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Ordenanza municipal de regulación de los vehículos de movilidad personal en el término municipal de Las Torres de Cotillas

Ordenanza municipal de regulación de los vehículos de movilidad personal en el término municipal de Las Torres de Cotillas

Objeto y ámbito de aplicación de la ordenanza:
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la circulación y el estacionamiento de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

Definición y clasificación:
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, y en la resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección general de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de
movilidad personal:


1. Los artilugios que no sobrepasan la velocidad de 6 km/h. tienen la consideración de juguetes». Son patines, patinetes, monopatines y similares, aquellos impulsados por el esfuerzo humano, sin ningún tipo de asistencia.

2. Vehículos de movilidad personal VMP. Según lo establecido en Apartado A «Definiciones» del Anexo II «Definiciones y categorías de los vehículos» del Real Decreto 970/2020 de 10 de noviembre, se establece la siguiente definición de VMP:

Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto equilibrado.

Se excluyen de la definición anterior los siguientes vehículos:

- Vehículos sin sistema de auto balanceo y con sillín,
- Vehículos diseñados específicamente para circular fuera de las vías públicas
o vehículos concebidos para competición,
- Los vehículos para personas con movilidad reducida,
- Los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VCA,

- Los vehículos considerados juguetes,
- Las bicicletas eléctricas (EPAC),
- Los vehículos que no transportan personas (por ejemplo, robots de carga),

Estos vehículos pueden estar equipados con baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada.

Los Vehículos de Movilidad Personal, en adelante VMP, pueden tener diferentes usos, como por ejemplo el uso particular, alquiler o «sharing», servicios públicos, usos turísticos, etc.

Clasificación de los Vehículos de Movilidad Personal:
Se adapta la tipificación realizada por la dirección General de Tráfico en su Resolución de 12 de enero de 2022, en la que los clasifica en dos grupos:

- VMP para transporte personal.
- Vehículo de Movilidad Personal para transporte de mercancías u otros servicios.

 

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