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Acuerdos del Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2025. La Moncloa. Declaración institucional con motivo del día internacional contra la explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS


Con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños, el próximo 23 de septiembre, establecido por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra la Trata de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, el Gobierno de España reafirma su firme compromiso con la igualdad plena y efectiva entre mujeres y hombres. Este compromiso implica, de manera ineludible, la eliminación de toda forma extrema de violencia machista contra las mujeres, niñas y niños y, especialmente, de la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.


A tal fin, el Consejo de Ministros aprueba la siguiente declaración:


"La explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual representan la esclavitud moderna que utiliza a las personas más vulnerables como simple mercancía, violando de forma flagrante los derechos humanos. La normativa internacional obliga a los poderes públicos a combatirlas desde un enfoque integral y multidisciplinar mediante actuaciones preventivas, sancionadoras, asistenciales y reparadoras que garanticen la atención, asistencia, protección y recuperación de sus víctimas, desde una perspectiva de derechos humanos que involucre a toda la sociedad en su conjunto, y, especialmente, a las organizaciones especializadas en la materia.

La dimensión mundial y trasnacional de la explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual, así como el incremento de la detección y el aumento del número de víctimas de trata, quedan reflejados en el Informe Global de Trata de Personas 2024, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Este informe confirma que la explotación sexual continúa siendo uno de los principales fines de la trata (suponiendo el 36% de los casos identificados) y asimismo refleja que el 61% de las más de 202.478 víctimas detectadas a nivel global son mujeres y niñas, que, a su vez, constituyen el 92% de las víctimas de explotación sexual. En España, según el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, en 2024, el 97,26% de las víctimas de trata con fines de explotación sexual son mujeres y niñas. Estos abrumadores datos evidencian la incuestionable dimensión de género de la trata con fines de explotación sexual. A ello se une frecuentemente la discriminación interseccional que sitúa a las mujeres y niñas migrantes víctimas de trata en situación de especial vulnerabilidad. Asimismo, ponen de relieve la necesidad de reforzar los mecanismos de detección precoz y protección integral, especialmente en contextos donde concurren múltiples discriminaciones, como el racismo, la migración forzada o la discapacidad.

Los compromisos internacionales asumidos por España, en particular, mediante la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (Convención de Palermo), completada por Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo), la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos (Convenio de Varsovia), el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote), el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), y la reciente modificación de la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas mediante la Directiva (UE) 2024/1712, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, constituyen el marco para el desarrollo de políticas públicas con las que avanzar en la eliminación de la trata de personas, combatir las redes que las captan y explotan y asegurar la asistencia y recuperación de las víctimas de esta violencia, especialmente de la que suponen la explotación sexual y la trata de mujeres, todo ello desde una perspectiva de derechos humanos y de género, y situando a las víctimas y sus necesidades en el centro.

Además, situaciones de extrema gravedad que pueden surgir a nivel nacional o internacional, los conflictos armados y políticos (como los de Palestina y Ucrania) en los que el cuerpo de las mujeres se convierte también en el campo de batalla por la dominación y se producen flagrantes vulneraciones de derechos humanos hacia la infancia y hacia las mujeres (como el apartheid de género en Afganistán), las crisis económicas o las catástrofes climáticas, que producen intensos flujos migratorios, ponen de manifiesto la necesidad de contar con instrumentos que doten a los Estados de las herramientas necesarias para posibilitar una acción rápida, eficaz y coordinada en beneficio de aquellas personas, especialmente mujeres, niñas y niños, que ya se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad y que podrían llegar a ser víctimas de la trata de seres humanos y de la explotación sexual.

En este marco, en los últimos años se ha producido un avance y consolidación de derechos feministas, en particular, de las víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, mediante la aprobación de una serie de normas que sitúan a España como referente internacional, gracias a la mejora de la coordinación y la colaboración interinstitucionales y la participación de las organizaciones de la sociedad civil. Entre ellas, cabe destacar la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, que declara como servicios esenciales los servicios de información, asesoramiento y acogida; la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que garantiza los derechos fundamentales de las niñas y los niños víctimas de cualquier violencia, como la trata de seres humanos, y configura una atención reforzada en los centros de protección para la prevención, detección precoz e intervención en casos de explotación sexual y trata de seres humanos; el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que introduce la acreditación administrativa de la condición de víctima de trata de seres humanos o explotación sexual; la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que recoge como violencia sexual la trata con fines de explotación sexual y establece los servicios de asistencia integral a víctimas de trata y explotación sexual como recursos específicos para dar respuesta a este perfil de víctima con necesidades específicas; la Ley Orgánica 13/2022, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para agravar las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos desplazados por un conflicto armado o una catástrofe humanitaria; Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, que prevé incentivos a la contratación de las personas víctimas de violencia sexual, tanto con fines de explotación sexual como laboral; la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, en la que están contempladas como colectivo vulnerable de atención prioritaria para la política de empleo las personas víctimas de trata y de explotación; o el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, en el que se reconoce el acceso al subsidio por desempleo para las personas víctimas de violencia de género o sexual.

Además, se ha afianzado el acceso a la justicia de las víctimas de trata de seres humanos, en particular, de quienes lo son con fines de explotación sexual, a través de la especialización de los órganos judiciales. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, crea una nueva organización judicial en la que corresponde a las Secciones de Violencia sobre la Mujer de los Tribunales de Instancia instruir los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos de trata con fines de explotación sexual cuando la persona ofendida por el delito sea mujer; y en la que se atribuye a las Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia instruir los procesos para exigir responsabilidad penal por el delito de trata de seres humanos cuando al menos una de las víctimas sea niño, niña o adolescente.

