Protocolo para profesionales de atención al maltrato infantil desde el ámbito de Servicios Sociales de Atención Primaria

Procedimiento de actuación ante situaciones NO URGENTES:

La situación detectada no es urgente si se ha producido de una forma puntual o los indicadores de maltrato que se presentan no son graves. A pesar de que la situación no puede considerarse urgente, es necesario intervenir con la familia para dotarles de herramientas (pautas educativas, psicológicas, ayuda social, etc..) que ayuden a paliar las dificultades detectadas, ya que de no abordarse y no intervenir a tiempo, la situación podría adquirir mayor gravedad y podría ser perjudicial para el NNA (niño, niña y adolescente).

Es importante intervenir atendiendo al interés superior del NNA, valorando las posibles actuaciones, aunque se trate de una simple sospecha ya que, situaciones aparentemente más leves, pueden esconder otras de mayor gravedad, o bien, situaciones leves pueden desembocar en otras más graves si no se interviene a tiempo. 

En los casos de maltrato no urgente, desde la Unidad correspondiente se notificará la situación detectada cumplimentando la Hoja de Notificación y realizando los siguientes pasos:

1. Se imprime y se envía por correo electrónico a maltratoinfantil@carm.es para su explotación estadística.

2. Se guardará una copia para el expediente.

3. Una vez valorado el caso y realizada la intervención pertinente, si el estado del expediente cambia de LEVE a  GRAVE o MUY GRAVE, se envía un informe de derivación a los servicios especializados (servicio de familia/servicio de protección de menores) y una nueva hoja de notificación a maltratoinfantil@carm.es para su explotación estadística.

 

Procedimiento de actuación ante situaciones URGENTES:

Se inicia cuando la vida del NNA corre peligro o cuando su integridad física o psicológica se encuentra gravemente comprometidas y cuando la probabilidad de que el maltrato vuelva a repetirse es elevada.

En estos casos, la respuesta de las unidades debe ser lo más ágil posible, siendo los pasos del procedimiento:

1. Atender cualquier necesidad relacionada con la salud cuando esta se halle claramente comprometida, acompañando al NNA a un centro sanitario en casos de lesiones físicas, psicológicas, grave negligencia o sospecha de abuso sexual (parte de lesiones para interponer la correspondiente denuncia).

2. Traslado a un centro de protección de menores en aquellos casos que no sea necesaria la atención médica inmediata mediante el apoyo de las FFCCSS, siempre y cuando no exista un familiar válido que pueda hacerse cargo del NNA mientras se decida otra medida protectora. 

3. Desde la Unidad correspondiente se informará a los Servicios Sociales de Atención Especializada enviando por correo  electrónico a  proteccionytutela@carm.es una copia de la Hoja de Notificación a la  Sección de Protección y Tutela, perteneciente al Servicio de Protección de Menores acompañada de un informe detallado de los hechos y las intervenciones realizadas. Pudiendo contactar, además, telefónicamente para aclarar dudas o detalles. La llamada telefónica en ningún caso sustituye el envío de la hora de notificación y del informe detallado. 

4. Así mismo y, seguidamente, se enviará al correo de maltratoinfantil@carm.es a la Asesoría de Información y Estudios, para su explotación estadística.

5. Se guardará una copia para el expediente. 

Datos de contacto para profesionales

 Imagen del edificio de la ConsejeríaDirección: Avenida de La Fama, 3

 Municipio: Murcia 

 Código Postal: 30003

 

968 27 31 62

proteccionytutela@carm.es

Fax: 968 27 31 97