Familia y menor | Ayudas y Subvenciones | Legislación | Pagina principal |

Decreto número 141/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades de servicios sociales de la Región de Murcia para la implantación o refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia en los servicios sociales de atención primaria

Objeto, finalidad y razones de interés público y social:

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos y mancomunidades de Servicios Sociales de la Región de Murcia que han manifestado su interés en acceder a las mismas y que se relacionan en el artículo 5.3 del presente Decreto.

La finalidad de la concesión es la implantación, si no existen, o el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia ya existentes en los Servicios Sociales de Atención Primaria, en desarrollo de lo previsto en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 8/2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, mediante la contratación directa de personal especializado, así como la formación e información dirigidas a profesionales, menores y familias.

Los proyectos a desarrollar por las entidades locales deberán incluir todas o algunas de las siguientes modalidades de actuación:

a. Actuaciones para la prevención y detección precoz de cualquier riesgo de violencia hacia la infancia, en coordinación con organismos y entidades del entorno.
b. Actuaciones para la valoración de los casos detectados, o sobre los que se reciba notificación, según el Instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de desprotección infantil y otros instrumentos que se pudieran desarrollar con tal fin.
c. Actuaciones de prevención primaria, en coordinación con los organismos y entidades del entorno, cuando se aprecien factores de riesgo o indicadores leves de desprotección,
d. Programas de Intervención Familiar dirigidos a apoyar a la familia en el ejercicio positivo de sus funciones parentales de protección, en coordinación con los organismos y entidades del entorno cuando se aprecien indicadores de desprotección moderada.

Las Entidades locales aportarán un proyecto, según modelo que se proporcionará por la Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación, en el que se habrán de describir las acciones que se prevé realizar de entre las modalidades de actuación que se reflejan en el apartado anterior, así como su complementariedad con otras acciones que se realicen con cargo a otras fuentes de financiación.

Financiación:

Para desarrollar esta línea de subvenciones, la Administración Regional ha consignado en la Ley de Presupuestos Generales para el ejercicio 2025 un importe de 840.000 €, al que se sumarán los créditos procedentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 aprobados por importe de 840.000 €. 

El importe total máximo destinado a las subvenciones asciende a 1.680.000 €.

Beneficiarios y cuantía de las subvenciones:

Serán beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en este Decreto, todos los ayuntamientos y mancomunidades de Servicios Sociales de la Región de Murcia que han manifestado su interés en recibir la subvención.

La cuantía máxima prevista se ha distribuido del modo siguiente:

Tabla de distribución de las cuantías de subvención a ayuntamientos y mancomunidades por aportación del Ministerio y aportación de la CARM.

 

1 / 1