Esta ley orgánica también refuerza la presencia telemática en el proceso penal de las víctimas de trata, que podrán intervenir en este desde los lugares donde se encuentren recibiendo oficialmente asistencia, atención, asesoramiento o protección.

Asimismo, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Igualdad, aprobó el Real Decreto 664/2024, de 9 de julio, que regula las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales recogidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Este real decreto reconoce y regula el derecho de estas víctimas a percibir una ayuda económica cuando quede acreditada la condición de víctima de violencia sexual e insuficiencia de medios económicos, con el objetivo de garantizar su autonomía económica y facilitar así la recuperación integral de las víctimas más vulnerables.

Además, el pasado 26 de febrero de 2025 el Congreso de los Diputados aprobó la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que incluye un buen número de medidas dirigidas a prevenir y erradicar la trata con fines de explotación sexual como una de las manifestaciones más atroces de la violencia sobre las mujeres.

Por su parte, la convocatoria de subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, ha incrementado su cuantía a un total de 20 millones de euros en 2025. En esta línea de apoyo a estas mujeres, el Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha puesto en marcha un Programa de formación e inserción con compromiso de contratación para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual, que establece un itinerario personal e integrado de orientación y asesoramiento, así como acciones de formación ajustadas al perfil de empleabilidad de las mujeres participantes víctimas de violencia de género o que hayan sufrido trata u otras formas de explotación sexual y que se encuentren inscritas como demandantes en los Servicios Públicos de Empleo.

Por otra parte, es importante tomar en consideración los impactos de la tecnología digital en la trata de personas. La constante evolución y desarrollo de las nuevas tecnologías ha proporcionado medios innovadores para prevenir y abordar el fenómeno de la trata, pero también ha creado nuevos escenarios y métodos sofisticados de captación y control de víctimas vulnerables, además de poder dificultar la detención de los delincuentes. Un ejemplo es el uso de Internet como plataforma para la captación y venta de personas con fines de explotación sexual o para la distribución de material pornográfico, que ha experimentado en los últimos años un aumento correlativo incremento del uso de las redes sociales, afectando especialmente a menores de edad.

El Gobierno reconoce la importancia de incorporar la perspectiva de género en el ámbito digital y alerta sobre las nuevas amenazas derivadas del repliegue identitario en un mundo global, que facilitan discursos de odio, violencia machista en línea y nuevas formas de explotación sexual. En este sentido, el Estudio presentado en 2024 "Trata y explotación de seres humanos en línea. Una nueva realidad para un viejo problema" del CITCO destaca la necesidad de una mayor coordinación mundial entre las partes interesadas en la lucha contra la trata y los expertos en tecnología, de forma que se generen marcos legales para abordar la trata de personas facilitada por las nuevas tecnologías y el entorno digital y que trasciende las fronteras.

Dentro del marco internacional antes citado, el objetivo del Gobierno es garantizar el establecimiento, la mejora y la adaptación de los recursos y servicios públicos a las circunstancias de máxima vulnerabilidad de las víctimas de trata y explotación sexual, desde una perspectiva interseccional, sobre todo, de quienes son migrantes y menores de edad, para atender sus necesidades específicas desde la garantía de los derechos de las víctimas, especialmente el derecho a la reparación integral del daño sufrido. En este contexto, conviene precisar que se vienen financiando proyectos destinados a la prevención y a la sensibilización en materia de trata de seres humanos y explotación sexual, y se destinan plazas de acogida especializadas, tanto en el sistema de acogida de protección internacional como en el programa de atención humanitaria, para posibles víctimas de trata de seres humanos extranjeras.

En esta línea, nuestro país continúa avanzando con firmeza, desde el liderazgo de las políticas feministas, en pro de la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres para la consecución de una sociedad igualitaria, mediante el impulso de normas como el Anteproyecto de Ley Orgánica integral contra la trata y la explotación de seres humanos, que aborda todas las formas de trata y explotación de seres humanos −incluida la trata con fines de explotación sexual y la explotación sexual−, y trasciende la respuesta penal por parte de los poderes públicos para abordar también los ámbitos de la prevención y sensibilización, así como la adecuada identificación y asistencia a las víctimas.

Asimismo, favorece la puesta en marcha de políticas públicas que, en cumplimiento de los compromisos internacionales, procuren la erradicación de la explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños, y sitúen la protección de los derechos de las víctimas en el centro de la acción.

Por último, en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la acción humanitaria, España ha extendido las Recomendaciones del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD) en esta materia a las acciones de la Cooperación Española como una de las prioridades del enfoque feminista que proclama la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, y, más recientemente, al Plan Director de la Cooperación Española 2024-2027, aprobado en julio de 2024, que establece explícitamente como objetivo el fortalecimiento de acciones de lucha contra la trata de mujeres, niñas y adolescentes, especialmente aquellas con fines de explotación sexual, en contextos de emergencia y conflicto.

Mediante esta Declaración Institucional, el Gobierno de España expresa su sólido compromiso con la igualdad de género, los derechos de todas las mujeres, niñas y niños y la erradicación de la explotación sexual y la trata de seres humanos, y con el desarrollo de medidas integrales que, mediante la colaboración y cooperación entre todas las administraciones, instituciones y organizaciones especializadas, promuevan la prevención, la atención y recuperación de las víctimas de trata con fines de explotación sexual desde un enfoque de derechos humanos porque solo desde la acción conjunta podremos erradicar definitivamente esta forma de esclavitud que aún persiste en nuestro tiempo.

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