Resolución de 29 de marzo de 2007, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la publicación del acuerdo de encomienda de gestión del servicio de respuesta inmediata de "Expedición y renovación de títulos de familia numerosa"
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Visto el Acuerdo entre La Secretaria Autonómica de Acción Social, Menor y Familia y La Secretaría Autonómica de Administración Pública de 9 de marzo de 2007 sobre encomienda de gestión del Servicio de respuesta inmediata de “expedición y renovación de títulos de familia numerosa”, en virtud de las competencias que les atribuye la normativa vigente, han formalizado acuerdo de encomienda de gestión del servicio de respuesta inmediata de “expedición y renovación de títulos de familia numerosa” Resuelvo Publicar en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” el texto del Acuerdo sobre encomienda de gestión del servicio de respuesta inmediata de “expedición y renovación de títulos de familia numerosa” en cumplimiento de lo dispuesto en la estipulación quinta del citado acuerdo.
ACUERDO SOBRE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RESPUESTA INMEDIATA DE “EXPEDICIÓN Y RENOVACIÓN DE TÍTULOS DE FAMILIA NUMEROSA”
De una parte, Doña Mercedes Navarro Carrió, en calidad de titular de la Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia, dependiente de la Consejería de Trabajo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ostenta la competencia en materia de gestión de títulos de familia numerosa, que comprende su tramitación; expedición y renovación; seguimiento o control; aplicación de la normativa reguladora; dictado de instrucciones adecuadas para el correcto funcionamiento del servicio; custodia y archivo de los expedientes y operaciones de expedición de copias o certificaciones, o cualesquiera otras relacionadas con esta materia, al amparo de lo establecido en el art.4 del Decreto nº 135/2000, de 15 de diciembre, por el que se desarrolla parcialmente la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo y Política Social [“Boletín Oficial de la Región de Murcia” (BORM), nº 298, de 27 de diciembre de 2000), en relación con el art. 3.2 del Decreto nº 350/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Trabajo y Política Social (BORM, nº 300, de 30 de diciembre de 2005)
De otra parte, Don Marcos López García, en calidad de titular de la Secretaría Autonómica de Administración Pública, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ostenta la competencia en materia de información y atención al ciudadano, al amparo de lo establecido en el art. 16, e) del Decreto 32/2006, de 21 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda (BORM, nº 98, de 29 de abril de 2006), en relación con el art. 3 del Decreto nº 50/2005, de 13 de mayo, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Economía y Hacienda (BORM. nº 116, de 23 de mayo de 2005).
Ambas partes, por razones de agilidad y eficacia determinan hacer uso de la institución jurídica denominada “encomienda de gestión”, que regula el art. 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [“Boletín Oficial del Estado” (BOE) nº 285, de 27 de noviembre de 1992], formalizando las estipulaciones que configuran el siguiente,
Acuerdo:
Primera
La Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia encomienda a la Secretaría Autonómica de Administración Pública, la tramitación de la expedición y renovación de los Títulos de Familia Numerosa, a fin de que estas operaciones sean materializadas por el personal al servicio de las distintas unidades administrativas que tengan asignada la información y atención al ciudadano.
Segunda
La relación de las unidades administrativas que tengan asignada la facultad de expedir y renovar los Títulos de Familia Numerosa, será determinada por el órgano directivo que tenga atribuida las funciones en materia de información y atención al ciudadano. La Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia tendrá inmediato conocimiento de la correlación de las mismas y de las modificaciones acaecidas. La lista de las unidades administrativas con facultad para expedir y renovar los Títulos de Familia Numerosa se irá haciendo pública, a medida que vayan estando operativas, en los sitios web de la Comunidad Autónoma http//www.carm.es, en el área general de atención al ciudadano, en la Guía de procedimientos y servicios, así como a través del teléfono de atención al ciudadano “012”.
Tercera
Esta encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano encomendante, Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia, dictar cuantos actos y resoluciones de carácter jurídico sean precisos para dar soporte a la actividad objeto de la encomienda.
Cuarta
El plazo de vigencia de este acuerdo es indefinido.
No obstante, la Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia, en cualquier momento, cuando desaparezcan las razones que han aconsejado la formalización de este acuerdo, podrá dejar sin efecto el mismo.
Quinta
En cualquier caso, este acuerdo, como instrumento de formalización de la encomienda de gestión de las actuaciones que se determinan en la estipulación primera, así como su resolución, deberán publicarse para su eficacia en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
Como trámite final, ambas partes, encomendante, Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia, y encomendada, Secretaría Autonómica de Administración Pública, suscriben el presente acuerdo en documento único y duplicado ejemplar, en Murcia a 9 de marzo de 2007. La Secretaria Autonómica de Acción Social, Menor y Familia, Mercedes Navarro Carrió.—El Secretario, Autonómico de Administración Pública, Marcos López García.