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Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Uso de Viviendas Sociales Municipales, procedimiento de adjudicación y Registro de demandantes de vivienda social, del Ayuntamiento de Torre Pacheco

Reglamento de Uso de Viviendas Sociales Municipales, procedimiento de adjudicación y Registro de demandantes de vivienda social, del Ayuntamiento de Torre Pacheco

 

Uno.- Se modifica el artículo el artículo 6.4.1.c), relativo a los requisitos personales para la inscripción en el registro de demandantes de vivienda, quedando redactado como el siguiente:

En el caso de personas extranjeras, la salida del territorio español por tiempo superior a 30 días, durante el año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud, interrumpe el plazo mínimo de empadronamiento exigido.

Dos.- Se incluye el artículo 17 BIS y queda redactado como siguiente:

Artículo 17 BIS. Régimen de adjudicación de las viviendas de titularidad privada?

Las viviendas de uso residencial de titularidad privada destinadas al alquiler de vivienda que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal, por concurrir circunstancias sociales, ya sean en cesión del uso al Ayuntamiento, o en régimen de alquiler o cesión temporal en precario del propietario a usuarios del Centro de Servicios Sociales podrán ser adjudicadas en arrendamiento o cesión temporal en precario a las personas inscritas en el RDV, en aquellos casos en que sea debidamente verificado y validado especial interés o utilidad municipal por el Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento.

Tres.- Se incluye el artículo 18 BIS y queda redactado como siguiente:

Artículo 18 BIS. Límite de renta del arrendamiento de las viviendas de titularidad privada

En caso de adjudicación en régimen de arrendamiento de las viviendas contempladas en el artículo 17BIS, su renta se fijará de acuerdo al precio de mercado. Este precio de mercado quedará limitado aplicando una disminución de, al menos, un 5% del precio de mercado para poder ser declaradas viviendas de especial interés o utilidad municipal.

Cuatro.- Se modifica el Anexo I. BAREMO DE APLICACIÓN A LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA.

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