Extracto de la Resolución de 25 de septiembre de 2025 de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones destinadas a personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025
Fuente: BORM número 225 de 29/09/2025
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/858880).
BDNS (Identif.): 858880
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
A) Estar diagnosticadas de la enfermedad de esclerosis lateral amiotrófica (en adelante, ELA), a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
B) Estar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia con una antelación mínima de dos meses a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes establecido en cada convocatoria, siempre que se mantenga en esta circunstancia hasta el fin del plazo de justificación de la ayuda.
C) En el supuesto de que la persona solicitante sea extranjera no comunitaria deberá disponer del permiso de residencia en vigor.
D) En el supuesto de que la persona solicitante tenga la condición de refugiada deberá acreditar dicha condición.
E) Que el gasto por el que se solicita la subvención se haya ocasionado durante el año natural en el que se ha publicado la correspondiente convocatoria o el período que se indique en la misma convocatoria.
F) No haber sido beneficiario en los dos años anteriores de otras subvenciones por adquisición de material para idéntica finalidad, excepto cuando la situación de necesidad objeto de la solicitud sea acreditada documentalmente y aceptada previamente por el órgano instructor.
G) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
H) No estar incursas en las circunstancias que impiden la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Objeto:
La presente Resolución tiene por objeto convocar una subvención destinada a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA).
Bases reguladoras:
Orden de 1 de octubre de 2024 (BORM número 230, de 2 de octubre de 2024), de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) que residan en la Región de Murcia, modificada por la Orden de 1 de agosto de 2025 (BORM número 181, de 7 de agosto de 2025) de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.
Cuantía:
La cuantía total máxima de la subvención asciende a 300.000 €, estableciéndose un importe máximo por persona de 6.000 €.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en el Registro electrónico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM, https://sede.carm.es, procedimiento 4463.