Orden de modificación de la Orden de 6 de marzo de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven» (2.ª Convocatoria)

Artículo único. Modificación de la Orden de 6 de marzo de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se convocan ayudas correspondientes al «Bono Alquiler Joven» (2.ª Convocatoria).
Uno. El artículo 10 apartado 3 queda redactado de la siguiente manera:
“3. La solicitud de ayuda, se deberá presentar electrónicamente, mediante el formulario electrónico específico disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, procedimiento 3934, a través de Registro Electrónico Único accesible en la dirección electrónica https://sede.carm.es”.
Dos. El artículo 11 apartado 2 in fine queda redactado de la siguiente manera:
“En caso de que se manifieste expresamente la oposición/no autorización a que la Administración consulte los datos o recabe de oficio la documentación, se deberá aportar los datos y documentos relacionados en los apartados anteriores.”
Entrada en vigor.
La presente orden entrará vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».