Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones destinadas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024

BORM número 239 de 14 de octubre de 2024

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Instituto Murciano de Acción Social

Vigencia: desde el 15 de octubre de 2024

Contenido

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/790242)

 

Artículo 1.- Objeto y finalidad de la subvención.

La presente Resolución tiene por objeto convocar una subvención destinada a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), de conformidad con lo establecido en la Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) que residan en la Región de Murcia (BORM n.º 230, de 2 de octubre de 2024).

La finalidad de esta convocatoria es reforzar la cobertura del Sistema para la autonomía y atención a la dependencia, dotando de un apoyo económico a las personas diagnosticadas de ELA, para ayudarlas a afrontar los numerosos gastos que tienen que asumir desde el momento del diagnóstico para frenar el proceso degenerativo de la enfermedad.

Artículo 2.- Crédito presupuestario y cuantía máxima de la subvención.

Esta subvención se financiará con cargo a las partidas presupuestarias 51.02.00.313F.481.99, proyecto de gasto 51671 y 51.02.00.313F.781.99, proyecto de gasto 51670, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2024.

La cuantía total máxima de la subvención asciende a 300.000 €, de los cuales 225.000 € se destinarán para gastos corrientes (servicios asistenciales o transporte o alquiler) y 75.000 € para gastos de capital (adquisición de productos ortoprotésicos).

Se establece un importe máximo por persona de 10.000€.

En el supuesto de que el crédito consignado no fuera suficiente para atender a todas las solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación, se procederá al prorrateo del crédito disponible entre las solicitudes presentadas, merecedoras de la concesión.

Artículo 3.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en el Registro electrónico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM, https://sede.carm.es, procedimiento 4463.

También será válida la utilización de cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 1 de octubre.

Artículo 4.- Órgano competente para la instrucción.

La Directora General de Personas con Discapacidad del Instituto Murciano de Acción Social es la competente para la instrucción del procedimiento.

Murcia, 10 de octubre de 2024. La Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, Verónica López García.