Legislación | Pagina principal |

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 49, de 28 de febrero de 2026, se han publicado las bases que han de regir la convocatoria para proveer:

Dos plazas de Auxiliar Administrativo, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Auxiliar, por el sistema de concurso-oposición, en turno reservado a personas con discapacidad.

Dos plazas de Educador/a Social, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Media, por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Tres plazas de Psicólogo/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Superior, por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Técnico de Administración General, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica, por el sistema de concurso-oposición, en turno reservado a personas con discapacidad.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
1 / 1

Pagina principal |

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes


DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y A LA ATENCIÓN SANITARIA A LAS PERSONAS EXTRANJERAS SIN RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que se encuentren en España sin residencia legal.

La norma desarrolla reglamentariamente lo previsto en el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, reforzando la seguridad jurídica, la cohesión territorial y la aplicación homogénea del derecho en todo el Estado.

A continuación, se detallan los puntos clave de la nueva regulación:

1. Regulación del procedimiento de reconocimiento del derecho

El objeto principal de la norma es establecer un procedimiento homogéneo y efectivo en todo el territorio nacional para reconocer el derecho a la salud de las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes. Con esta regulación se busca garantizar la equidad y evitar las desigualdades en este colectivo, lo que permite un mejor control de las enfermedades desde la atención primaria y un uso más eficiente de los recursos públicos.

2. Simplificación mediante la declaración responsable

El reconocimiento del derecho se realizará mediante una declaración responsable. En este documento, la persona solicitante manifiesta que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia. Además, se garantizan medidas de apoyo y formatos de lectura fácil para que las personas con discapacidad puedan comprender y firmar este documento en igualdad de condiciones.

3.Flexibilidad en la acreditación de la residencia

La norma facilita la acreditación de la residencia habitual en España. Si bien el empadronamiento es el documento preferente, en su defecto se aceptarán otros medios de prueba como:

Certificados de escolarización o matriculación en centros públicos.

Informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas.

Facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre del solicitante.

Cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.

4.Acceso inmediato y plazos administrativos

Para evitar interrupciones en la atención, en el momento de presentar la solicitud se entregará un documento provisional que permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos de forma inmediata mientras se resuelve el expediente y que será válido en cualquier comunidad autónoma. La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución; si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo en las solicitudes iniciadas por la persona interesada. Una vez reconocido el derecho, no tendrá caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía. Además, se establece que las administraciones competentes deberán iniciar el procedimiento de oficio cuando la persona interesada no pueda hacerlo en el primer momento de la atención sanitaria.

5. Protección prioritaria para colectivos vulnerables

El real decreto garantiza el acceso inmediato y efectivo a la asistencia sanitaria pública para colectivos que requieren una especial protección, con independencia de su situación administrativa. Entre estos grupos destacan:

Menores de edad y mujeres embarazadas: Se asegura la asistencia integral a menores de 18 años y a mujeres durante el embarazo, parto y posparto. Además, se reconoce explícitamente el derecho de las mujeres extranjeras no residentes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, de acuerdo con la normativa vigente de salud sexual y reproductiva.

Víctimas de violencia: Se otorga protección específica a las víctimas de violencia de género (incluyendo a sus hijos e hijas), a las víctimas de violencias sexuales y a las víctimas de trata de seres humanos.
Protección internacional y discapacidad: El derecho se extiende a solicitantes de protección internacional o temporal.

Además, se establecen medidas para que las personas con discapacidad dispongan de formatos accesibles y el apoyo necesario para realizar sus trámites en igualdad de condiciones.

Acreditación de vulnerabilidad: Para las personas en situación de estancia temporal que necesiten asistencia, la norma regula el Informe de acreditación de especial vulnerabilidad, que será emitido por los servicios sociales de las comunidades autónomas.

6.Ampliación para españoles de origen en el exterior

El real decreto amplía la protección a las personas españolas de origen residentes en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho estaba limitado a pensionistas o trabajadores; con el nuevo texto, se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo), siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.

