Anuncio por el que se publica la diligencia que recoge el resultado del sorteo público llevado a cabo a fin de determinar las asociaciones y federaciones que formarán parte del Pleno del Observatorio de Igualdad de la Región de Murcia
Con fecha 16 de junio de 2025, a las 10:18 horas, se ha celebrado el sorteo público establecido en la disposición adicional segunda del Decreto n.º 4/2020, de 30 de enero, por el que se regula la Composición, Organización y Régimen de Funcionamiento del Observatorio de Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de manera presencial en la Sala de Juntas de la 1.ª Planta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Avda. La Fama, 3. 30003 – Murcia), a fin de determinar las asociaciones y federaciones que formarán parte del Pleno.
Objeto:
Convocar la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones sociales dirigidas al fortalecimiento del Tercer Sector de acción social en el ámbito de la protección del colectivo de personas mayores y a favorecer y apoyar el movimiento asociativo y fundacional del mismo.
Beneficiarias:
Entidades sin ánimo de lucro de implantación estatal, según su título constitutivo, que se dediquen a la realización de actuaciones para las personas mayores.
Bases reguladoras:
Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. (BOE número 90 de 14/04/2007)
Plazo de presentación de solicitudes:
Treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/843060
Organiza: Fundación FADE
Fecha: 3 y 4 de julio de 2025 de 09:30 a 14:00 h.
Lugar: Centro de Formación La Flota - FADE (Carril Ruipérez 40, bajo, 30007 Murcia)
Dirigido a mujeres en búsqueda activa de empleo
Formulario de inscripción
Más información:
Fundación FADE
Teléfonos 868 940 204/ 654 124 994
Correo electrónico aporta@fundacionfade.org
Página web https://fundacionfade.org/empleabilidad/
Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, y el Ayuntamiento de Blanca para la tramitación del procedimiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la Unidad de Secretaría de ese Ayuntamiento
La finalidad del convenio es articular la encomienda de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) al Ayuntamiento de Blanca, para la colaboración en la tramitación del procedimiento de Registro de Parejas de Hecho (código 3031), conforme a la Ley 7/2018, de 3 de julio, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la Unidad de Secretaría de ese Ayuntamiento.
Dicha encomienda consistirá en:
1) Volcar en la plataforma informática de gestión los datos relativos a parejas de hecho inscritas en el Registro/bases de datos del Ayuntamiento.
2) Recepcionar y registrar solicitudes de parejas de hecho, dentro del procedimiento Registro de Parejas de Hecho (código 3031), en las que al menos uno de los miembros de la pareja este empadronado/a en el término municipal de Blanca, todo ello conforme al formulario y la plataforma informática establecidos para el mencionado procedimiento.
3) Realizar las comparecencias en la que se haga constar, de forma expresa, que ambos miembros de la pareja de forma presencial han manifestado su condición de pareja de hecho y que al menos uno de los miembros de la pareja este empadronado/a en término municipal de Blanca.
Esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la CARM.
Asimismo, es responsabilidad de la CARM dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.
El Gobierno regional destina un millón de euros a familias numerosas y monoparentales para gastos de manutención, crianza y conciliación
Fuente: Notas de prensa de la CARM
La convocatoria de ayudas también subvenciona las tasas de comedor y transporte público, vestimenta y calzado, así como accesorios de puericultura, farmacia y parafarmacia.
Las familias tendrán hasta el 18 de julio para presentar sus solicitudes
El Gobierno regional ha abierto la convocatoria de ayudas para familias numerosas y monoparentales, con una dotación presupuestaria de un millón de euros. El objeto de la misma es apoyar económicamente a las familias en los gastos diarios de crianza de sus hijos, correspondientes a su manutención, a la compra de vestimenta y calzado, como también a los que contribuyan a facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.
La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Región, recoge otros gastos subvencionables como los derivados por la compra de artículos higiénicos y sanitarios, accesorios de puericultura, productos de farmacia y parafarmacia. También se incluyen gastos relacionados con la asistencia a Centros de Atención a la Infancia (CAI), comedores escolares, abonos de transporte público y contratación de personal para el cuidado de menores o personas dependientes en el hogar.
Las familias tendrán hasta el 18 de julio para presentar sus solicitudes, a través del Registro general de la Comunidad o por Sede electrónica, indicando el procedimiento 2792. El importe de la ayuda concedida por unidad familiar tendrá un importe máximo de 2.500 euros, que se concederá de una sola vez y con carácter no periódico.
