastorno mental grave
12:45 h. Espacio de participación
13:15 h. Conclusiones
13:30 h. Cierre de la jornada
Más información e inscripciones:
Colectivo La Huertecica
Paraje Molino Derribao, s/n, 30319-Cartagena
Teléfono 968 52 46 56
Inscripción hasta el 5 de junio
Formulario de inscripción
Orden INT/536/2023, de 22 de mayo, por la que se concede una subvención directa a Fundación Anar para ayudar a niños y adolescentes en riesgo, para el ejercicio presupuestario 2023
La subvención concedida tiene por objeto ayudar a niños y adolescentes en riesgo.
Dicho objeto se pone de manifiesto dando cumplimiento a los siguientes objetivos, indicadores y resultados esperados:
A) Objetivo general del Teléfono 116000:
Ayudar a los niños/as y adolescentes y a sus familiares proporcionándoles orientación, apoyo y acompañamiento en los casos de desaparición de un/a menor de edad. Por medio de este servicio el equipo de psicólogos/as apoyados por trabajadores/as sociales y abogados/as de la Fundación ANAR atienden todas aquellas llamadas que tengan como denominador común la desaparición de un/una menor de edad (fugas, secuestros, pérdidas, sustracciones…). Su fin último es prevenir y recuperar a los niños/as y adolescentes desaparecidos y combatir este fenómeno.
Los instrumentos empleados son la línea telefónica, el Chat y el e-mail.
Para ello, se establecen tres niveles de actuación coordinada, en los que, desde el Teléfono, Chat e E-mail ANAR, se inicia comunicación de los casos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado:
1. Aquellos casos en los que personal especializado del Teléfono, Chat y del E-mail ANAR considere que el tratamiento que deba darse al caso que estén tratando, además de la orientación psicológica, jurídica o social, precise de la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, aunque no de forma urgente. En este supuesto, desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se informará al menor/adulto que debe apoyarse en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para tratar su problema, y se le facilitará la información de contacto con los mismos.
2. Teniendo conocimiento el personal especializado, ya sea a través del Teléfono ANAR Chat o E-mail ANAR, de la posibilidad de que algún menor se encuentre en situación de riesgo, desamparo o conflicto social, se realizará una valoración específica del caso para definir si es necesario buscar el apoyo inmediato de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como complemento a la orientación psicológica, jurídica o social. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al menor del procedimiento que se va a seguir en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para que facilite su identificación y localización, posibilitando así el contacto con su consentimiento.
Una vez iniciado el contacto urgente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, desde el Teléfono, Chat o E-mail ANAR se mantendrán en contacto telefónico con el propio menor hasta que los agentes acudan a buscarle. Al llegar, los agentes se presentarán e identificarán mutuamente para mayor seguridad. Posteriormente, desde el teléfono, Chat o E-mail ANAR se llevará un seguimiento de los casos.
3. Cuando el Teléfono, Chat e E-mail ANAR detecte situaciones de desprotección o riesgo que requieran una investigación más extensa, pero no de carácter urgente, lo comunicará a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el objeto de que puedan investigarlas y coordinarse con los Servicios Sociales y de Protección y cualesquiera otros recursos que se consideren convenientes en cada Comunidad Autónoma. En este caso, el personal del Teléfono, Chat e E-mail ANAR informará al menor o al adulto del procedimiento que se va a seguir, de los recursos a los que se va a acudir y recabará su consentimiento. Del mismo modo, desde el Teléfono ANAR, Chat e E-mail se realizará un seguimiento de los casos.
B) Objetivos específicos:
Objetivo 1: Prestar el servicio del Teléfono ANAR para Casos de Niños/as Desaparecidos/as (116000) de forma gratuita y confidencial para la persona que llama.
Objetivo 2: Dar asesoramiento y apoyo psicológico, jurídico y social a las personas responsables de los/as menores de edad desaparecidos/as.
Objetivo 3: Apoyar la investigación de los casos de niños desaparecidos en coordinación con los recursos sociales y cuerpos de seguridad y promover la colaboración ciudadana.
Objetivo 4: Lanzar una campaña de prevención y concienciación sobre las principales causas de desaparición de los/as menores y protocolos de actuación, para poder reducir al máximo los casos de menores de edad desaparecidos.