7.Garantías de control y facturación de servicios

Para asegurar el buen uso de los fondos públicos, la norma establece mecanismos claros de control sobre las prestaciones recibidas:

Facturación en caso de resolución denegatoria: Si la solicitud es denegada, se procederá a la facturación de las atenciones recibidas. Sin embargo, no habrá facturación si la persona demuestra posteriormente que, en el momento de recibir dicha asistencia sanitaria, sí cumplía los requisitos materiales.

Control de veracidad: En caso de detectarse inexactitud o falsedad en la declaración responsable, el documento provisional quedará sin efecto de inmediato. En estos supuestos, la administración podrá exigir el reintegro del importe total de las prestaciones sanitarias obtenidas desde el inicio de la solicitud.

8.Equiparación de exenciones en la prestación ortoprotésica

El real decreto introduce, además, una mejora en la equidad del sistema al equiparar automáticamente a los colectivos exentos de aportación en el pago de medicamentos (prestación farmacéutica) con aquellos exentos en la prestación ortoprotésica. De esta forma, cualquier persona usuaria o beneficiaria que, por su situación de vulnerabilidad o nivel de renta, no deba pagar por sus fármacos, quedará también exenta de cualquier aportación económica al recibir productos de ortopedia o prótesis con cargo al Sistema Nacional de Salud.

La aprobación de este real decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, contribuye a la consolidación efectiva del principio de universalidad del Sistema Nacional de Salud, garantizando que el derecho a la protección de la salud se ejerza en condiciones de igualdad, cohesión territorial y equidad.

1 / 1

Familia y menor | Ayudas y Subvenciones | Exclusión Social | Legislación |

Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la relación definitiva de los proyectos aprobados en el marco de la convocatoria para la selección de operaciones del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha Contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)

Según lo previsto en el apartado décimo, punto quinto de la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha Contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), se publica la relación definitiva de las operaciones seleccionadas.
1 / 1

Pagina principal |

El programa 'Impulso Mujer +50' permite a 40 mujeres mayores de 50 años emprender en la Región

La consejera Conchita Ruiz destaca el valor del programa durante su visita al proyecto de nutrición oncológica creado por la emprendedora Carmen Arqués

El programa regional ‘Impulso Mujer +50’, desarrollado por la Comunidad Autónoma y la Organización Murciana de Mujeres Empresarias, Profesionales y Directivas (OMEP), ha permitido que 40 mujeres mayores de 50 años pongan en marcha proyectos empresariales innovadores en la Región de Murcia durante los dos últimos años. Entre ellas se encuentra Carmen Arqués, creadora de ‘Nutrición con raíz’, un proyecto especializado en nutrición oncológica femenina.

La consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, visitó sus instalaciones junto a la presidenta de OMEP, Noemí Muñoz, y destacó el valor del programa. “A partir de su experiencia personal, Carmen detectó la necesidad de acompañar a personas en tratamiento oncológico con una alimentación adecuada, y hoy su iniciativa es una realidad gracias al impulso recibido en los talleres y sesiones del programa ‘Impulso Mujer +50’”.

Carmes Arqués, licenciada y doctora en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, trabajaba como nutricionista y colaboraba como voluntaria elaborando dietas para el Banco de Alimentos. Un cáncer interrumpió su trayectoria profesional, pero tras inscribirse en el programa decidió especializarse y lanzar su propio proyecto. “La edad no puede ser un límite, al contrario, es un punto de partida para reinventar y realizar proyectos en mente”, explicó la consejera durante la visita.

Además, Ruiz subrayó el valor comunitario de la iniciativa. “Este programa es mucho más que formación. Ha creado una red de apoyo entre mujeres que comparten inquietudes y ganas de emprender. Como Carmen, otras 40 mujeres han logrado poner en marcha sus ideas y ni la edad ni el género han sido una barrera”.

Con dos ediciones ya celebradas, ‘Impulso Mujer +50’ se consolida como una acción clave de la estrategia regional ‘Mujer Lidera’, al ofrecer acompañamiento personalizado y herramientas para fortalecer el liderazgo y la capacitación empresarial de mujeres mayores de 50 años.