Entre los requisitos contemplados en dicha convocatoria destaca que las familias solicitantes deben residir en la Región de Murcia, tener una renta per cápita familiar no superior al IPREM vigente; y tener reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial o monoparental. En el caso de tener hijas e hijos nacidos de parto o adopción múltiple, el nacimiento o acogimiento deberá ser, como mínimo, de tres menores a la vez y con edad inferior a seis años.
El gasto subvencionado se deberá realizar durante el año 2025, con un plazo de justificación establecido entre el 1 de enero, hasta el 31 de marzo de 2026.
Vivienda
Impulso al realojo de familias vulnerables que residen en ‘infraviviendas’ en Fortuna
El Consejo de Gobierno ha aprobado el convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Fortuna para la cesión gratuita de viviendas destinadas al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial prolongada. Esta actuación se enmarca en el Programa de Actuación y Acompañamiento al Realojo de Familias (Pares), y está cofinanciada en un 40 por ciento por la Comunidad y en un 60 por ciento por fondos europeos Feder.
Mediante este convenio, la Comunidad cederá al Ayuntamiento las viviendas que adquiera en el municipio, bajo el compromiso de destinarlas al realojo de familias que viven en asentamientos chabolistas o ‘infraviviendas’.
Por su parte, el Ayuntamiento asumirá la titularidad de los inmuebles y se encargará de su mantenimiento, así como de formalizar los contratos de cesión de uso con las familias beneficiarias, garantizando además el acompañamiento social necesario. El Consistorio se valdrá del censo de las familias que viven en asentamientos chabolistas o ‘infraviviendas’ radicadas en su término municipal, con indicación de su ubicación geográfica, condiciones físicas y características socioeconómicas.
La Comunidad ya ha desarrollado, en colaboración con varios municipios de la Región de Murcia, este programa para la adquisición y reforma de diferentes viviendas destinadas al realojo de personas en situación de exclusión social. Esta medida responde al objetivo estratégico de erradicar el chabolismo y mejorar la integración social de los colectivos más vulnerables.
En el marco de este programa europeo, la Administración regional ya ha adquirido 84 viviendas por un importe de 8,4 millones de euros, para garantizar el hogar a 84 familias en siete municipios de la Región: Alcantarilla, Cieza, Fuente Álamo, Lorca, Murcia, Mazarrón y Puerto Lumbreras.
Objeto:
Podrán concederse subvenciones con cargo a dos líneas de financiación:
A) Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):
A1. - Proyectos de sensibilización contra el racismo, xenofobia, delitos de odio y otras formas de intolerancia asociadas, así como sobre la violencia de género, en todas sus posibles manifestaciones, incluida la mutilación genital y la trata de seres humanos.
A2. - Proyectos destinados a la prevención del racismo, xenofobia, delitos de odio y otras formas de intolerancia asociadas.
A3.- Proyectos destinados a las víctimas o posibles víctimas de trata de seres humanos y/o explotación sexual y sus descendientes.
A4.- Proyectos destinados a las víctimas o potenciales víctimas de violencia de género y sus descendientes, en todas sus posibles manifestaciones, incluida la mutilación genital.
A5.- Proyectos dirigidos a grupos específicos destinados a la orientación y asesoramiento en la lucha contra el racismo y la xenofobia, delitos de odio, la trata de seres humanos y la violencia de género.
A6.- Proyectos piloto transferibles y evaluables, orientados a proporcionar soluciones innovadoras para la mejora de los sistemas de intervención contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada; así como para evitar la discriminación de las personas inmigrantes
B) Proyectos financiados exclusivamente por los Presupuestos Generales del Estado (PGE):
B1.- Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles.
Beneficiarias:
Entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ISM/810/2023, de 14 de Julio.
Bases reguladoras:
Orden ISM/810/2023, de 14 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos en colaboración con entidades públicas y privadas en materia de defensa de los derechos humanos del colectivo de personas extranjeras, (BOE número 171 de 19/07/2023).
Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842065
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2025
La finalidad del programa es incrementar la provisión y optimizar la organización de recursos especializados que atiendan a la diversidad del alumnado, impulsar la detección e intervención precoces y potenciar el papel central de las familias en las etapas iniciales del proceso educativo, que se concreta en los siguientes objetivos:
1. Actualizar y ajustar las medidas de atención a la diversidad (organizativas y de recursos) que garanticen la educación inclusiva en las primeras etapas educativas, capacitando al profesorado en la aplicación de las medidas necesarias para ello.
2. Impulsar acciones dirigidas a fomentar y facilitar la colaboración de las familias en la vida del centro generando centros seguros y acogedores que promueven el sentido de pertenencia de todos los miembros de la comunidad educativa, consolidando un modelo colaborativo.
3. Establecer procedimientos que garanticen la detección precoz e intervención temprana, definiendo los recursos especializados asociados a la prevención de dificultades en el conjunto del aula y promoviendo la colaboración entre los ámbitos de salud, servicios sociales, comunitarios y educación.
4. Asegurar atención especializada para el alumnado que requiere una respuesta educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades específicas de apoyo educativo. De manera especial a aquéllas que mantienen un elevado índice de prevalencia, aunque menor grado de severidad, y que condicionan la adquisición de aprendizajes posteriores, así: el retraso madurativo, los trastornos del aprendizaje, de la atención y/o alteraciones en la adquisición y el desarrollo del lenguaje.
El destinatario del Programa es, preferentemente, el alumnado escolarizado en la etapa de Educación Infantil y en los dos primeros ciclos de Educación Primaria en centros sostenidos con fondos públicos.
El plazo de ejecución del programa de Educación Inclusiva correspondiente al presupuesto del año 2025 es desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.
A la Región de Murcia le corresponden 302.173,00 € de un total de 7.728.791,00 €.
Objeto:
Convocatoria de ayudas individuales a las familias numerosas de categoría especial; a las familias monoparentales; y a las familias con hijas e hijos nacidos de parto, adopción, acogimiento permanente o guarda con fines de adopción múltiples (tres o más menores de 6 años simultáneamente), al objeto de colaborar en los gastos ocasionados por este hecho durante el año 2025.
Finalidad:
Realizar aportaciones económicas que se conceden con carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico a familias que cumplan los requisitos generales y específicos establecidos en los artículos 3 y 4 de sus normas reguladoras.
Normas reguladoras:
Decreto número 89/2020, de 10 de septiembre, por el que se establecen las normas reguladoras de las ayudas individuales a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijas e hijos nacidos de parto múltiple y a familias monoparentales (BORM número 214 de 15/09/2020), así como por las restantes normas de derecho administrativo que sean de aplicación, y en su defecto por las normas de derecho privado.
Tipos de ayuda:
A) Gastos de alimentación, excluidas las bebidas alcohólicas.
B) Tasas o precios de comedores en centros públicos o concertados.
C) Gastos de vestido (textil y calzado).
D) Gastos de farmacia y parafarmacia.
E) Higiénico-sanitarios.
F) Accesorios de puericultura.
G) Gastos derivados de la asistencia a Centros de Atención a la Infancia, actividades extraescolares o extensión de horario para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
H) Gastos derivados de la contratación de personal para la atención domiciliaria de la/las personas dependientes y menores para la conciliación de la vida familiar y laboral.
I) Gastos por bonos o abonos en transporte público, autobús y/o tranvía, siempre que no se tenga otra bonificación familiar por este concepto.
Cuantía máxima de las ayudas:
El importe de la ayuda concedida por familia en ningún caso podrá ser superior a dos mil quinientos euros (2.500,00 €).
Acreditación de requisitos:
Serán requisitos generales para ser beneficiarios/as de estas ayudas, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3 de las normas reguladoras:
a) La unidad familiar debe residir en la Región de Murcia, figurando empadronados todos sus miembros en alguno de sus municipios en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo aquellos beneficiarios que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados como asimilados a la convivencia en el artículo 1.1.b del Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
b) No superar, en ningún caso, la renta per cápita familiar, calculada según lo establecido por el artículo 6 de las normas reguladoras, el importe del IPREM vigente.
Para ser beneficiarios/as de estas ayudas será necesario que cumplan alguno de los siguientes requisitos específicos:
a) Tener hijas e hijos nacidos de parto o adopción múltiple, considerando como tal el parto simultáneo de tres menores a la vez como mínimo y con edad inferior a seis años en el momento de la solicitud.
