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Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA NACIONAL DEL ORGULLO LGTBI

El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración institucional con motivo del 28 de junio, Día Nacional del Orgullo LGTBI, a propuesta del Ministerio Igualdad, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el siguiente texto:

"El Gobierno de España quiere poner en valor la diversidad en materia de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales, así como la diversidad familiar, en consonancia con los compromisos sociales en materia de igualdad que la sociedad española, en su conjunto, ha protagonizado en las últimas décadas. Asimismo, en cumplimiento del artículo 5.2 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, el Gobierno renueva su compromiso con el reconocimiento institucional y la participación en los actos conmemorativos de la lucha por la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, defendiendo sin fisuras los principios de libertad, de dignidad y de libre desarrollo de su personalidad.

Cuando se cumplen 50 años de democracia en España y 40 años de la firma del Acta de adhesión a las entonces Comunidades Europeas, el apoyo que el Gobierno desea expresar a todas las personas LGTBI+ a través de esta declaración responde no solo a un deber institucional, sino a la necesidad de reflejar la diversidad que nos define como sociedad. Precisamente la defensa de esta diversidad como eje de actuación del Gobierno, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, es lo que nos ha llevado, una vez más, a la vanguardia de las sociedades europeas comprometidas con los derechos de las personas LGTBI+.

El Orgullo LGTBI es el orgullo de nuestro país, un país que sigue luchando para que ninguna persona LGTBI+ tenga que volver a sufrir violencia, miedo o discriminación por razón de su orientación o identidad sexual, por su expresión de género o sus características sexuales. Así, el Gobierno se compromete a adoptar las medidas necesarias para seguir avanzando en la erradicación de la discriminación y la violencia que, hoy en día, siguen sufriendo las personas LGTBI+ en diferentes ámbitos de sus vidas.

La sociedad española es una sociedad comprometida con el respeto, la protección y el acompañamiento a las personas LGTBI+, reconociendo su derecho a ser quienes son. Los derechos de las personas LGTBI+ son derechos humanos y, como tal, deben ser defendidos.

Hoy es un día no solo para recordar el 28 de junio de 1969, sino también para poner en valor y conmemorar a todas las personas que conformaron el activismo LGTBI+ en España en los años más duros de nuestra historia reciente. No podemos olvidar que la Ley de Peligrosidad Social no fue derogada completamente hasta el 26 de diciembre de 1995 y que la Ley de Escándalo Público siguió utilizándose de manera sistemática para perseguir a la población LGTBI+ hasta su modificación en 1983 y derogación definitiva en 1989. A partir de ese momento, gracias a una defensa férrea y social de la igualdad como punto de partida, nuestro país se ha convertido en un referente internacional en la conquista de los derechos de las personas LGTBI+.

Este 2025 se cumplen 20 años de la aprobación de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, más conocida como la "Ley de Matrimonio Igualitario". Esta ley democratizó el deseo de todas las personas, con independencia de su orientación sexual, a unirse en matrimonio, y supuso un importantísimo apoyo institucional a la diversidad familiar. No solo supuso un avance legal, sino que también representó un avance social inmenso, cuyo impacto a nivel mundial fue extraordinario. La aprobación del matrimonio igualitario en España sirvió como referente internacional, impulsando el reconocimiento de derechos de las personas LGTBI+ en otros países. Y eso, en gran parte, fue gracias al Gobierno del presidente Zapatero y al empuje del movimiento asociativo para la aprobación de esta ley.

Hoy, el matrimonio igualitario es legal en 39 países y, desde entonces hasta finales de 2024, en España se celebraron 40.397 matrimonios entre parejas de hombres y 35.164 entre parejas de mujeres.

En este año de aniversarios, en el que precisamente se cumplen diez años de la muerte de Pedro Zerolo, queremos reivindicar la importancia de este luchador incansable por los derechos civiles, de esta figura que marcó un "antes y un después" en la visibilidad LGTBI+ en política. El Gobierno reitera un apoyo decidido a la defensa de los derechos y las libertades por las que trabajó incansablemente, frente a quienes quieren y promueven una involución en los derechos conquistados. Este año, especialmente, debemos defender los derechos y las libertades ante el auge de los discursos de odio.

En las décadas sucesivas a la aprobación del matrimonio igualitario, con el empuje del activismo LGTBI+ y de una sociedad decidida, se han seguido conquistando derechos fundamentales para las personas LGTBI+, que han sido materializados en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, y llenan de orgullo a este Gobierno. Dicha ley constituye la hoja de ruta para que todas las administraciones y actores sociales trabajen en el fortalecimiento de la diversidad sexual, de género y familiar y para la eliminación de todas las formas de violencia que aún hoy siguen sufriendo las personas LGTBI+.

El Gobierno de España está comprometido con el desarrollo de instrumentos normativos y políticas públicas en favor de los derechos de las personas LGTBI+, como el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, que establece la obligación de las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras de contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, incluyendo un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI+, que serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras; así como en poner a disposición de la ciudadanía instrumentos que ayuden a luchar contra la discriminación y el odio que puedan sufrir por motivos de orientación e identidad sexual, tales como el Servicio LGTBI 028 de información y atención integral en materia de derechos LGTBI y delitos de odio por LGTBIfobia, gratuito y accesible 24 horas los 365 días del año.

