Resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuye el
número 047 al servicio de línea de atención ciudadana en materia de vivienda

número 047 al servicio de línea de atención ciudadana en materia de vivienda

Fuente: BOE número 292 de 05/12/2025
Atribución de recursos públicos de numeración:
Se atribuye el número corto 047 del Plan nacional de numeración telefónica al servicio telefónico «Línea de atención ciudadana en materia de vivienda».
Descripción del servicio:
El servicio telefónico «Línea de atención ciudadana en materia de vivienda», proporcionado a través del número 047, es un servicio gratuito para el usuario llamante y accesible desde todo el Estado español, que proporciona información sobre programas y ayudas a la vivienda, rehabilitación, acceso y alquiler.
Precios de las llamadas:
Las llamadas telefónicas al número atribuido serán gratuitas para el usuario llamante.
Condiciones de utilización del número atribuido:
- El servicio prestado estará abierto a todos los ciudadanos sin necesidad de registro previo.
- Durante las llamadas estarán prohibidas las siguientes actividades: publicidad, entretenimiento, comercialización, venta y uso de la llamada para la venta futura de servicios comerciales.
- El servicio prestado tendrá carácter permanente, no pudiendo prestarse de forma temporal, por ejemplo, durante determinadas campañas.
- Si el servicio no estuviese disponible las veinticuatro horas de todos los días del año, se garantizará que, durante los períodos de indisponibilidad, se atiende a las llamadas con información sobre el día y la hora en que el servicio volverá a estar disponible.
- En la provisión del servicio se velará porque los usuarios con discapacidad auditiva o del habla dispongan de las facilidades que permitan su adecuada atención, teniendo en cuenta sus necesidades específicas, conforme al artículo 27.2 del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.