Inscripción en el Registro General de Voluntariado de la Región de Murcia
La Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado de la Región de Murcia establece que "tendrán la consideración de entidades de voluntariado, las entidades, públicas o privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, que con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, estén debidamente registradas y legalmente constituidas conforme a la normativa que le sea aplicable, siempre que desarrollen de forma permanente, estable y organizada, programas o proyectos concretos de voluntariado en el marco de las áreas de interés general señaladas en esta ley, y desarrollen su actividad fundamentalmente a través de voluntarios o estén integradas mayoritariamente por estos".
La inscripción de una entidad en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia garantiza que ésta cumple con los requisitos establecidos en la Ley 5/2004, de 22 de octubre y en el Decreto nº 107/2009, de 8 de mayo, por el que se regula la inscripción, cancelación y acceso al Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia.
Para que una entidad pueda acceder a ayudas y subvenciones públicas o celebrar convenios con las administraciones públicas, en materia de voluntariado, es condición indispensable que la misma esté inscrita en dicho Registro.
La solicitud de inscripción en este Registro se debe hacer a través de la Guía de Procedimientos y Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del código de procedimiento 1591, o de forma directa pinchando en el siguiente enlace: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1591&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Antes de iniciar la tramitación electrónica de la solicitud de inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia, debe tenerse en cuenta que:
- La solicitud de inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia, ha de realizarse por parte de la persona representante legal de la entidad de voluntariado.
- El representante legal de la entidad debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve, para realizar el trámite de inscripción.
Una vez que acceda al procedimiento 1591 para la solicitud de inscripción a través de la Guía de Procedimientos y Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, pueden serle de utilidad las siguientes instrucciones:
- Compruebe si su entidad reúne los requisitos para ser inscrita en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia, pinchando en la pestaña de “Requisitos” y en la pestaña “Resolución, requisitos y Normativa”, donde puede consultar la legislación vigente en materia de voluntariado en la Región de Murcia.
- Compruebe qué documentos se deben preparar para adjuntar (y si estos son obligatorios y en qué caso no lo son) a la solicitud de inscripción en el citado Registro, pinchando en la pestaña “Documentación”.
- Inicie la tramitación de solicitud electrónica de inscripción en el mencionado Registro, pinchando en la pestaña “Presentación de solicitudes” y posteriormente en la pestaña “Solicitud de inscripción/modificación y cancelación en el Registro General de Entidades e Voluntariado de la Región de Murcia”.
- No olvide adjuntar la documentación que le sea requerida junto a su solicitud electrónica de inscripción en el citado Registro.
Para cualquier duda o consulta relacionada con la tramitación de la solicitud de inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia, póngase en contacto con nosotros/as a través del teléfono 968 36 25 88.