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Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se establece el porcentaje mínimo de reserva del derecho a participar en procedimientos de adjudicación de determinados contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social y a empresas de inserción, y se fijan las condiciones mínimas para garantizar su cumplimiento

Objeto

Establecer el porcentaje mínimo de reserva del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos, o lotes de los mismos, a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y de las Empresas de Inserción, de conformidad con lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, y fijar las condiciones mínimas para garantizar su cumplimiento.

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