Decreto número 8/2025, de 27 de febrero, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Educadores Sociales de la Región de Murcia como Colegio Oficial de la Educación Social de la Región de Murcia
Contenido
El artículo 11.10 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye a la Administración Regional competencias de desarrollo legislativo y la ejecución en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas en el marco de la legislación básica del Estado.
La Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia, promulgada al amparo del citado título competencial, establece como objeto de la misma la regulación de los colegios profesionales cuyo ámbito territorial se extiende a todo o a parte del territorio de la Región de Murcia, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación del Estado en esta materia.
El artículo 5.1 de esta ley determina que toda denominación colegial deberá responder a la titulación oficial o académica poseída por sus miembros, o la profesión de éstos. Esta denominación no podrá ser coincidente o similar a las de otros colegios preexistentes en el territorio, ni inducir a error en cuanto a los profesionales que lo componen. Por su parte, el apartado 2 de este precepto añade que cuando de conformidad con sus Estatutos, un colegio acuerde el cambio de denominación, será necesaria para su efectividad la aprobación por Decreto del Consejo de Gobierno, previo informe del Consejo de Colegios correspondiente, si lo hubiera, y de los colegios afectados por el nuevo nombre.
En relación con el procedimiento de cambio de denominación de un Colegio Profesional, el artículo 4 del Decreto 83/2001, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia, y se regula el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de la Región de Murcia, indica que, en tal supuesto, la Secretaria General de Presidencia remitirá la correspondiente solicitud a la Consejería cuyas competencias guarden relación más directa con el Colegio Profesional de que se trate, la cual conforme al apartado 2 de dicho precepto, tras las oportunas comprobaciones podrá iniciar la elaboración de proyecto de decreto para el cambio de denominación solicitada.
El actualmente denominado Colegio Oficial de Educadores Sociales acordó en Asamblea celebrada el 2 de febrero de 2022, el cambio de denominación del mismo por el de Colegio Oficial de la Educación Social de la Región de Murcia, a fin de hacerlo congruente con la visibilidad del principio constitucional de igualdad. Con el cambio de denominación propuesto se hace referencia en el nombre del colegio a la profesión (Educación Social) y no, como hasta ahora a la denominación de la generalidad del colectivo de profesionales (Educadores Sociales), por lo que se modifica de este modo el sustantivo que podría parecer hacer referencia al género masculino y no a la totalidad del colectivo ejerciente de dicha profesión.
El cambio de denominación ha sido informado favorablemente con el Consejo de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales del Estado Español en reunión de su Junta de Gobierno, de fecha 7 de febrero de 2025.
Esta modificación se encuentra en la línea del “Informe de la Real Academia española sobre el Lenguaje inclusivo y cuestiones conexas” de enero de 2020, que en el apartado “Sobre sexismo lingüístico, femeninos de profesión y masculino genérico”, recomienda sustituir el masculino genérico por un sustantivo colectivo o abstracto relacionado que presente una equivalencia de contenido.
En sentido similar la reciente Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres modifica la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, para incluir el impulso de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio de las profesiones colegiadas.
La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad es el departamento de la Administración Regional cuyas competencias guardan relación más directa con las de dicho Colegio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de febrero de 2025,
Dispongo
Artículo único. Aprobación del cambio de denominación del Colegio Oficial de Educadores Sociales de la Región de Murcia.
Aprobar el cambio de denominación del Colegio Oficial de Educadores Sociales de la Región de Murcia que pasa a denominarse Colegio Oficial de la Educación Social de la Región de Murcia.
Disposición final única. Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Dado en Murcia, 27 de febrero de 2025. El Presidente, por sustitución, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, María Concepción Ruiz Caballero.