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Acuerdos del Consejo de Ministros de 3/12/2025. La Moncloa. Declaración institucional por el Día Internacional y Europeo de las Personas con Discapaacidad.

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL POR EL DÍA INTERNACIONAL Y EUROPEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional por el Día Internacional y Europeo de las Personas con Discapacidad: desplegar los mandatos del artículo 49 de la Constitución Española en las leyes ordinarias de España con motivo de la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, instituido en 1992 por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 47/3. Se reitera así el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad tal y como establece el renovado artículo 49 de la Constitución Española, con el siguiente texto:

"El Gobierno de España, en respeto a los postulados que emanan de la Constitución, ha sido diligente para que el artículo 49 se positivice y acomode a las leyes que más impacto tienen en la vida de personas con discapacidad y sus familias. En este sentido, ha emprendido una reforma profunda de dos leyes esenciales para la plena inclusión y autonomía de las personas con discapacidad: la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y la conocida como Ley de Dependencia.

En definitiva, este proyecto de ley materializa los cuatro pilares en los que se sustenta la reforma constitucional de 2024: inclusión, autonomía y accesibilidad universal, prestando especial atención a las situaciones de mayor vulnerabilidad que enfrentan las mujeres y la infancia con discapacidad, eliminando las barreras institucionales, culturales y estructurales que perpetúan la discriminación múltiple e interseccional.

En el ámbito de la inclusión, el proyecto de ley ofrece una nueva definición para que este término se interprete y aplique conforme a los estándares de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incorporando nuevas definiciones como desinstitucionalización o capacitismo, claves para comprender y respetar la vida en la comunidad de la población con discapacidad. Asimismo, destacan medidas para asegurar el derecho a la inclusión laboral, el derecho a la habilitación y a la rehabilitación, el derecho a una educación inclusiva, así como el derecho a constituir una familia propia. También son de especial relevancia los avances que se promueven para que la ciencia, la tecnología y el uso de la inteligencia artificial se desarrollen al servicio de la inclusión y de la prevención de las soledades no deseadas.

Además, en aras de la plena inclusión, establece la obligación de que los poderes públicos promuevan una imagen positiva de las personas con discapacidad. En este sentido, cabe destacar que, por primera vez en democracia, se desarrolla contenido específico referido al respeto, apoyo y cuidado de las personas con problemas de salud mental desde una perspectiva integral y comunitaria. En este sentido, se va a reformar el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula el internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico, con lo que se pretende reforzar los derechos de las personas con discapacidad en coherencia con lo que dispone la reforma de la Ley de Dependencia, cuya terminología se recoge en defensa del concepto de apoyo comunitario a fin de solventar las situaciones críticas en que puedan encontrarse las personas con problemas de salud mental y que comprometan su integridad, en línea con las recomendaciones a España del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas en la revisión de España a los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Para materializar plenamente el derecho de las personas con discapacidad a una vida autónoma, el proyecto de ley busca garantizar los apoyos necesarios para que puedan realizar un ejercicio pleno de ciudadanía en todas las dimensiones de su vida cotidiana.

Esto implica actualizar los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como impulsar nuevos servicios para cuidados y apoyos en la vivienda, o fortalecer, entre otros, la asistencia personal que se configura como servicio del catálogo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Asimismo, se eliminan incompatibilidades entre servicios y prestaciones de manera que habrá una mayor flexibilidad y capacidad de adaptación de los apoyos a las necesidades de la vida cotidiana de las personas. Se posibilita así, por ejemplo, tener un empleo y un servicio de apoyo, evitando penalizaciones y, por el contrario, incentivando el empleo como parte de una vida independiente. Todo ello, supone, por tanto, un salto cualitativo para las personas con discapacidad, que podrán acceder a apoyos más diversos, personalizados y con enfoque comunitario y con perspectiva de género.

La accesibilidad universal constituye otro de los pilares de la reforma de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Así, la accesibilidad universal se reconoce como un derecho que a la vez es una obligación de todos los poderes públicos, pudiendo las personas acudir a la justicia a buscar reparación en caso de incumplimiento. Se crea también un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal para financiar las adaptaciones necesarias en servicios y espacios públicos, como hospitales, para que nadie quede fuera. También, y con el fin de blindar el derecho a la vivienda a las personas con discapacidad, se crean nuevas obligaciones legales con el objeto de regular la puesta en marcha de ascensores, rampas o dispositivos accesibles en las comunidades de propietarios y que así nadie tenga que abandonar sus casas por no poder salir a la calle. Estos deberes de accesibilidad llegarán también a todas las Administraciones públicas y a los lugares de Patrimonio Histórico, para que la cultura y la historia de España esté al alcance de toda la ciudadanía, sin barreras.

El Proyecto de Ley abre las fórmulas para consolidar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, fortaleciendo la figura del facilitador procesal regulado en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de la capacidad jurídica y alinearlo a leyes aprobadas por el Gobierno de España como la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa.

Por último, en coherencia con el mandato del artículo 49 de la Constitución de atender particularmente las necesidades específicas de las mujeres y la infancia con discapacidad, el proyecto de ley dedica un artículo específico a actuaciones para romper las brechas machistas y capacitistas que cercenan su derecho a la igualdad, poniendo especial atención en la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia, con especial atención a las violencias machistas. Además, se determina que las Administraciones públicas velarán por un desarrollo saludable de niñas y niños con discapacidad reconociendo la atención temprana como un derecho subjetivo.

A esta acción normativa se suma la Ley 2/2025, de 29 de abril, que ha eliminado el despido automático de las personas con discapacidad, garantizando su derecho al trabajo y excluyendo de nuestro ordenamiento laboral esta discriminación histórica.

Por último, cabe señalar que el proyecto de ley asume los compromisos de la Estrategia Europea sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2021/2030, presentada por la Comisión Europea para garantizar su plena participación en la sociedad, en igualdad de condiciones. España sigue marcando un liderazgo con los Derechos de las Personas con Discapacidad en seno de la Unión Europea que quedó patente en la última Presidencia española del Consejo de la Unión Europea a través de diversas iniciativas españolas, impulsando con determinación normativa europea para garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

En definitiva, la reforma del artículo 49 de la Constitución, mayoritariamente respaldada por las fuerzas políticas, es un éxito de país y nos señaló con claridad el camino a seguir. Un camino en el que las organizaciones de la discapacidad, representadas por el CERMI, Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, desempeñan un papel fundamental.

Por ello resulta necesario positivizar en estas dos leyes ordinarias su contenido y volver a los consensos parlamentarios de la reforma constitucional de 2024, a fin de que estos postulados sean transformadores y aplicables a una vida digna en la que las personas con discapacidad y sus familias disfruten de todos los derechos humanos".

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