Por último, cabe recordar que la garantía de no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, que posibilita que las personas encuentren en nuestra sociedad aquella protección de la que, en muchos casos, carecen en sus países de origen, es también una de las prioridades de la política exterior española en materia de derechos humanos y de la política de cooperación internacional para el desarrollo sostenible. Este año y el próximo, España copreside, junto a Colombia, la Coalición por la Igualdad de Derechos para la defensa y promoción de los derechos de las personas LGBTI, y el impulso de la despenalización de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo en todo el mundo. Porque no es posible cejar en este empeño hasta que todas las personas LGTBI+ de cualquier país del mundo puedan gozar de plenos niveles de libertad y de igualdad.

Frente a las amenazas de retrocesos y discursos reaccionarios que quieren despertar fantasmas del pasado, el Orgullo LGTBI debe seguir siendo, hoy más que nunca, una herramienta política contra la injusticia y la intolerancia y contra quienes pretenden silenciar, perseguir o recortar los derechos de las personas LGTBI+.

Este 28 de junio, pues, el Gobierno de España se reafirma en la celebración del Orgullo LGTBI, en la celebración de la libertad y la diversidad que engrandece nuestra sociedad haciéndola más solidaria, más inclusiva, más respetuosa y, por lo tanto, más democrática".
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Hacienda

FONDO DE CONTINGENCIA PARA ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL PROCEDENTES DE LA ASIGNACIÓN DEL IRPF Y DE SOCIEDADES

El Consejo de Ministros ha aprobado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 413.046.578,8 euros para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

La asignación de Fondo de Contingencia que se contempla en este acuerdo por el citado importe tiene como finalidad la financiación de las siguientes modificaciones de crédito:

Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por un importe de 24.741.487,21 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF del ejercicio 2023 correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Así mismo se establece que la cuantía asignada para estas actividades será distribuida entre varios Ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación el 19,43%.

Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del IRPF devengado en el periodo impositivo 2023 se cifra en 513.110.948,06 euros, ascendiendo el 19,43% de tal cantidad a 99.697.457,21 euros.

La dotación inicial recogida en la aplicación presupuestaria 'A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para actividades de interés general consideradas de interés social reguladas por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio' en el presupuesto prorrogado para 2025 es de 74.955.970 euros. En consecuencia, es necesario un crédito adicional por importe de 24.741.487,21 euros.

  • Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre Sociedades por un importe de 10.176.504,55 euros.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Asimismo, se establece que la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuirá entre varios ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación un porcentaje del 19,43%.

Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a los fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en 2023 asciende a un total de 58.507.169,32 euros. Aplicando el porcentaje de 19,43% a esta cuantía resulta un importe de 16.777.524,55 euros.

La dotación recogida, en presupuesto prorrogado de 2023 para 2025, en la aplicación presupuestaria 'A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para actividades de interés general consideradas de interés social procedentes del Impuesto sobre Sociedades' es de 6.601.020 euros, siendo necesario un crédito adicional de 10.176.504,55 euros.

  • Ampliación de crédito en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, por un importe de 378.128.587,04 euros.

La ampliación solicitada tiene por objeto la financiación de actividades de interés general consideradas de interés social de conformidad con lo regulado por el artículo 2 del Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, en relación con la asignación tributaria del IRPF, así como en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados para 2025, relativa a la asignación tributaria del 0,7%o de la cuota íntegra del IRPF y del Impuesto de Sociedades, correspondientes al periodo impositivo de 2023.

Las certificaciones emitidas con fecha 22 de abril de 2025, por el director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, recogen el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales en el periodo impositivo de 2023, de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como de las Declaraciones del Impuesto de Sociedades, cuyas cuantías ascienden a 513.110.948,06 y 86.348.556,62 euros, respectivamente. En consecuencia, la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social asciende a un importe global de 599.459.504,68 euros.

El porcentaje que sobre el importe total se asigna al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de conformidad con lo recogido en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, es del 77,72% que se corresponde con 465.899.927,04 euros. A esta cuantía hay que añadir los ingresos por herencias abintestato a favor del Estado por un importe de 3.782.855,77 euros, que se recogen en la aplicación 29.05.231F.484, dando como resultado unos fondos globales aplicables al citado Departamento por importe de 469.682.782,81 euros.

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de fecha 23 de mayo de 2025, estos fondos se distribuyen para su gestión entre el tramo autonómico (80%) y el tramo estatal (20%), estableciendo los fondos destinados a las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en un importe de 375.746.226,25 euros (aplicación 29.05.231F.454) y para actividades de competencia estatal en 93.936.556,56 euros (aplicación 29.05.231F.484).

El crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.454 asciende a 85.661.070 euros, que pone de manifiesto una insuficiencia de 290.085.156,25 euros. Por lo que se refiere al crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.484, su importe es de 2.110.270 euros al que se suman los 3.782.855,77 euros de la generación por herencias abintestato anteriormente citada, resultando unas necesidades de 88.043.430,79 euros.

Por tanto, en aplicación de la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la aprobación del Consejo de Ministros de la aplicación del Fondo de Contingencia.

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