Asimismo, se equipará a los supuestos anteriores el acogimiento permanente o la guarda con fines de adopción, legalmente constituidos de forma simultánea, de tres menores como mínimo y con edad inferior a seis años en el momento de la solicitud de la ayuda.
b) Tener reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial, que debe encontrarse en vigor a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Tener reconocida la condición de familia monoparental de acuerdo con la Ley 1/2023, de 23 de febrero, por la que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Región de Murcia, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para ello, las personas que soliciten la ayuda por monoparentalidad y no tengan aún reconocida la condición de familia monoparental en la Región de Murcia, deberán presentar la solicitud de reconocimiento de dicha condición simultáneamente a la presentación de la solicitud de la ayuda. (Código de procedimiento 4202)
Los requisitos señalados en los apartados precedentes se acreditarán mediante la documentación que se detalla en las instrucciones del ANEXO I de la presente convocatoria (Solicitud: Ayudas a las familias numerosas de categoría especial, a familias con hijos/as nacidos/as de parto múltiple o adopción múltiple y a familias monoparentales).
Solicitud y plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes de estas ayudas se formularán de acuerdo con el modelo de instancia que figura como Anexo I de la presente Orden, acompañado de la documentación correspondiente.
En dicha solicitud se incluirá la cuantía solicitada, siempre sin decimales; en caso de que se incluyan decimales, la cuantía será redondeada al número entero correspondiente durante la fase de tramitación.
Las solicitudes y el resto de documentación se podrán presentar en el Procedimiento 2792 de la Sede Electrónica de la CARM, en el Registro General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o mediante la utilización de cualquiera de los medios o procedimientos que al respecto se establecen en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.
La solicitud, debidamente cumplimentada, deberá ir acompañada de la documentación que se indica en el apartado “Documentos que se han de aportar junto a esta solicitud” de las instrucciones para la presentación de la solicitud, recogidas en el documento “Anexo I” de la presente Orden.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
https://sede.mssvalledericote.regiondemurcia.es/web/inicioWebc.do?opcion=noreg&entidad=30104
Extracto de la Resolución del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Imserso para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad durante el año 2025
Fuente: BOE número 154 de 27/06/2025
Objeto:
Convocar la concesión de subvenciones para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad.
Beneficiarias:
Entidades sin ánimo de lucro de implantación estatal, según su título constitutivo, que se dediquen a la realización de actuaciones para las personas con discapacidad.
Plazo de presentación de solicitudes:
Treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842346
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Extracto de la Resolución de 24 de junio de 2025, de la Dirección General de Gestión Migratoria, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes en el ámbito de la gestión colectiva de la contratación en origen
Fuente: BOE número 154 de 27/06/2025
Finalidad:
La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones:
a) Participación en los procesos de selección de los trabajadores extranjeros no residentes en España a través de las comisiones de selección previstas en la orden anual que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen.
b) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras en el marco del programa de gestión de la contratación colectiva en origen.
c) Promoción y apoyo a la concatenación de campañas de temporada, así como desarrollo de proyectos piloto en este ámbito.
d) Actuaciones especialmente destinadas al asesoramiento e información sociolaboral específico para los trabajadores migrantes en el marco de la orden por la que se regula la contratación colectiva en origen, en relación con sus derechos, las condiciones laborales del sector y los servicios de carácter social a que pueden tener derecho.
e) Organización e impartición de sesiones informativas y/o de acciones formativas en el ámbito social, cultural, económico, laboral /o de otra naturaleza, que complementen los conocimientos y la experiencia de los trabajadores y trabajadoras que participen en los mismos.
Beneficiarias:
Las organizaciones empresariales y sindicales, las cooperativas y las entidades sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos señalados en el artículo 4 de la Orden ISM/676/2022, de 15 de julio.
Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842349
Objeto:
Creación y fomento del empleo y autoempleo en el Municipio de Murcia.
Beneficiarias:
Para la modalidad de empleo:
Entidades que, de acuerdo con la normativa tributaria nacional, no tengan la condición de Gran Empresa, es decir, aquellas cuyo volumen de operaciones no supere la cifra de 6.010.121,04 euros durante el año natural inmediato anterior, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción.
Para la modalidad de autoempleo:
Personas Físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los beneficiarios serán las personas físicas que realicen el alta en RETA.
Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM número 36 de 14/02/2023).