1 / 1

Programa socioeducativo para la ejecución de la medida de realización de tareas socioeducativas

Portada de la Publicación AA.VV (2005). Programa socioeducativo para la ejecución de la medida de realización de tareas socioeducativas. Murcia: Consejería de Trabajo y Política Social

Número de páginas:

25

Descripción:

Medida dirigida a sujetos con carencias socioeducativas  y criminógenas muy específicas y que no presentan un comportamiento disfuncional en todas las áreas de su desarrollo.


Subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un Programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. Año 2025

Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

Plazo de presentación:

7 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Finalidad:

El objeto de la Orden es aprobar la convocatoria de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sin fin de lucro que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, mediante el desarrollo de un programa destinado al acompañamiento social al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada, cofinanciada por el FSE Plus. 

La finalidad de la subvención que se convoca es la intervención para realizar un proceso de acompañamiento social a pequeños grupos, familias y personas excluidas o en riesgo de exclusión social y residencial para facilitarles el acceso al uso y disfrute de alojamientos o viviendas adecuadas, que podrán ser financiadas desde los Programas de fondos FEDER y FSE+ de la Región de Murcia y otros posibles recursos complementarios.

Este programa va a intervenir en los elementos presentes en la exclusión residencial y en la búsqueda de soluciones que ofrezcan a las personas y familias participantes una respuesta de vivienda adecuada. Esta intervención sobre la exclusión residencial no sólo se ocupará de la adecuación, estabilidad y accesibilidad de la vivienda y del entorno, sino que se propone combinar actuaciones para provocar un cambio efectivo de la situación de exclusión social, desarrollando un trabajo social y educativo dirigido a la integración en un entorno adecuado de las personas realojadas, desarrollando actuaciones tendentes a mejorar sus dificultades personales, sociales y laborales, considerando el empleo como el medio más eficaz para una inclusión social autónoma de las personas y las familias.

Procedimiento relacionado:

Acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada. (código 1406)

Más Información:

Orden de concesión de subvención de concurrencia competitiva de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 10 de diciembre de 2025 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE Plus. (Fecha de publicación: 09/03/2026) (Documento [.pdf] 0,58 MB)

Propuesta de resolución definitiva de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 10 de diciembre de 2025 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE Plus (Fecha de publicación: 26/02/2026) (Documento [.pdf] 0,56 MB)

Propuesta de resolución provisional de la Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 10 de diciembre de 2025 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE Plus (Fecha de publicación: 23/01/2026) (Documento [.pdf] 0,6 MB)

Publicación de información del inicio de tramitación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones al amparo de la Orden de 10 de diciembre de 2025 de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE plus (Fecha de publicación: 12/01/2026) (Documento [.pdf] 465,52 KB)

Extracto de la Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE plus (Fecha de publicación: 16/12/2025) (Documento [.pdf] 232,62 KB)

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la tramitación anticipada de una convocatoria de subvención dirigida a entidades sin fin de lucro para el desarrollo de un programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada cofinanciada por el FSE plus (Fecha de publicación: 16/12/2025) (Documento [.pdf] 3,05 MB)

Corrección de error en la Orden de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ en materia de servicios sociales impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector para el cumplimiento de los objetivos específicos i, j, k y l del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027 (Fecha de publicación: 21/10/2025) (Documento [.pdf] 201,55 KB)

Orden de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ en materia de servicios sociales impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector para el cumplimiento de los objetivos específicos i, j, k y l del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027 (Fecha de publicación: 09/05/2023) (Documento [.pdf] 0,64 MB)

 


Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Propuesta de contratación de aspirantes seleccionados/as

Finalizadas las pruebas selectivas para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo de la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la Gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), de conformidad con lo establecido en la base sexta de la convocatoria del proceso selectivo, este Tribunal eleva a la Sra. Gerente la Resolución adjunta, que contiene la relación de personas aspirantes que han sido seleccionadas, y propone la contratación de las mismas como personal laboral.

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García  

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Resolución del tribunal por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela,  convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025)

Habiendo finalizado sus actuaciones, el Tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo de la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la Gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), de conformidad con lo establecido en la base sexta de la convocatoria.

