¿Cómo funciona un Punto de Encuentro Familiar?
1. Recepción: En todos los casos, la documentación inicial de derivación se recibe en el Servicio de Familia de la Dirección General de Familias y Protección de Menores, que da traslado de los datos necesarios para el inicio de las actuaciones a la Asociación que gestiona este servicio, actualmente, la Asociación Mediacción.
2. Intervención: la primera actuación de intervención desde la Asociación que gestiona el Punto de Encuentro Familiar es la realización de una entrevista inicial, de carácter individual y por separado a las partes implicadas; en esta entrevista, entre otras cuestiones específicas de cada caso, se proporciona información sobre el funcionamiento del servicio y las normas del mismo y se establece la fecha de inicio de las visitas. No se inicia la ejecución del régimen de visitas hasta que se han realizado las entrevistas iniciales a las partes.
En tanto se realiza la entrevista con el progenitor o persona que ostenta la Guarda, otro/a profesional, que habrá sido debidamente identificado/a y presentado/a por el/la profesional de referencia del caso, intenta familiarizar a los/las menores con las dependencias.
La ejecución de las visitas se ajustará a los horarios de funcionamiento del servicio y al régimen concreto de cada caso (visitas tuteladas, régimen progresivo o recogida y entrega).
Los horarios de funcionamiento del Punto de Encuentro Familiar son:
- Miércoles y viernes, de 17:30 a 20:30 Horas.
- Sábado, de 10:30 a 13:30 horas y de 17:30 a 20:30 horas.
- Domingo, de 19 a 20:30 horas.
- Del 15 al 30 de agosto los centros permanecerán cerrados.
- En periodos vacacionales hay un horario distinto, del que anualmente se informa a los órganos derivantes.
El/La profesional de referencia de cada caso es el encargado de la elaboración de los distintos Informes asociados al Proceso de Trabajo en PEF.
Los Informes, se emitirán con la periodicidad que se indica, salvo que el Órgano derivante establezca otra periodicidad en el Protocolo de Derivación o lo solicite en otro momento del proceso:
1. Informe Inicial: se emitirá a los 3 meses desde el inicio del caso. En los casos en que sea posible y recomendable iniciar un proceso de intervención, este informe reflejará los objetivos planteados, las actividades previstas para su consecución y los indicadores de evaluación.
2. Informe de Seguimiento: se emitirá semestralmente, a partir de la fecha del Informe Inicial. Los Informes de Seguimiento, además de sintetizar la evolución de las visitas, reflejarán los objetivos planteados, los objetivos alcanzados a partir del análisis de los indicadores de evaluación establecidos, así como una propuesta respecto al caso concreto, que generalmente hará referencia a la continuidad de las visitas en PEF, modificando los objetivos a alcanzar. Dentro de las propuestas, y en el marco del proceso de intervención concreto, se podrá proponer a las partes que soliciten la prestación de algún servicio que aborde específicamente alguna de las necesidades detectadas en el caso.
3. Informe Final, que se emitirá cuando el equipo técnico entienda que:
- El caso ha evolucionado, alcanzando acuerdos y realizando intercambios fuera del centro. Reflejará, al igual que los informes de seguimiento, el grado de consecución de objetivos, a partir de los indicadores de medida, y dada su consecución, la finalización del caso en PEF.
- Casos en los que no se produce evolución alguna hacia el establecimiento de acuerdos, cuando la asistencia al PEF suponga una dificultad para el menor implicado, más que un beneficio.
El equipo Técnico podrá emitir otro tipo de Informes, en función de las necesidades, relativos a Incidencias que afecten a la ejecución de visitas o al cumplimiento de las Normas de Funcionamiento. Todos los informes serán remitidos al Servicio de Familia y desde este al órgano derivante (Juzgado o Servicio de Protección de Menores).
Las actuaciones de intervención, dirigidas a promover el ejercicio autónomo de la coparentalidad podrán ser, siempre en función de las características y necesidades de cada caso:
- Intercambio de información relevante respecto al menor o menores entre las partes.
- Realización de entrevistas individuales a ambas partes.
- Acompañamiento durante la visita.
- Entrevistas de intervención.
- Grupo de Formación a padres.
- Recomendación de asistencia a otros recursos o servicios.
La participación en las distintas modalidades de intervención está supeditada a la voluntariedad de las partes, cuando alguna de las partes, o ambas, no acepten participar en el mismo, no se llevará a cabo, limitándose en estos casos el equipo del Punto de Encuentro a supervisar la ejecución del régimen de visitas, limitándose la permanencia en el servicio al período mínimo imprescindible para identificar un medio alternativo.
En los casos en los que la intervención resulte viable, los sucesivos acuerdos que formalicen las partes en el proceso se remitirán al Órgano que derivó el caso a PEF; el acuerdo que se refiera a la realización autónoma de las visitas, sin intermediación del PEF, dará lugar a la propuesta de cierre.