Plazo de presentación de solicitudes:
10 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/841998
Resolución de 25 de junio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se corrigen errores en la de 13 de junio de 2025, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo
Resolución de la Directora Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se conceden subvenciones dirigidas a la inclusión sociolaboral, de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, dentro del Programa Eurovida Salud Mental, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), subprograma 1.5 “Acciones de acompañamiento a personas con TMG y/o adicciones en proceso de recuperación vinculadas a itinerarios de inserción sociolaboral”, año 2025
Resolución de 13 de junio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo


- Se convocan 879.213 plazas.
- El Programa se desarrollará por turnos que agrupen a las personas usuarias con el mismo origen, destino y fechas.
- Los turnos, que podrán tener una duración desde cuatro días (3 pernoctaciones) hasta diez días (9 pernoctaciones), se realizarán en régimen de pensión completa, excepto en los viajes a capitales de provincia cuyo régimen será de media pensión.
- Los turnos del programa tendrán lugar durante el período comprendido entre el mes de octubre de 2025 y el mes de junio de 2026.
- El Programa ofrece los siguientes destinos de viaje:
- Zona Costa Peninsular: estancias de diez y ocho días en la Comunidad Autónoma de Cataluña, Comunidad Autónoma de Andalucía, Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
- Zona Costa Insular: estancias de diez y ocho días en la Comunidad Autónoma de Canarias y Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Turismo de Escapada, con estancias de cuatro, cinco y seis días, con los siguientes tipos de viajes:
- 1.º Circuitos culturales.
- 2.º Turismo de naturaleza.
- 3.º Capitales de provincia.
- 4.º Ciudades de Ceuta y de Melilla.
- El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 1 de julio de 2025 y finaliza el día 23 de julio de 2025.
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de la mujer en el desarrollo rural


Finalidad:
Subvenciones para el ejercicio 2025, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.
Bases reguladoras:
Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural (BOE número 65 de 16/03/2019). (Texto consolidado con las modificaciones existentes).
Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/839103
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA NACIONAL DEL ORGULLO LGTBI
El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración institucional con motivo del 28 de junio, Día Nacional del Orgullo LGTBI, a propuesta del Ministerio Igualdad, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el siguiente texto:
"El Gobierno de España quiere poner en valor la diversidad en materia de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales, así como la diversidad familiar, en consonancia con los compromisos sociales en materia de igualdad que la sociedad española, en su conjunto, ha protagonizado en las últimas décadas. Asimismo, en cumplimiento del artículo 5.2 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, el Gobierno renueva su compromiso con el reconocimiento institucional y la participación en los actos conmemorativos de la lucha por la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, defendiendo sin fisuras los principios de libertad, de dignidad y de libre desarrollo de su personalidad.
Cuando se cumplen 50 años de democracia en España y 40 años de la firma del Acta de adhesión a las entonces Comunidades Europeas, el apoyo que el Gobierno desea expresar a todas las personas LGTBI+ a través de esta declaración responde no solo a un deber institucional, sino a la necesidad de reflejar la diversidad que nos define como sociedad. Precisamente la defensa de esta diversidad como eje de actuación del Gobierno, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, es lo que nos ha llevado, una vez más, a la vanguardia de las sociedades europeas comprometidas con los derechos de las personas LGTBI+.
El Orgullo LGTBI es el orgullo de nuestro país, un país que sigue luchando para que ninguna persona LGTBI+ tenga que volver a sufrir violencia, miedo o discriminación por razón de su orientación o identidad sexual, por su expresión de género o sus características sexuales. Así, el Gobierno se compromete a adoptar las medidas necesarias para seguir avanzando en la erradicación de la discriminación y la violencia que, hoy en día, siguen sufriendo las personas LGTBI+ en diferentes ámbitos de sus vidas.
La sociedad española es una sociedad comprometida con el respeto, la protección y el acompañamiento a las personas LGTBI+, reconociendo su derecho a ser quienes son. Los derechos de las personas LGTBI+ son derechos humanos y, como tal, deben ser defendidos.
Hoy es un día no solo para recordar el 28 de junio de 1969, sino también para poner en valor y conmemorar a todas las personas que conformaron el activismo LGTBI+ en España en los años más duros de nuestra historia reciente. No podemos olvidar que la Ley de Peligrosidad Social no fue derogada completamente hasta el 26 de diciembre de 1995 y que la Ley de Escándalo Público siguió utilizándose de manera sistemática para perseguir a la población LGTBI+ hasta su modificación en 1983 y derogación definitiva en 1989. A partir de ese momento, gracias a una defensa férrea y social de la igualdad como punto de partida, nuestro país se ha convertido en un referente internacional en la conquista de los derechos de las personas LGTBI+.