R E S U E L V E :

PRIMERO.- Aprobar y publicar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, por orden de puntuación, tal como se recoge en el anexo.

SEGUNDO.- Las personas seleccionadas deberán presentar en la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, sita en el IMAS, calle Doctor Alonso de Espejo, nº 7, 30007 Murcia, la documentación acreditativa de los requisitos de la base segunda de la convocatoria, en el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolucion en la Web de Murcia Social, en la sección dedicada a la Fundación.

TERCERO.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la exposición de esta Resolución en la Web de Murcia Social, en la sección dedicada a la Fundación: https://murciasocial.carm.es/fundacion-murciana-defensa-judicial-curatela.

 

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Propuesta complementaria del tribunal

Finalizadas las pruebas selectivas para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo de la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la Gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), de conformidad con lo establecido en la base séptima de la convocatoria del proceso selectivo, este Tribunal eleva a la Sra. Gerente la Resolución adjunta, que contiene la relación de personas aspirantes que habiendo superado el proceso no han resultado seleccionadas, y propone para el caso de que alguno de las personas aspirantes seleccionadas falleciese, renunciase o no llegase a firmar el contrato por causas que le sean imputables, la contratación como personal laboral a las personas aspirantes incluidas en la Resolución, por orden de puntuación.

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Resolución del tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, 
convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), por la que se publica la relación complementaria con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han sido seleccionadas

Habiendo finalizado el proceso selectivo y publicada la relación de personas aspirantes seleccionadas, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en la base séptima de la convocatoria del proceso selectivo.

R E S U E L V E :

PRIMERO.- Habiendo sido necesario acudir al sorteo para dirimir el desempate existente entre las posiciones 70 y 71, y efectuado el mismo, la letra a partir de la cual se determina el orden de prelación para realizar el desempate es “L”.

SEGUNDO.- Publicar la relación complementaria con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han resultado seleccionadas en las pruebas selectivas para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, por orden de puntuación, como se recoge en el anexo.

TERCERO.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la exposición de esta Resolución en la Web de Murcia Social, en la sección dedicada a la Fundación: https://murciasocial.carm.es/fundacion-murciana-defensa-judicial-curatela.

 

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García 

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Anuncio del tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025)

El Tribunal calificador de la pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA FUNDACIÓN MURCIANA PARA LA DEFENSA JUDICIAL Y CURATELA, en relación con las reclamaciones presentadas por los aspirantes contra la Resolución provisional con la puntuación de la fase valoración de méritos, una vez analizadas las mismas,

ACUERDA:

- Alicia María Alcalde Romero. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación.

- Ana María Andújar Vicente. Reclama que no se le han valorado los méritos. Se comprueba que se encuentra baremada adecuadamente e incluida en el Anexo II (aspirantes que no han superado el proceso selectivo).

- Rosa María Balsas Vicente. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación.

- Pedro Gabriel Cano Martínez. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado. Reclama así mismo sobre los méritos profesionales. Se estima el contrato del “Depósito Franco” como trabajo desempeñado para la Administración Pública y se desestima la colaboración social del Ayuntamiento de Murcia por no ser una contratación laboral.

- María Dolores Cerón Andreo. Reclama que no se ha valorado adecuadamente un Master al darle los puntos como Licenciatura. Se estima su reclamación.

- Rubén Franco Díaz. Reclama que no se ha valorado adecuadamente su experiencia profesional. Se estima parcialmente su reclamación, dado que sólo se valoran meses completos por contrato. Se revisa de oficio los cursos baremados, ampliando la puntuación en este apartado. 

- Pablo Giganto del Gallego. Reclama que se valoren los méritos adjuntados de la categoría C2. Se desestima la reclamación porque los méritos aportados y reclamados no corresponden con funciones de auxiliar administrativo o similar, según se establece en las bases de la convocatoria.

- Yolanda Hernández Arcas. Reclama que no se han puntuado los títulos aportados de bachiller y título superior. Se desestima la reclamación porque estas titulaciones no son valorables según las bases de la convocatoria.

- María Asunción Mirete Martínez. Reclama que no se han puntuado los títulos académicos aportados. Se desestima la reclamación porque estas titulaciones no son valorables según las bases de la convocatoria.

