Pagina principal |
Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2023 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa de unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo para el año 2023
Objeto:
Serán subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social a cargo del Centro Especial de Empleo, derivados de la contratación indefinida del personal que integran las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.
Beneficiarias:
Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo, o bien, éstos cuando tuvieren personalidad jurídica propia, cuyos centros de trabajo estén ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Bases reguladoras:
Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo (BORM número 29 de 5 de febrero de 2018), modificada por la por la Orden de 4 de marzo de 2019 (BORM número 58 de 11 de marzo de 2019) y la Orden de 13 de mayo de 2022 (BORM número 119 de 25 de mayo de 2022).
Cuantía subvencionable:
La cuantía de estas subvenciones se establece en 1.440 euros anuales por cada trabajador contratados por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses con el tipo y grado de discapacidad:
Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/696868)
Serán subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social a cargo del Centro Especial de Empleo, derivados de la contratación indefinida del personal que integran las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.
Beneficiarias:
Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo, o bien, éstos cuando tuvieren personalidad jurídica propia, cuyos centros de trabajo estén ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Bases reguladoras:
Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo (BORM número 29 de 5 de febrero de 2018), modificada por la por la Orden de 4 de marzo de 2019 (BORM número 58 de 11 de marzo de 2019) y la Orden de 13 de mayo de 2022 (BORM número 119 de 25 de mayo de 2022).
Cuantía subvencionable:
La cuantía de estas subvenciones se establece en 1.440 euros anuales por cada trabajador contratados por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses con el tipo y grado de discapacidad:
a) Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/696868)