Renovación del Título Oficial de Familia Numerosa

Renovación del Título Oficial de Familia Numerosa

 

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Renovación del Título Oficial de Familia Numerosa (código 1858)

Las familias que ostenten la condición de Familia Numerosa, acreditada por el Título correspondiente, podrán renovar su condición siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

1. Que hayan experimentado variaciones en su composición y/o en las condiciones que puedan dar lugar a variación en el número de beneficiarios y/o en la categoría en que la familia está clasificada:

- Nacimiento de nuevos hijos o separaciones matrimoniales.
- Pérdida de la condición de beneficiario de alguno de los hijos por matrimonio, emancipación u otros motivos.
- Otras modificaciones en la situación familiar que afecten a la situación contemplada en la última renovación (abandono de estudios de los hijos, reconocimientos de minusvalía, separación o divorcio de los titulares...).

2. Que tengan próximo el vencimiento del periodo de vigencia del Título. En este supuesto, la renovación ha de solicitarse antes de la fecha de caducidad que aparece en el propio Título (máximo tres meses), de superarse ésta, el Título ha caducado y se requiere solicitar de nuevo el reconocimiento de la condición de Familia Numerosa, emitiéndose un Título distinto, si procede.

Nota: Se puede renovar el Titulo tres meses con antelación a la fecha de caducidad.