C) Objetivos operativos: resultados esperados:
Para el objetivo 1.
Explorar los hechos en relación a la desaparición para ofrecer la orientación más adecuada (psicológica, jurídica y social) y transferir cuando sea necesario o aquellas de colaboración ciudadana a las Unidades Especializadas designadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Los/as profesionales de la psicología-orientadores/as especializados/as en desaparición de personas menores de edad, orientarán todas las llamadas, haciendo exploración, contención emocional (siempre que sea necesario) y realizando una orientación a partir de la evaluación del problema que originó la desaparición de la persona menor de edad (fuga, secuestro, sustracción, etc.) con el fin último, siempre que sea posible, de lograr la restitución al niño o niña a su familia.
Para el objetivo 2.
Cuando nos llamen las personas responsables de los niños/as desaparecidos (padres u otros familiares) les proporcionaremos asesoramiento y apoyo por parte de los/as orientadores/as psicólogos/as y todo nuestro equipo multidisciplinar informándoles de los recursos a los que puede acudir, dándoles apoyo psicológico, asesoramiento jurídico y social especializado e información de los recursos al alcance.
Para el objetivo 3.
El servicio del Teléfono ANAR para Casos de Niños/as Desaparecidos 116000 prestará apoyo a las investigaciones que se estén llevando a cabo por desapariciones de menores de edad. Las llamadas de ciudadanos/as referidas a la desaparición de un niño/a desaparecido/a y que aporten nuevas informaciones o pistas sobre cada caso se atenderán y dicha información se derivará inmediatamente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Para el objetivo 4.
Difusión de carteles del Teléfono ANAR 116000 en lugares estratégicos.
Participación de expertos de la Fundación ANAR en medios de comunicación.
Publicación de alertas de menores desaparecidos/as y difusión de información en esta materia a través de las Redes Sociales (twitter, Instagram, Facebook, Tik Tok, Youtube y Linkedin) de la Fundación ANAR.
Convocatoria para el desarrollo de proyectos y actuaciones de acción social año 2023-JGL acuerdo 23-05-2023. Ayuntamiento de Alhama de Murcia
Las beneficiarias serán Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social o que desarrollen sus actividades dentro de su ámbito territorial de Alhama de Murcia.
El plazo de presentación de las mismas será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.
Resolución del Secretario General de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se dispone la publicación del “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, y el Ayuntamiento de Molina de Segura para la financiación de la Oficina de Rehabilitación en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”
El Ayuntamiento llevará a cabo las siguientes actuaciones:
a) La difusión y asesoramiento respecto a las ayudas de este programa en el marco de las convocatorias aprobadas en el ámbito territorial de la Región de Murcia así como el correspondiente acompañamiento a sus colegiados/as.
b) La información, asesoramiento y acompañamiento a las personas destinatarias de las ayudas (comunidades de vecinos, propietarios/as, usufructuarios/as, empresas arrendatarias o cesionarias) y a los agentes/gestores de rehabilitación respecto a los requisitos y condiciones para solicitar las ayudas.
c) La asistencia a las personas destinatarias de las ayudas en todo el proceso de tramitación de las subvenciones: desde la presentación de la solicitud, la respuesta de requerimientos y notificaciones administrativas, hasta la ejecución y justificación de la actuación subvencionada.
d) La elaboración de los informes de idoneidad previos a la presentación de la solicitud de ayuda, de acuerdo a lo establecido en la correspondiente convocatoria y en los modelos y guías de gestión elaboradas por la Dirección General de Vivienda.
e) La realización de las actuaciones que procedan en la fase de instrucción en consonancia con lo establecido en la convocatoria de ayudas y en el citado manual de gestión elaborando los informes de idoneidad de justificación de las actuaciones por las que se ha solicitado la ayuda a fin de verificar la acreditación del cumplimiento de los requisitos legales enumerados en la misma.