- Marta Pérez Cerdá. Reclama que se valoren los méritos profesionales aportados. Se desestima la reclamación porque no aporta contratos de trabajo por lo que no es posible con la documentación de que dispone el tribunal determinar si se han prestado servicios en la categoría profesional de auxiliar administrativo o similar.

- Cristina Pérez Martínez. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado.

- Ana Belén Pérez Navarro. Reclama que no se han valorado los méritos profesionales privados. Se revisa la documentación y se estima la reclamación puntuando los méritos profesionales aportados por un total de 67 meses.

- Jimena Belén Segovia Moya. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado. 

 

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García

 

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Anuncio del tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025)

El Tribunal calificador de la pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA FUNDACIÓN MURCIANA PARA LA DEFENSA JUDICIAL Y CURATELA, en relación con las reclamaciones presentadas por los aspirantes contra la Resolución provisional con la puntuación de la fase valoración de méritos, una vez analizadas las mismas,

ACUERDA:

- Alicia María Alcalde Romero. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación.

- Ana María Andújar Vicente. Reclama que no se le han valorado los méritos. Se comprueba que se encuentra baremada adecuadamente e incluida en el Anexo II (aspirantes que no han superado el proceso selectivo).

- Rosa María Balsas Vicente. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación.

- Pedro Gabriel Cano Martínez. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado. Reclama así mismo sobre los méritos profesionales. Se estima el contrato del “Depósito Franco” como trabajo desempeñado para la Administración Pública y se desestima la colaboración social del Ayuntamiento de Murcia por no ser una contratación laboral.

- María Dolores Cerón Andreo. Reclama que no se ha valorado adecuadamente un Master al darle los puntos como Licenciatura. Se estima su reclamación.

- Rubén Franco Díaz. Reclama que no se ha valorado adecuadamente su experiencia profesional. Se estima parcialmente su reclamación, dado que sólo se valoran meses completos por contrato. Se revisa de oficio los cursos baremados, ampliando la puntuación en este apartado. 

- Pablo Giganto del Gallego. Reclama que se valoren los méritos adjuntados de la categoría C2. Se desestima la reclamación porque los méritos aportados y reclamados no corresponden con funciones de auxiliar administrativo o similar, según se establece en las bases de la convocatoria.

- Yolanda Hernández Arcas. Reclama que no se han puntuado los títulos aportados de bachiller y título superior. Se desestima la reclamación porque estas titulaciones no son valorables según las bases de la convocatoria.

- María Asunción Mirete Martínez. Reclama que no se han puntuado los títulos académicos aportados. Se desestima la reclamación porque estas titulaciones no son valorables según las bases de la convocatoria.

- Marta Pérez Cerdá. Reclama que se valoren los méritos profesionales aportados. Se desestima la reclamación porque no aporta contratos de trabajo por lo que no es posible con la documentación de que dispone el tribunal determinar si se han prestado servicios en la categoría profesional de auxiliar administrativo o similar.

- Cristina Pérez Martínez. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado.

- Ana Belén Pérez Navarro. Reclama que no se han valorado los méritos profesionales privados. Se revisa la documentación y se estima la reclamación puntuando los méritos profesionales aportados por un total de 67 meses.

- Jimena Belén Segovia Moya. Reclama que no se han valorado los cursos de formación aportados. Se estima su reclamación en este apartado. 

 

La Presidencia del Tribunal

Mariano Olmo García

 

1 / 1

Legislación | Vivienda |

Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se dispone la publicación del “Convenio de colaboración para la cesión de viviendas en desarrollo del Programa de Actuación y Acompañamiento al Realojo de Familias en Situación de Exclusión Social y Residencial Cronificada (PARES) en el municipio de San Pedro del Pinatar, en el marco de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo 2021-2027.”

El Convenio tiene por objeto definir el marco general de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras y el Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar. En concreto, la regulación de las obligaciones de ambas administraciones en relación con la cesión gratuita de la propiedad de las viviendas que la primera adquiera en el municipio de San Pedro del Pinatar con cargo a los fondos FEDER, a través del procedimiento administrativo correspondiente, en aras de facilitar el acceso a la vivienda a familias que viven en asentamientos chabolistas y/o en infraviviendas en este municipio, en situación de exclusión social y residencial cronificada.

