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Aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora de las tarifas sociales del transporte público colectivo interurbano y urbano de Molina de Segura

El Pleno del Ayuntamiento de Molina de Segura, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2021 adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente la Ordenanza reguladora de las Tarifas Sociales del Transporte Público Colectivo Interurbano y Urbano de Molina de Segura.

Es objeto de esta Ordenanza establecer las normas por las que han de regirse la solicitud y concesión de bonificaciones en las tarifas del transporte público colectivo interurbano de Molina de Segura a Murcia, en ambos sentidos, y del transporte urbano dentro del municipio de Molina de Segura, a las personas usuarias de dicho servicio que tengan la condición de pensionistas mayores de 60 años, personas con discapacidad, estudiantes, personas desempleadas y familia numerosa, que se encuentren empadronadas en el municipio de Molina de Segura.

Podrán ser personas beneficiarias de las tarifas sociales los siguientes colectivos que, además, reúnan los requisitos que para cada grupo de ellos se recogen en el articulado de la presente Ordenanza:

1. Tarifa A, destinada a pensionistas o jubilados mayores de 60 años.

Duración: 1 año. Como condición específica se requerirá que las personas beneficiarias de la Tarifa A no superen 2,3 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), al que se refiere el artículo 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, por todos los ingresos brutos mensuales.

2. Tarifa B, destinada a personas con al menos un 33 por 100 de grado de discapacidad.

Duración: 1 año.

3. Tarifa C, para personas desempleadas de larga duración, durante un año o más (de manera ininterrumpida), que no perciban ninguna prestación por desempleo o que perciban un subsidio por desempleo con renta inferior a una vez el IPREM.

Duración: 6 meses. Como condición específica se requerirá que las personas beneficiarias de la Tarifa C estén en situación de desempleo. Los desempleados menores de 29 años deberán estar inscritos en el sistema nacional de garantía juvenil.

4. Tarifa D, para estudiantes de la ESO, Bachiller, Formación Profesional o universitarios (hasta 25 años), que acudan a centros educativos de enseñanza reglada. El bono-bus se otorgará para cubrir el trayecto al centro de estudio o parada más cercana de dicho centro.

Duración: 1 año. Como condición específica se requerirá que el centro de estudio en el que esté matriculado se encuentre dentro de uno de los recorridos de las diferentes líneas urbanas e interurbanas de Molina de Segura.

5. Tarifa E, para miembros de familia numerosa o integrantes de las familias equiparadas a la misma, con condición reconocida.

Duración: 1 año. Las condiciones específicas requeridas para las personas beneficiarias de esta tarifa son las siguientes:

a) Tener reconocida la condición de familia numerosa, general o especial.

b) Que el solicitante tenga una edad igual o superior a 12 años. Estas tarifas no son acumulables entre sí.

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