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Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la concesión y uso de la tarjeta europea de estacionamiento para personas con discapacidad

Objeto:
Es objeto de la presente Ordenanza la concesión, utilización y régimen jurídico de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con
discapacidad con movilidad reducida 

Ámbito territorial:

Las tarjetas de estacionamiento concedidas por el Ayuntamiento de Ceutí tendrán validez en todo el territorio español conforme a lo establecido por el artículo 4 del Real Decreto 1056/2014, de 12 de Diciembre por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, sin perjuicio de su utilización en todos los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos que los respectivos órganos competentes tengan establecidos en materia de ordenación y circulación de vehículos.

Recíprocamente se reconoce el derecho al uso dentro del término municipal de Ceutí de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad de movilidad reducida emitidas por el resto de países de la Unión Europea siempre que se encuentren adaptadas al modelo comunitario aprobado por la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de fecha 4 de junio de 1998.

Procedimiento de concesión:

El expediente se iniciará a instancia del interesado o de su representante legal.

Validez y renovación de la tarjeta de estacionamiento:

La tarjeta de estacionamiento deberá renovarse cada 10 años en el ayuntamiento de residencia de la persona titular, o donde tenga su domicilio
social o, en su caso, delegación o sucursal.

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