Resolución del Secretario General de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se dispone la publicación del “Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, y el Ayuntamiento de Águilas para la financiación de la Oficina de Rehabilitación en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
El Ayuntamiento llevará a cabo las siguientes actuaciones:
a) La difusión y asesoramiento respecto a las ayudas de este programa en el marco de las convocatorias aprobadas en el ámbito territorial de la Región de Murcia así como el correspondiente acompañamiento a sus colegiados/as.
b) La información, asesoramiento y acompañamiento a las personas destinatarias de las ayudas (comunidades de vecinos, propietarios/as, usufructuarios/as, empresas arrendatarias o cesionarias) y a los agentes/gestores de rehabilitación respecto a los requisitos y condiciones para solicitar las ayudas.
c) La asistencia a las personas destinatarias de las ayudas en todo el proceso de tramitación de las subvenciones: desde la presentación de la solicitud, la respuesta de requerimientos y notificaciones administrativas, hasta la ejecución y justificación de la actuación subvencionada.
d) La elaboración de los informes de idoneidad previos a la presentación de la solicitud de ayuda, de acuerdo a lo establecido en la correspondiente convocatoria y en los modelos y guías de gestión elaboradas por la Dirección General de Vivienda.
e) La realización de las actuaciones que procedan en la fase de instrucción en consonancia con lo establecido en la convocatoria de ayudas y en el citado manual de gestión elaborando los informes de idoneidad de justificación de las actuaciones por las que se ha solicitado la ayuda a fin de verificar la acreditación del cumplimiento de los requisitos legales enumerados en la misma.
Anuncio de la Dirección General de Salud Pública por el que se da a conocer el nuevo operador designado para la terminación de las llamadas dirigidas al servicio de atención telefónica «Línea de Ayuda a las personas con riesgo de conducta suicida»
Se atribuye el número 024 al servicio de línea de ayuda a las personas con riesgo de conducta suicida.
El nuevo operador designado para la terminación de las llamadas al servicio de atención telefónica «Línea de ayuda a las personas con riesgo de conducta suicida» prestado por el Ministerio de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, es Evolutio Cloud Enabler, S.A.U.
El centro o centros de atención de llamadas están ubicados geográficamente en la Comunidad Autónoma de Madrid.
El nuevo operador asume la terminación de las llamadas desde el 17 de febrero de 2023, sin que se haya producido interrupción del servicio.
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca del Noroeste (Murcia), referente a la convocatoria para proveer varias plazas
Tres plazas de Auxiliar Administrativo/a a jornada parcial 50 %, de la plantilla de personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca del Noroeste (Murcia), referente a la convocatoria para proveer varias plazas
Tres plazas de Auxiliar Administrativo/a a jornada parcial 50 %, de la plantilla de personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia
Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia
El objeto del presente Acuerdo es definir y establecer un marco común de condiciones específicas de acceso a la asistencia personal y de las características de la misma en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia:
Condiciones de acceso a la asistencia personal.
Requisitos generales y cualificación de las personas que presten servicios de asistencia personal.
Requisitos para la contratación y prestación del servicio dentro del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
Seguimiento de la prestación del servicio.
Intensidades y cuantías.
Las Administraciones competentes adecuarán o desarrollarán la normativa precisa para el cumplimiento del presente acuerdo en el plazo de un año desde la aprobación del mismo, especialmente en lo referido a la acreditación de empresas, entidades y profesionales que presten servicios de asistencia personal y al desarrollo de la prestación.
Los contenidos mínimos del Plan de apoyos al proyecto de vida independiente.
Propuesta de contenidos básicos de formación para asistentes personales.
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia
Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia
El objeto del presente Acuerdo es definir y establecer un marco común de condiciones específicas de acceso a la asistencia personal y de las características de la misma en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia:
Condiciones de acceso a la asistencia personal.
Requisitos generales y cualificación de las personas que presten servicios de asistencia personal.
Requisitos para la contratación y prestación del servicio dentro del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
Seguimiento de la prestación del servicio.
Intensidades y cuantías.
Las Administraciones competentes adecuarán o desarrollarán la normativa precisa para el cumplimiento del presente acuerdo en el plazo de un año desde la aprobación del mismo, especialmente en lo referido a la acreditación de empresas, entidades y profesionales que presten servicios de asistencia personal y al desarrollo de la prestación.
Los contenidos mínimos del Plan de apoyos al proyecto de vida independiente.
Propuesta de contenidos básicos de formación para asistentes personales.
Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad, relativo a las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos
El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad establece el artículo 8, apartado 3, que «cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen, el órgano competente para resolver, de oficio o a instancia de la persona interesada, podrá acordar que el equipo multiprofesional realice la valoración por medios no presenciales o telemáticos, quedando garantizada en todo caso la accesibilidad universal y considerando los factores contextuales y ambientales en el entorno habitual de residencia de la persona conforme al anexo VI.
En el seno de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad se elaborará y revisará la relación de circunstancias especiales que puedan dar lugar a la aplicación de lo contenido en el párrafo anterior».
La Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad aprobó, en su reunión ordinaria de 27 de febrero de 2023, el Acuerdo relativo a las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos, que son las siguientes:
a) Cuando la persona interesada se encuentra inmovilizada o se constate una situación sociosanitaria que desaconseje su traslado al centro de valoración.
b) Cuando las circunstancias ambientales o epidemiológicas dificulten o desaconsejen la movilidad de la ciudadanía.
c) En pacientes inmunodeprimidos o en tratamiento inmunosupresor, cuya situación desaconseje su traslado.
d) Personas institucionalizadas en las que se desaconseje su traslado.
e) Cuando la documentación que conste en el expediente o que esté disponible en los sistemas de información de los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporten información objetiva y suficiente para realizar la valoración y, en su caso la revisión, y se estime que la cita presencial no va a aportar una información relevante que pueda modificar la valoración de la discapacidad.
Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad, relativo a las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos
El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad establece el artículo 8, apartado 3, que «cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen, el órgano competente para resolver, de oficio o a instancia de la persona interesada, podrá acordar que el equipo multiprofesional realice la valoración por medios no presenciales o telemáticos, quedando garantizada en todo caso la accesibilidad universal y considerando los factores contextuales y ambientales en el entorno habitual de residencia de la persona conforme al anexo VI.
En el seno de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad se elaborará y revisará la relación de circunstancias especiales que puedan dar lugar a la aplicación de lo contenido en el párrafo anterior».
La Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad aprobó, en su reunión ordinaria de 27 de febrero de 2023, el Acuerdo relativo a las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos, que son las siguientes:
a) Cuando la persona interesada se encuentra inmovilizada o se constate una situación sociosanitaria que desaconseje su traslado al centro de valoración.
b) Cuando las circunstancias ambientales o epidemiológicas dificulten o desaconsejen la movilidad de la ciudadanía.
c) En pacientes inmunodeprimidos o en tratamiento inmunosupresor, cuya situación desaconseje su traslado.
d) Personas institucionalizadas en las que se desaconseje su traslado.
e) Cuando la documentación que conste en el expediente o que esté disponible en los sistemas de información de los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporten información objetiva y suficiente para realizar la valoración y, en su caso la revisión, y se estime que la cita presencial no va a aportar una información relevante que pueda modificar la valoración de la discapacidad.
Acuerdos del Consejo de Ministros de 29/05/2023
Hacienda y Función Pública
FINANCIACIÓN DEL BONO SOCIAL Y SUMINISTROS ELÉCTRICOS A CONSUMIDORES VULNERABLES
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia destinado a financiar modificaciones de crédito por un importe total de 127.807.211,72 euros.
Con esta cantidad se dará cumplimiento a una sentencia indemnizatoria que data de 2017 en concepto de financiación del bono social y de cofinanciación con las administraciones públicas de aquellos suministros a consumidores que tengan la condición de vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y que estén en riesgo de exclusión social.
La asignación de Fondo de Contingencia que se contempla en este Acuerdo tiene como finalidad la financiación de una modificación presupuestaria, por el citado importe. En concreto, se trata de una ampliación de crédito en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por dicha cantidad.
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual
Modificación:
Artículo 63. La Gerencia tendrá la responsabilidad económico-administrativa. Se cuidará de que se lleven correctamente operaciones de cobros y pagos de la FEDDI. Llevará la contabilidad y ejercerá la inspección económica de todos los órganos de la FEDDI, firmará de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento del Código de Buen Gobierno federativo los documentos de movimiento de fondos, y formulará los balances periódicos para presentarlos a la Junta Directiva y el Presupuesto Anual cuyo proyecto redactará con la Vicepresidencia Económica. La Gerencia será remunerada y tendrá la consideración de personal de alta dirección a los efectos del Estatuto de los Trabajadores.
Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual