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Orden conjunta de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y del Consejero de Salud, de 15 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Orden conjunta de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y del Consejero de Salud, de 1 de diciembre de 2020, por la que se adoptan medidas sectoriales, de carácter temporal, aplicables a los centros y servicios de servicios sociales

Artículo único.

Se modifica el artículo 3.2 de la Orden conjunta de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y  el Consejero de Salud, de 1 de diciembre de 2020, por la que se adoptan medidas sectoriales de carácter temporal, aplicables a los centros y servicios sociales, que queda redactado con el siguiente tenor literal:

“2. Centros de día de personas mayores:
2.1. Se autoriza la apertura de los centros de día para personas mayores y la reactivación de la atención presencial en dichos centros.
2.2. La atención presencial en los centros de día de personas mayores se prestará atendiendo a los Planes de Contingencia de cada uno de los centros y a los Protocolos de Medidas higiénico-sanitarias acordadas con las autoridades sanitarias”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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