Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Molina de Segura para la tramitación inmediata del procedimiento de reconocimiento y/o renovación del título de familia numerosa en las oficinas de asistencia en materia de registros municipales
Fuente: BORM número 182 de 08/08/2025
Objeto del convenio:
La finalidad del presente convenio es articular la encomienda de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) al Ayuntamiento de Molina de Segura, para la tramitación inmediata del procedimiento de reconocimiento y/o renovación del título de familia numerosa (código 668) en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros municipales.
Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la CARM.
Asimismo, es responsabilidad de la CARM dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.
Régimen de actuaciones:
Las actuaciones objeto de encomienda se llevarán a cabo por los funcionarios de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros municipales mediante el acceso a la plataforma informática de gestión, en la que quedará constancia de la huella del funcionario interviniente, oficina, fecha y hora de la expedición, y que la Dirección General competente en materia de familias
numerosas pondrá a disposición del Ayuntamiento.
Obligaciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se obliga a:
1. Poner a disposición del ayuntamiento la plataforma informática de gestión y tramitar las altas y bajas en la misma de los funcionarios del ayuntamiento designados por éste para realizar las actuaciones objeto de la encomienda.
2. Proporcionar a tales funcionarios la formación necesaria para que puedan desempeñar las actuaciones objeto de encomienda.
3. Que la información a la que se acceda sea la indispensable para la tramitación del correspondiente procedimiento administrativo, en virtud del principio de “minimización del dato”.
4. Garantizar el ejercicio de los derechos de los interesados en materia de protección de datos de carácter personal, así como al cumplimiento del resto de las obligaciones legales que le incumben en materia de protección de datos de carácter personal y de seguridad de la información.
5. Designar una persona de contacto para la resolución de las incidencias técnicas que puedan surgir.
Obligaciones del Ayuntamiento:
El Ayuntamiento se obliga a:
1. Colaborar activamente con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la prestación de los servicios.
2. Comunicar a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a los funcionarios que vayan a realizar las actuaciones objeto de encomienda para su alta en la plataforma informática de gestión; así como, cuando proceda, los funcionarios a los que haya que dar de baja en la misma.
3. Garantizar el ejercicio de los derechos de los interesados en materia de protección de datos de carácter personal, así como al cumplimiento del resto de las obligaciones legales que le incumben en materia de protección de datos de carácter personal y de seguridad de la información.
4. Designar una persona de contacto para la resolución de las incidencias técnicas que puedan surgir.
Plazo de duración y efectos:
1. El convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma por la parte que lo haga en último lugar y tendrá una duración de cuatro años, debiendo ser publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.