Las viviendas cedidas quedarán destinadas al realojo de familias en riesgo de exclusión social o residencial cronificada que viven en asentamientos chabolistas y/o en infraviviendas, durante un plazo no inferior a 20 años. En el supuesto de que, por fuerza mayor, el Ayuntamiento deba dar un uso distinto a la vivienda cedida, queda obligado a destinar otra vivienda de su propiedad al realojo de las familias. En caso contrario, se considerará resuelta la cesión y producida automáticamente la reversión de los bienes, de acuerdo con el artículo 67 de la Ley 3/1992 de Patrimonio de la CARM.

Las viviendas objeto de cesión serán identificadas e individualizadas en las órdenes de cesión y de aceptación, emitidas respectivamente por la CARM y por el Ayuntamiento, formalizándose dicha cesión mediante escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

La calificación jurídica de las mismas es la de bienes inmuebles de carácter patrimonial pertenecientes a la CARM, por lo que su régimen de adquisición, administración, defensa y enajenación es el de los bienes patrimoniales de las administraciones públicas.  

1 / 1

Legislación | Pagina principal |

Objeto:

Esta orden tiene por objeto regular los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.

Competencia:

El Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería queda adscrito a la Secretaría de Estado de Migraciones y su gestión corresponde a la Dirección General de Gestión Migratoria.

Inscripción en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería:

Podrán inscribirse en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, siempre que cumplan los requisitos previstos:

  • Las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal o a nivel de comunidad autónoma.
  • Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en España, al menos tres años antes a la fecha de solicitud de la inscripción en el registro, cuyos fines o actividades institucionales, según sus propios estatutos o en base a los programas que desarrollen, estén vinculados al ámbito migratorio o de la protección internacional.

No podrán solicitar su inscripción en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería aquellos sujetos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de los convenios celebrados por la Administración General del Estado para la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía electrónica en materia de extranjería.

Validez:

Las inscripciones en el registro tendrán una validez de cuatro años a contar desde el día siguiente al de la fecha de la inscripción, prorrogable por periodos de cuatro años.

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Resolución provisional del tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), por la que se publica la relación de aspirantes con puntuación de la fase de valoración de méritos.

Habiendo finalizado la valoración de los méritos de las personas aspirantes de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en la base general sexta de la convocatoria.

R E S U E L V E :

PRIMERO.- Publicar la puntuación obtenida por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, tras la fase de valoración de méritos, para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, en cada una de las pruebas que lo componen, tal como se recoge en el anexo I.

SEGUNDO.- Publicar asimismo la puntuación obtenida por las personas aspirantes que no han superado el proceso selectivo tras la fase de valoración de méritos, tal como se recoge en el anexo II.

TERCERO.- Contra la presente Resolución cabe formular reclamación ante el Tribunal en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente a su exposición en la Web de Murcia Social, en la sección dedicada a la Fundación: https://murciasocial.carm.es/fundacion-murciana-defensa-judicial-curatela. CUARTO.- Dichas reclamaciones deberán cumplimentarse a través de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es/), en el procedimiento código 1609, dirigido a Secretaría General de Política Social, Familias e Igualdad (DIR3 A14040133).

No será válida la presentación de documentos por otro medio que no sea a través del enlace descrito en esta Resolución.

1 / 1

Legislación | Pagina principal | Voluntariado |

Objeto:

Esta orden tiene por objeto la regulación del Observatorio Estatal del Voluntariado como órgano colegiado de participación de las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla, la Federación Española de Municipios y Provincias y las federaciones, confederaciones, y uniones de entidades de voluntariado.

