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Concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro con fines sociales y sociosanitarios, 2025

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/869091) - BDNS (Identif.): 869091

Beneficiarios:

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro, en cuyos estatutos consten los fines sociales de las mismas, que realicen una labor social y que estén inscritas en el Registro municipal de asociaciones y colectivos del Ayuntamiento de Jumilla, https://jumilla.org/ayuntamiento/asociaciones_jumilla.asp.

Objeto:

El objeto de esta convocatoria es fomentar las actividades dirigidas a diversos sectores de población:

-Familia y menores.
-Personas mayores.
-Personas con discapacidad.
-Población inmigrante.
-Personas en riesgo de exclusión social.
-Mujer.

Podrán ser objeto de subvención, entre otras, las siguientes actividades referidas a la integración de cualquiera o de todos los colectivos anteriores:

-Promoción de la participación e integración social del colectivo al que se dirija.
-Promoción de la salud y mejora de la calidad de vida de determinados colectivos con problemas sociosanitarios.
-Fomento de la ayuda mutua entre los miembros de la asociación solicitante y con otras asociaciones.
-Actividades lúdicas y de fomento de la convivencia.
-Promoción del voluntariado.
-Acciones formativas, culturales, recreativas, artísticas, etc.
-Intervenciones en situaciones de crisis.
-Apoyo a la conciliación de la vida familiar.
-Formación en nuevas tecnologías.
-Prevención contra el maltrato infantil.

-Acompañamiento.

-Eliminación del sexismo.

Bases reguladoras:

Las Bases específicas para el otorgamiento subvenciones a asociaciones, colectivos y entidades privadas sin ánimo de lucro con fines sociales y sociosanitarios, aprobadas por acuerdo de Pleno de 24 de abril de 2017 (BORM número 160 de 13 de julio de 2017) y modificadas mediante sendos acuerdos de Pleno de 30 de marzo de 2020 (BORM número 192 de 20 de agosto de 2020) y de 27 de marzo de 2023 (BORM número 140 de 20 de junio de 2023).

Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes será de 5 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BORM, siendo el primer día para su presentación el siguiente al de la publicación.

Las bases completas de la convocatoria se encuentran publicadas en la página web y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de jumilla.
Ayuntamiento de Jumilla, Ciudad del Vino.
https://www.jumilla.org

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