Este 2025 se cumplen 20 años de la aprobación de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, más conocida como la "Ley de Matrimonio Igualitario". Esta ley democratizó el deseo de todas las personas, con independencia de su orientación sexual, a unirse en matrimonio, y supuso un importantísimo apoyo institucional a la diversidad familiar. No solo supuso un avance legal, sino que también representó un avance social inmenso, cuyo impacto a nivel mundial fue extraordinario. La aprobación del matrimonio igualitario en España sirvió como referente internacional, impulsando el reconocimiento de derechos de las personas LGTBI+ en otros países. Y eso, en gran parte, fue gracias al Gobierno del presidente Zapatero y al empuje del movimiento asociativo para la aprobación de esta ley.
Hoy, el matrimonio igualitario es legal en 39 países y, desde entonces hasta finales de 2024, en España se celebraron 40.397 matrimonios entre parejas de hombres y 35.164 entre parejas de mujeres.
En este año de aniversarios, en el que precisamente se cumplen diez años de la muerte de Pedro Zerolo, queremos reivindicar la importancia de este luchador incansable por los derechos civiles, de esta figura que marcó un "antes y un después" en la visibilidad LGTBI+ en política. El Gobierno reitera un apoyo decidido a la defensa de los derechos y las libertades por las que trabajó incansablemente, frente a quienes quieren y promueven una involución en los derechos conquistados. Este año, especialmente, debemos defender los derechos y las libertades ante el auge de los discursos de odio.
En las décadas sucesivas a la aprobación del matrimonio igualitario, con el empuje del activismo LGTBI+ y de una sociedad decidida, se han seguido conquistando derechos fundamentales para las personas LGTBI+, que han sido materializados en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, y llenan de orgullo a este Gobierno. Dicha ley constituye la hoja de ruta para que todas las administraciones y actores sociales trabajen en el fortalecimiento de la diversidad sexual, de género y familiar y para la eliminación de todas las formas de violencia que aún hoy siguen sufriendo las personas LGTBI+.
El Gobierno de España está comprometido con el desarrollo de instrumentos normativos y políticas públicas en favor de los derechos de las personas LGTBI+, como el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, que establece la obligación de las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras de contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, incluyendo un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI+, que serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras; así como en poner a disposición de la ciudadanía instrumentos que ayuden a luchar contra la discriminación y el odio que puedan sufrir por motivos de orientación e identidad sexual, tales como el Servicio LGTBI 028 de información y atención integral en materia de derechos LGTBI y delitos de odio por LGTBIfobia, gratuito y accesible 24 horas los 365 días del año.
Por último, cabe recordar que la garantía de no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, que posibilita que las personas encuentren en nuestra sociedad aquella protección de la que, en muchos casos, carecen en sus países de origen, es también una de las prioridades de la política exterior española en materia de derechos humanos y de la política de cooperación internacional para el desarrollo sostenible. Este año y el próximo, España copreside, junto a Colombia, la Coalición por la Igualdad de Derechos para la defensa y promoción de los derechos de las personas LGBTI, y el impulso de la despenalización de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo en todo el mundo. Porque no es posible cejar en este empeño hasta que todas las personas LGTBI+ de cualquier país del mundo puedan gozar de plenos niveles de libertad y de igualdad.
Frente a las amenazas de retrocesos y discursos reaccionarios que quieren despertar fantasmas del pasado, el Orgullo LGTBI debe seguir siendo, hoy más que nunca, una herramienta política contra la injusticia y la intolerancia y contra quienes pretenden silenciar, perseguir o recortar los derechos de las personas LGTBI+.
Este 28 de junio, pues, el Gobierno de España se reafirma en la celebración del Orgullo LGTBI, en la celebración de la libertad y la diversidad que engrandece nuestra sociedad haciéndola más solidaria, más inclusiva, más respetuosa y, por lo tanto, más democrática".