Naturaleza y adscripción:

El Observatorio se configura como un órgano colegiado de carácter consultivo, participativo y de naturaleza interadministrativa e interministerial, adscrito al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Funciones:

  • Elaborar y mantener actualizada, en colaboración con la Comisión Interministerial de Voluntariado, una base de datos relativa a las entidades de voluntariado, en coordinación con los registros y catálogos existentes en las comunidades autónomas y el Estado, que pueda ser compartido con el resto de Administraciones públicas y entidades de voluntariado.
  • Actuar como órgano permanente de recogida, análisis e intercambio de la información cuantitativa y cualitativa, desagregada por sexos siempre que sea posible, que se recabe de los órganos de las diferentes Administraciones públicas y de las entidades de voluntariado en materias que afectan al voluntariado, que deberá plasmarse en un informe con periodicidad bienal y con datos desagregados por sexo y rango de edad.
  • Estudiar y proponer acciones de difusión y sensibilización de la acción voluntaria en el conjunto de la sociedad a nivel nacional.
  • Prestar apoyo en la organización del Congreso Estatal de Voluntariado.
  • Estudiar y proponer iniciativas para el establecimiento de criterios generales en la formación de las personas voluntarias de acuerdo con su variedad, diversidad y especialidad.
  • Trabajar en el establecimiento de criterios comunes de seguimiento y evaluación de los resultados de las actividades y programas de voluntariado, con especial atención a aquellos que las entidades de voluntariado financian mediante ayudas o subvenciones públicas.
  • Conocer los proyectos normativos y planes de actuación en materia de voluntariado de las Administraciones públicas.
  • Impulsar, recabar, analizar y difundir investigaciones, encuestas, estudios y publicaciones sobre voluntariado, tanto a nivel nacional como internacional, que contribuyan al mejor conocimiento de las necesidades, recursos y actuaciones en materia de acción voluntaria.
  • Prestar apoyo, cuando así se solicite, en los trabajos previos a la concesión de los Premios Estatales al Voluntariado.
  • Elevar propuestas en la materia de voluntariado a los órganos competentes de las Administraciones públicas con competencia en la materia.
  • Impulsar, en colaboración con las partes implicadas, acciones de promoción del voluntariado desde las empresas.
  • Impulsar, en colaboración con las partes implicadas, acciones de promoción del voluntariado desde las universidades.
  • Proponer criterios generales en la acreditación de la prestación de servicios voluntarios expedidas por las entidades de voluntariado en función de su propia naturaleza y la de las actividades que promuevan.
  • Proponer criterios comunes en la certificación de competencias del voluntariado.
  • Cualquier otra que se acuerde en el marco de sus competencias.
1 / 1

Pagina principal | Mujer e Igualdad |

El proyecto 'Murcia, Región de Mujeres' reconoce a la baloncestista Laura Gil como referente de la igualdad en el deporte

El Gobierno regional dedica una placa conmemorativa de este proyecto a la medallista olímpica murciana, un reconocimiento a sus logros enmarcado en los actos programados con motivo del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer

El Gobierno regional reconoce el papel de la jugadora murciana de baloncesto, Laura Gil, como referente de la igualdad en el deporte, por su trayectoria y sus logros, con una placa conmemorativa del proyecto ‘Murcia, Región de Mujeres’, en el marco de los actos programados con motivo del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. 

La consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, junto con Laura Gil, participó en el acto de colocación de esta placa conmemorativa en el pabellón de deportes de Santo Ángel, Murcia, que lleva el nombre de la deportista. “Laura Gil es una de las mujeres que están transformando el mundo del deporte, su trayectoria ha contribuido a un avance de la igualdad en este ámbito. Ella ahora es un referente del deporte femenino, que inspira a mujeres y niñas, porque ha demostrado que se pueden romper barreras y competir al más alto nivel de una disciplina donde la presencia masculina es mayoritaria”, destacó.

La pívot murciana, ahora jugadora del Hozono Global Jairis de Alcantarilla, suma en su palmarés, además de oros europeos, una plata olímpica, conseguida en los Juegos de Río de Janeiro, en 2016. Gil, además de convertirse en la primera mujer medallista olímpica de la Región, es la que más medallas internacionales ha conseguido en la historia del baloncesto español, con 17 títulos. 

