Extracto de la Resolución de 6 de julio de 2021, de la D.G. Programas de Protección internacional y Atención Humanitaria, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la Resolución de 27 de abril de 2021, de la D.G. Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes que podrán ser cofinanciados por el fondo FAMI de la UE
Procedimiento de tramitación de urgencia
En consonancia con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se considera que concurren razones de interés público que aconsejan resolver con la máxima celeridad y eficacia la totalidad de los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramitan al amparo de la mencionada convocatoria, y que deben financiarse con cargo al presupuesto de 2021, con el fin de adjudicarse lo antes posible y comenzar la ejecución de la misma.
Reducción de plazos
Se acuerda reducir a la mitad los plazos establecidos en el mencionado procedimiento,salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
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