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Hacienda
FONDO DE CONTINGENCIA PARA ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL PROCEDENTES DE LA ASIGNACIÓN DEL IRPF Y DE SOCIEDADES
El Consejo de Ministros ha aprobado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 413.046.578,8 euros para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
La asignación de Fondo de Contingencia que se contempla en este acuerdo por el citado importe tiene como finalidad la financiación de las siguientes modificaciones de crédito:
Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por un importe de 24.741.487,21 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF del ejercicio 2023 correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Así mismo se establece que la cuantía asignada para estas actividades será distribuida entre varios Ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación el 19,43%.
Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del IRPF devengado en el periodo impositivo 2023 se cifra en 513.110.948,06 euros, ascendiendo el 19,43% de tal cantidad a 99.697.457,21 euros.
La dotación inicial recogida en la aplicación presupuestaria 'A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para actividades de interés general consideradas de interés social reguladas por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio' en el presupuesto prorrogado para 2025 es de 74.955.970 euros. En consecuencia, es necesario un crédito adicional por importe de 24.741.487,21 euros.
- Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre Sociedades por un importe de 10.176.504,55 euros.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Asimismo, se establece que la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuirá entre varios ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación un porcentaje del 19,43%.
Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a los fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en 2023 asciende a un total de 58.507.169,32 euros. Aplicando el porcentaje de 19,43% a esta cuantía resulta un importe de 16.777.524,55 euros.
La dotación recogida, en presupuesto prorrogado de 2023 para 2025, en la aplicación presupuestaria 'A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para actividades de interés general consideradas de interés social procedentes del Impuesto sobre Sociedades' es de 6.601.020 euros, siendo necesario un crédito adicional de 10.176.504,55 euros.
- Ampliación de crédito en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, por un importe de 378.128.587,04 euros.
La ampliación solicitada tiene por objeto la financiación de actividades de interés general consideradas de interés social de conformidad con lo regulado por el artículo 2 del Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, en relación con la asignación tributaria del IRPF, así como en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados para 2025, relativa a la asignación tributaria del 0,7%o de la cuota íntegra del IRPF y del Impuesto de Sociedades, correspondientes al periodo impositivo de 2023.
Las certificaciones emitidas con fecha 22 de abril de 2025, por el director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, recogen el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales en el periodo impositivo de 2023, de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como de las Declaraciones del Impuesto de Sociedades, cuyas cuantías ascienden a 513.110.948,06 y 86.348.556,62 euros, respectivamente. En consecuencia, la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social asciende a un importe global de 599.459.504,68 euros.
El porcentaje que sobre el importe total se asigna al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de conformidad con lo recogido en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, es del 77,72% que se corresponde con 465.899.927,04 euros. A esta cuantía hay que añadir los ingresos por herencias abintestato a favor del Estado por un importe de 3.782.855,77 euros, que se recogen en la aplicación 29.05.231F.484, dando como resultado unos fondos globales aplicables al citado Departamento por importe de 469.682.782,81 euros.
Por Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de fecha 23 de mayo de 2025, estos fondos se distribuyen para su gestión entre el tramo autonómico (80%) y el tramo estatal (20%), estableciendo los fondos destinados a las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en un importe de 375.746.226,25 euros (aplicación 29.05.231F.454) y para actividades de competencia estatal en 93.936.556,56 euros (aplicación 29.05.231F.484).
El crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.454 asciende a 85.661.070 euros, que pone de manifiesto una insuficiencia de 290.085.156,25 euros. Por lo que se refiere al crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.484, su importe es de 2.110.270 euros al que se suman los 3.782.855,77 euros de la generación por herencias abintestato anteriormente citada, resultando unas necesidades de 88.043.430,79 euros.
Por tanto, en aplicación de la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la aprobación del Consejo de Ministros de la aplicación del Fondo de Contingencia.
Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Fuente Álamo para la tramitación del procedimiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la Unidad de Servicios Administrativos de ese Ayuntamiento
Convocatoria de concesión de subvenciones del proyecto Cesta Solidaria 2025. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar
Convocatoria de subvenciones a asociaciones de San Pedro del Pinatar que colaboren con el plan de ayuda alimentaria en el ámbito local, proyecto municipal Cesta Solidaria 2025.
La finalidad es establecer una normativa reguladora de concesión de subvenciones a las Asociaciones del municipio de San Pedro del Pinatar que colaboren con el Plan de Ayuda Alimentaria en el ámbito local.
El plazo de solicitud de subvención será de diez días naturales a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El importe de la convocatoria de la subvención asciende a 33.000,00 euros.
