Extracto de la Orden de 26 septiembre de 2025 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2025, el transporte público de viajeros a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tengan reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia
BORM número 238 de 2 de octubre de 2025
Consejería de Fomento e Infraestructuras
Vigencia: desde el 3 de octubre de 2025
Referencias
Afectada por:
Establece las bases reguladoras.
Contenido
BDNS (Identif.): 859260
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/859260)
Número guía de procedimientos y servicios Comunidad Autónoma Región de Murcia: 3201.
BDNS (Identif.): 859260
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos, que se acreditarán con los documentos a que se refiere el artículo 5 de esta Orden:
1.- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
2.- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
3.- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción /integración laboral, formación, rehabilitación física y autonomía personal, como objetivos.
4.- Tener inscritos en la Asociación usuarios que reúnan estos dos requisitos:
A).- Mayores de 16 años con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
B).- Estar en prácticas laborales o programas de inserción/integración laboral, formación, programas de rehabilitación física o de autonomía personal.
Segundo. Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar el transporte público de viajeros regular, de uso general, transporte en vehículos de turismo (taxis) y en vehículos arrendados con conductor, a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida, pertenecientes a asociaciones de personas con discapacidad dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación, rehabilitación física y autonomía personal.
El periodo subvencionable abarca desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre 2025.
Tercero: Bases reguladoras:
La Orden de 5 de junio de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tenga reconocido el grado de movilidad reducida, en el ámbito de la Región de Murcia (BORM núm. 133, de 12 de junio de 2025).
Cuarto. Cuantía:
1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 15.000,00€ a financiar con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99, proyecto 44762, subproyecto 044762250007, conforme a las siguientes especificaciones:
2025: 7.500,00 €
2026: 7.500,00 €
Total: 15.000,00 €
2- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado.
3.- El órgano competente repartirá proporcionalmente el importe máximo del crédito disponible entre las asociaciones solicitantes que cumplan los requisitos del artículo 4, en función del número de puntos obtenidos por cada una de ellas.
4.- La subvención será por un importe máximo de 3.000 € por Asociación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes:
La valoración de las solicitudes presentadas, que realizará el órgano instructor, se hará según una escala de puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:
.- Número de usuarios mayores de 16 años con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tenga reconocido el grado de movilidad reducida y realicen trayectos relacionados con programas de inserción /integración laboral, formación, rehabilitación física y autonomía personal (un punto por cada usuario con un máximo de 15 puntos).
Séptimo. Plazo y forma de justificación y forma de pago:
1.- El pago de la subvención se realizará del siguiente modo:
a) Con carácter anticipado se abonará el 50% de la subvención concedida, a cuenta de la liquidación final. Dicha liquidación se realizará dentro del primer trimestre del año 2026.
b) Dentro del primer trimestre del año 2026, se abonará, previa justificación de toda la subvención por la Asociación, el importe que reste hasta completar la cuantía total justificada.
2.- Las asociaciones beneficiarias deberán presentar ante la Dirección General competente en materia de transportes antes del 1 de abril del ejercicio 2026, la siguiente documentación:
Certificados emitidos por las empresas de transporte público de viajeros, por los titulares de las licencias de taxis o los titulares de autorizaciones de arrendamiento de vehículo con conductor correspondientes, en el que consten los billetes, recibos o facturas emitidos, el importe abonado y el trayecto realizado durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre del 2025.
Murcia, 26 de septiembre de 2025. El Consejero de Fomento e Infraestructuras, Jorge García Montoro.