Ayudas y Subvenciones | Legislación |

Real Decreto 195/2023, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 673/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la prestación de una ayuda económica directa a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes

Modificación del Real Decreto 673/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la prestación de una ayuda económica directa a las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes:

Se modifica el apartado 2 del artículo 12:

«2. Para que el órgano concedente proceda a realizar el segundo pago de la cuantía concedida, como prevé el artículo 9.1, párrafo tercero, la entidad beneficiaria deberá presentar la documentación justificativa de la ejecución del 80 % de los fondos percibidos en el primer pago en actuaciones financiables. Dicha documentación justificativa de la ejecución del primer pago deberá presentarse en todo caso con anterioridad al 30 de junio de 2023.»

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