492 mujeres reciben atención en el Centro para Víctimas de Violencia Sexual de la Región
Fuente: Notas de prensa de la CARM
Son 41 casos más que los atendidos de enero a mayo del año anterior
El 53 por ciento de las usuarias reconoce haber sufrido este tipo de violencia siendo menor de edad y acude al CAIVAX para recibir apoyo psicológico
Un total de 492 mujeres han recibido atención en el Centro para Víctimas de Violencia Sexual de la Región de Murcia (CAIVAX) ‘La Jacaranda’ durante los primeros meses del año, lo que supone 41 más que en el mismo periodo del año anterior. Sin embargo, el número de mujeres que han acudido por primera vez al centro entre enero y mayo es menor, en concreto 11 casos nuevos menos que en 2024, lo que supone que se han sido atendidas por primera vez 108 mujeres.
La consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, ofreció estos datos tras reunirse con las profesionales del CAIVAX y aclaró que “el mayor número de mujeres atendidas durante este año corresponde a mujeres inscritas con anterioridad que requieren de un seguimiento profesional continuado, ya sea desde el ámbito psicológico, jurídico o social”.
Ruiz explicó que “un comportamiento muy habitual en las víctimas es sentir vergüenza o miedo de salir a la calle por haber sufrido la agresión sexual, por lo que, en la mayoría de ocasiones, las primeras intervenciones son telefónicas”. A través de las profesionales del CAIVAX reciben asesoramiento y orientación para acudir a los servicios de urgencias médicas y a la policía. “Solo cuando se sienten más fuertes emocionalmente es cuando deciden acudir al centro”, subrayó la consejera.
Asimismo, en los casi dos años de funcionamiento del Centro destaca la proporción de mujeres que se identifican como víctimas de violencia sexual años después de haber sufrido la agresión. En este sentido, el 53 por ciento de las mujeres denuncia haber sufrido violencia sexual siendo menor de edad y el 47 por ciento en la etapa adulta.
“Algunas de ellas desconocían, en un primer momento, haber sido víctimas de violencia sexual ya que habían normalizado determinadas conductas con sus parejas, familiares o compañeros de trabajo. Finalmente, cuando son conscientes y vencen el miedo es cuando demandan apoyo psicológico para romper con los traumas del pasado”, resaltó Ruiz.
El Centro de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual de la Región de Murcia ‘La Jacaranda’ cuenta con un equipo de 4 psicólogas, una educadora social, una integradora social, dos asesoras jurídicas y una trabajadora social que prestan apoyo especializado las 24 horas del día, los 365 días del año.
Entre todas ellas han realizado en total 1.708 intervenciones individuales durante 2025. El servicio más demandado es la atención psicológica con 961 intervenciones, seguido de la asesoría jurídica con 381. En los ámbitos del trabajo social y de la educación social, el número de intervenciones alcanza las 295 y las 71, respectivamente.
Balance de datos
En la actualidad, la mayoría de las usuarias que llegan al recurso tienen entre 18 y 40 años y, en menor porcentaje, mujeres con edades comprendidas entre los 51 y 60 años.
En cuanto a la relación de la víctima con el agresor, ésta suele ser principalmente familiar, seguida de la laboral y, en igual medida, personas desconocidas o del entorno más próximo. Por otro lado, el tipo de violencia al que se han enfrentado las víctimas suele ser mayoritariamente la agresión sexual, pero también acoso o sextorsión.
Un protocolo para mejorar la atención a las víctimas
La Región de Murcia dispone de un Protocolo de Coordinación Interinstitucional en Violencia de Sexual, el primero de este tipo elaborado de forma conjunta entre la Administración regional y los profesionales implicados en la atención a las víctimas (sanitario, social, judicial, laboral, policial y educativo), con el fin de garantizar una asistencia integral a las mujeres y adolescentes que hayan sufrido violencia sexual, desde una perspectiva multidisciplinar para facilitar su recuperación física y emocional.
El protocolo detalla de forma precisa las pautas que deben seguir los profesionales, e incluye mecanismos de atención hacia distintas violencias sexuales contra las mujeres, como el acoso sexual, la trata con fines de explotación sexual o la violencia dentro del ámbito digital. También recoge la orientación y asesoramiento a las personas del entorno y familiares que requieran de apoyo y asistencia.