Protocolo para profesionales de atención al maltrato infantil desde el ámbito sanitario

Procedimiento de actuación ante situaciones NO URGENTES:
 
La situación detectada no es urgente si se ha producido de una forma puntual o los indicadores de maltrato que se presentan no son graves. A pesar de que la situación no puede considerarse urgente, es necesario intervenir con la familia para dotarles de herramientas (pautas educativas, psicológicas, ayuda social, etc...) que ayuden a paliar las dificultades detectadas, ya que de no abordarse pudiera ser perjudicial para el NNA. 
 
Hay que  notificar siempre la situación detectada, aunque se trate de una simple sospecha, ya que situaciones aparentemente más leves pueden esconder otras de mayor gravedad, o bien situaciones leves pueden desembocar en otras más graves si no se interviene a tiempo. 
 
En los casos de maltrato no urgente desde la Unidad correspondiente se notificará la situación detectada a los Servicios Sociales de Atención Primaria, para que intervengan en el caso.
 
Una vez cumplimentada la Hoja de Notificación se realizan los siguientes pasos:
 
1. Una copia se envía por correo postal, electrónico o fax, al Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria donde reside el NNA, anexando un informe detallado de los hechos con el fin de facilitar la valoración/intervención.
 
2. Otra copia se envía por correo electrónico a maltratoinfantil@carm.es a la Asesoría de Información y Estudios, para su explotación estadística.
 
3. Se guardará una copia para el expediente sanitario.
 
 
Procedimiento de actuación ante situaciones URGENTES:
 
Se inicia cuando la vida del NNA corre peligro o cuando su integridad física o psicológica se encuentra gravemente comprometidas y cuando la probabilidad de que el maltrato vuelva a repetirse es elevada o inminente.
 
En estos casos, la respuesta de las Unidades sanitarias debe ser lo más ágil posible, siendo los pasos del procedimiento:
 
1. Atender cualquier necesidad relacionada con la salud cuando esta se halle claramente comprometida. Atención en el centro sanitario en casos de lesiones físicas, psicológicas, grave negligencia o sospecha de abuso sexual. (Cumplimentar parte de lesiones para notificación al Juzgado).
 
2. Trasladar al NNA a un centro de protección de menores, en aquellos casos que no sea necesaria la atención médica inmediata mediante el apoyo de las FFCCSS, siempre y cuando no exista un familiar válido para hacerse cargo del NNA mientras se decida la medida protectora.
 
3. Desde la Unidad correspondiente se informará a los Servicios Sociales de Atención Especializada enviando por correo  electrónico a proteccionytutela@carm.es una copia de la Hoja de Notificación a la  Sección de Protección y Tutela, perteneciente al Servicio de Protección de Menores acompañada de un informe detallado de los hechos. Pudiendo contactar, además, telefónicamente para aclarar dudas o aportar detalles. La llamada telefónica NO sustituye el envío de la notificación electrónica a los Servicios Sociales de Atención Especializada.
 
4. Otra copia se enviará al correo de maltratoinfantil@carm.es a la Asesoría de Información y Estudios, para su explotación estadística. 
 
5. Se guardará una copia de la hoja de notificación para el expediente sanitario.

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