Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
DESARROLLO URBANÍSTICO Y PROMOCIÓN DE VIVIENDAS DE ALQUILER ASEQUIBLE
El Consejo de Ministros ha tomado razón de la ejecución de los acuerdos de 9 de mayo de 2023 para fomentar el desarrollo urbanístico y la promoción de viviendas en régimen de alquiler asequible o social en ámbitos de titularidad del Ministerio de Defensa y de destinar el excedente no utilizado para destinarlo a la ampliación del Parque Público Estatal de Vivienda a precio asequible.
El Gobierno de España está acometiendo la reconversión de SEPES en la Entidad Pública de Vivienda y Suelo de la Administración General del Estado, que se concibe como instrumento capaz de abordar de manera integral el proceso productivo para la ampliación del parque público de vivienda, desde la adquisición y desarrollo urbanístico de los suelos, hasta la promoción de vivienda y su gestión.
Con ello, desde el acuerdo de 9 de mayo de 2023, y en el marco del Plan de Vivienda en Alquiler Asequible, se ha analizado de forma exhaustiva por parte de SEPES la viabilidad de los solares ofertados por Defensa, priorizando la adquisición de aquellos que están disponibles para su desarrollo inmediato.
Tras ese análisis, se ha procedido a la compra del 35% de los solares disponibles sobre los que ya se están iniciando los trámites para edificar vivienda y se está en proceso de acuerdo para cuatro más.
Esto permitirá a la nueva Empresa Estatal de Vivienda disponer de 593 M€ para:
Invertir en el desarrollo de los suelos adquiridos
Completar la compra de los que están en proceso
Destinar el resto de los fondos al desarrollo de otras actuaciones que se adscriban al plan de vivienda asequible
Incrementar la oferta mediante procesos de compra
Adecuar inmuebles de los que se transfieran desde Patrimonio
CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DE ACTIVOS SUSCEPTIBLES DE SER DESTINADOS A LAS POLÍTICAS DE VIVIENDA ASEQUIBLE
El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se toma razón de los criterios de determinación de activos susceptibles a ser destinados a las políticas de vivienda asequible y del resultado de aplicación de los mismos por SEPES en la evaluación de los inmuebles de SAREB y de encomendar al Ministerio de Hacienda, el de Vivienda y Agenda Urbana y el de Economía, Comercio y Empresa a realizar las actuaciones necesarias para hacer efectiva la transmisión lucrativa a SEPES de la propiedad de determinados inmuebles de SAREB.
Se han determinado los siguientes criterios que deben cumplir las viviendas y suelos para ser considerados aptos para la promoción de vivienda en alquiler asequible:
a. Viviendas:
Criterio geográfico: situadas en municipios de las áreas metropolitanas e islas, así como en municipios con población superior a 5.000 habitantes o superior a 1.000 con crecimiento poblacional de más del 5 % en los últimos diez años.
Además, se incorpora un criterio mínimo de concentración de diez viviendas en aquellos municipios que no pertenezcan a las áreas metropolitanas e islas, que contribuya a la eficiencia en la gestión de estas.
Criterio económico: se incluyen las viviendas con una superficie de hasta 85m2 útiles independientemente del valor de tasación y aquellas con una superficie de hasta 150m2 útiles cuyo valor de tasación no supere en un 40 % el valor que resultaría de multiplicar la extensión del inmueble por el precio medio por metro cuadrado para vivienda libre que arroje la Estadística de Valor Tasado de Vivienda publicada por el MIVAU para la provincia en que esté radicado dicho bien o para el municipio, en el caso de que exista esta Estadística y el valor sea mayor que para la provincia.
Condiciones técnicas: los edificios y viviendas no presentarán patologías estructurales y estarán acordes con la legislación urbanística y tendrán condiciones de habitabilidad adecuadas.
Estos criterios no serán tenidos en cuenta en el caso de las viviendas con un contrato de alquiler social en vigor, en cuyo caso respondiendo a la responsabilidad institucional y social ineludible del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, serán adscritas todas las viviendas.
b. Suelos:
Criterio geográfico: los suelos están ubicados en municipios de más de 5.000 habitantes.
Criterio económico: se incluyen los suelos viables, estableciéndose un alquiler para una vivienda tipo de 70m2 de acuerdo con las condiciones de asequibilidad establecido en la Ley 12/2023, de 24 mayo, por el Derecho a la Vivienda.
Condiciones técnico-urbanísticas: los suelos contarán con una superficie superior a 150 m²; tendrán calificación de uso global residencial plurifamiliar o colectiva; y tendrán que poder albergar promociones de 30 o más viviendas. Asimismo, los suelos deben estar inscritos en el Registro de la Propiedad y en la Dirección General del Catastro, en pleno dominio de SAREB, salvo que sean susceptibles de poder hacerlo tras un proceso de gestión urbanística o su participación en la titularidad del inmueble sea superior a un 80%.
Este perímetro se podrá ampliar por razones justificadas mediante acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
En virtud de la labor realizada, y tomando en consideración factores de viabilidad económica, jurídica y técnica, entre otros, SEPES ha identificado de forma preliminar como aptas o potencialmente aptas para el desarrollo de la política de vivienda más de 40.000 viviendas y cerca de 2.400 suelos con la capacidad de albergar 55.000 viviendas aproximadamente.
El procedimiento y ritmo de incorporación de los inmuebles se realizará de tal manera que permita la adecuada y óptima integración de éstos en el patrimonio de SEPES, atendiendo a la capacidad operativa y situación jurídica de ambas entidades.