Extracto de la Orden de 7 de mayo de 2021, de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de la Región de Murcia, por la que se convocan subvenciones a entidades locales de más de 20.000 y hasta 60.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la financiación de la elaboración de un diagnóstico local participativo en el marco del Programa Operativo Regional de Fondo Social Europeo

BORM número 108 de 13 de mayo de 2021

Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social

Vigencia: desde el 14 de mayo de 2021

Referencias

Afectada por:

Orden de 5 de enero de 2010 de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales, (BORM número 6 de 09/01/2010):

Establece las bases reguladoras.

Reglamentos de la Unión Europea para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos 2014- 2020.

Establecen las bases reguladoras.

Contenido

BDNS (Identif.): 562691

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/562691)

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de más de 20.000 y hasta 60.000 habitantes, según lo recogido en el Real Decreto 1147/2020, de 15 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020 (BOE n.º 340, de 30 de diciembre de 2020).

Las Mancomunidades de Servicios Sociales podrán presentar solicitudes para la financiación de proyectos dirigidos a un territorio o zona determinada si el municipio en el que se vaya a desarrollar el proyecto tiene más de 20.000 y hasta 60.000 habitantes.

Segundo. Objeto

El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades locales de más de 20.000 y hasta 60.000 habitantes, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la elaboración de un diagnóstico local participativo en un determinado territorio con el fin de conocer las necesidades, los recursos y potencialidades locales y proponer las líneas estratégicas y transversales de actuación acordadas entre los diferentes protagonistas comunitarios (la administración pública, los recursos técnicos públicos y privados y la ciudadanía/organizaciones sociales) y derivadas de dicho diagnóstico.

La finalidad que se persigue con esta línea de subvención es promover, en barrios o territorios definidos con población en situación de vulnerabilidad social, procesos de diagnóstico local participativo que permitan obtener información acerca de los problemas, necesidades y potencialidades comunitarias y su articulación dinámica con recursos locales y externos, así como de las oportunidades de desarrollo que tienen los y las habitantes del territorio y el establecimiento de las líneas de actuación estratégicas y transversales derivadas de este diagnóstico.

Las actuaciones derivadas de los programas a financiar se realizarán en territorios en los que exista población en situación de vulnerabilidad social, entendiendo como tal la presencia de una precariedad material y económica acompañada de otras variables personales y sociales como pueden ser: riesgo o situación de exclusión social, pobreza, carencia o deterioro de infraestructuras, escasez o inexistencia de cauces de participación social, asociacionismo o iniciativa cívica que favorezca la implicación de la propia ciudadanía en la respuesta a sus problemas.

Las propuestas presentadas deberán ajustarse al Programa Marco que figura como Anexo III a esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras

El procedimiento de esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la presente Orden, por la Orden de 5 de enero de 2010 de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales (BORM nº 6 de 09/01/2010) y en los Reglamentos de la Unión Europea para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos 2014-2020, concretamente: el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes y disposiciones generales para los fondos estructurales, en adelante Reglamento de Disposiciones Comunes, el Reglamento Delegado (UE) 480/2014 de la Comisión; el Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, en adelante Reglamento del FSE, así como la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2014-2020, por lo establecido en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo lo que resulte de aplicación y, con carácter supletorio, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por cualquier otra disposición o norma del ordenamiento jurídico que resulte de aplicación.

Cuarto. Cuantía

Esta subvención se hará efectiva con cargo a los créditos de la partida presupuestaria 18.04.00.313A.461.99, de la Ley 1/2020 de 3 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada por Orden de 21 de diciembre de 2020 de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, durante el ejercicio 2021, proyecto de gasto 43534, cofinanciados en un 10% por fondos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 90% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Región de Murcia, por un importe total máximo de 632.000,00 €, según las siguientes anualidades.

Año 2021: 300.000,00 €

Año 2022: 332.000,00 €

Quinto. Plazo presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria de subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Sexto. Otros datos

El plazo ordinario de ejecución del programa subvencionado se iniciará a partir de la fecha que se indique en la resolución de concesión de la subvención y se prolongará por 18 meses, teniendo en cuenta que el plazo máximo de ejecución, incluyendo las posibles ampliaciones, será el 31 de diciembre de 2022.

Murcia, 7 de mayo de 2021. La Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, Isabel Franco Sánchez.