Al acto de colocación de la placa en el pabellón donde Gil comenzó a jugar al baloncesto con 9 años, asistieron familiares de la baloncestista y alumnos del Centro de Enseñanza Infantil y Primaria de Santo Ángel. “Esta jugadora es un ejemplo de superación, de talento y dedicación, una murciana que merece todo el reconocimiento, porque sus éxitos, además de ser un motor de transformación social, abre un camino a las siguientes generaciones, que saben que pueden alcanzar todas las metas que se propongan”, añadió la consejera. 

39 homenajes en ‘Murcia, Región de Mujeres’

La Comunidad ya ha dedicado 39 placas conmemorativas a mujeres relevantes de la Región desde que se inició el proyecto ‘Murcia, Región de Mujeres’. Esta iniciativa, dirigida a poner en valor la contribución de mujeres que han dejado huella en la historia, continúa sumando homenajes que el Gobierno regional visibiliza con estos reconocimientos que se pueden contemplar en diferentes lugares de los municipios de Cehegín, Alcantarilla, Murcia, Cartagena, Albudeite, La Unión, Abarán, Ceutí, Molina de Segura, Bullas, Abanilla y Caravaca de la Cruz.

Cada una de estas placas cuenta con un código QR que permite acceder a información sobre las mujeres que ya forman parte de este proyecto en la web www.murciaregiondemujeres.es.

1 / 1

Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela | Ofertas de empleo (FMDJC) |

Resolución provisional del tribunal calificador de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir 2 puestos de auxiliar administrativo para la Fundación Murciana para la Defensa Judicial y Curatela, convocadas por Resolución de la gerente de la Fundación (BORM 182, de 8 de agosto de 2025), por la que se publica la relación de aspirantes con puntuación de la fase de valoración de méritos.

Habiendo finalizado la valoración de los méritos de las personas aspirantes de las pruebas selectivas de acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en la base general sexta de la convocatoria.

R E S U E L V E :

PRIMERO.- Publicar la puntuación obtenida por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, tras la fase de valoración de méritos, para acceso libre para cubrir dos puestos de Auxiliar Administrativo, en cada una de las pruebas que lo componen, tal como se recoge en el anexo I.

SEGUNDO.- Publicar asimismo la puntuación obtenida por las personas aspirantes que no han superado el proceso selectivo tras la fase de valoración de méritos, tal como se recoge en el anexo II.

TERCERO.- Contra la presente Resolución cabe formular reclamación ante el Tribunal en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente a su exposición en la Web de Murcia Social, en la sección dedicada a la Fundación: https://murciasocial.carm.es/fundacion-murciana-defensa-judicial-curatela. CUARTO.- Dichas reclamaciones deberán cumplimentarse a través de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es/), en el procedimiento código 1609, dirigido a Secretaría General de Política Social, Familias e Igualdad (DIR3 A14040133).

No será válida la presentación de documentos por otro medio que no sea a través del enlace descrito en esta Resolución.

1 / 1

## ## Web content templates are used to lay out the fields defined in a ## web content structure. ## ## Please use the left panel to quickly add commonly used variables. ## Autocomplete is also available and can be invoked by typing "$". ##

$titulo.getData()/h3>

$contenido.getData()


Exclusión Social | Pagina principal |

Organiza: Centro de Empleo y Formación de Jesús Abandonado

Fecha: del 9 al 16 de marzo de 09:00 a 14:00 h. (C/ Baraundillo nº 3 de Murcia)

Nuevos talleres:

“MUÉVETE: Recursos y estrategias de empleo”0

“Claves para superar con éxito una entrevista de trabajo”

Taller gratuito dirigido a personas en exclusión social acreditadas por los Servicios Sociales de Murcia, y con permiso de residencia.

Más información:

Centro de Empleo y Formación de Jesús Abandonado

Teléfonos 968 22 55 98 ext. 52 | 673 274 999

Correo electrónico empleabilidad@jesusabandonado.org

1 / 1

Datos de contacto

Fachada del edificio de la Consejería

 Dirección: Avenida de La Fama, 3

 Municipio: Murcia

 Código postal: 30003

 

968 36 20 00

012

Punto de Atención Especializado en Menor y Familias

968 27 32 09