Resolución de 23 de diciembre de 2021, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad colaboradora (MODIFICADA)

BORM número 300 de 30 de diciembre de 2021

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

Vigencia: desde el 31 de diciembre de 2021

Referencias

Afectada por:

Orden de 5 de diciembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, (BORM número 293 de 20 de diciembre de 2016):

Establece las bases reguladoras.

Modificada por:

Extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2022, de modificación de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad, (BORM número 44 de 23 de febrero de 2022):

Se suprimen las ayudas:

El Programa 1. Inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación en el mercado ordinario.

El Subprograma 2.1. Empresas con más del 50% de personas del colectivo de referencia, especialmente empresas de inserción: -Subvención a la contratación temporal.

Se modifica el artículo 4:

Donde dice

“Artículo 4.-Financiación

Total 2022: 915.716,71 €

La distribución presupuestaria estimada para cada uno de los programas es:

Programa 1: 200.000 €

Programa 2: 40.000 €

Programa 4.1: 625.716,71 €

Programa 4.2: 50.000 €”

Debe decir

“Artículo 4.-Financiación

Total 2022: 745.716,71 €

La distribución presupuestaria estimada para cada uno de los programas es:

Programa 2.2: 40.000 € 

Programa 4.1: 625.716,71 €

Programa 4.2: 80.000 €” 

Acceder a la Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, de modificación de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad colaboradora. (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 150 KB) 

Contenido

BDNS (Identif.): 602671

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/602671)

Primero. Beneficiarios:

- Las empresas, y las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con sede social o centro de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las corporaciones locales de esta Región y sus Organismos Autónomos, que establezcan relaciones laborales con alguna de las personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, propuestas por las entidades que se mencionan en el artículo séptimo de la Orden de bases, mediante la formalización del correspondiente contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades reconocidas por la normativa laboral.

Cuando la entidad beneficiaria sea una entidad local o uno de sus organismos autónomos, el personal seleccionado no se considerará incluido en las correspondientes plantillas o relaciones de puestos de trabajo, por lo que no será precisa oferta de empleo público previa.

-Las empresas, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia, en la que más del 50% de su plantilla esté integrada por personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, especialmente empresas de inserción, así como Centros Especiales de Empleo en los que al menos el 70 % de los trabajadores sean personas con enfermedad mental y/o drogodependencia con discapacidad, en proceso de recuperación, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia.

- Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones de búsqueda de empleo, acompañamiento, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación, con los requisitos establecidos en la convocatoria.

- Entidades que obtuvieron la condición de entidad colaboradora en 2019.

Segundo. Objeto:

Subvenciones dirigidas a empresas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos que se deriven de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad colaboradora.

Las distintas modalidades de subvención objeto de regulación se estructuran del siguiente modo:

Programa 1. Inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación en el mercado ordinario.

(Programa suprimido por el Extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2022, de modificación de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad, en su partado primero)

Programa 2. Inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación en el mercado protegido: empresas con más del 50% de la plantilla compuesta por personas con enfermedad mental y/o drogodependencia, especialmente empresas de inserción y Centros Especiales de Empleo:

Subprograma 2.1. Empresas con más del 50% de personas del colectivo de referencia, especialmente empresas de inserción: Subvención a la contratación laboral.

(Subprograma suprimido por el Extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2022, de modificación de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dirigidas a entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad, en su partado primero)

Subprograma 2.2. Centros Especiales de Empleo: Subvención contratación laboral.

Programa 4. Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación:

Subprograma 4.1.- Ayudas para la contratación de insertores/as laborales.

Subprograma 4.2.- Ayudas para asistencia a actividades de formación en empresas.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de 5 de diciembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, publicadas en el BORM nº293 de 20 de diciembre de 2016.

Cuarto. Cuantía:

El programa 4.1, con una dotación de 625.716,71€ será cofinanciado en un 90% con cargo al FSE, en el marco del Programa Operativo FSE Región de Murcia 2014-2020, en el eje 6C. Innovación Social: 9.1 La inclusión activa, en particular con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad. Objetivo Específico: 9.1.1. Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción y en un 10% con aportación de la CARM, esta financiación se aportará a través de la Consejería de Salud al presupuesto del Servicio Murciano de Salud.

Por su parte el Servicio Murciano de Salud aportará una financiación de 290.000€ al proyecto “Euroempleo Salud Mental” enmarcado en el Programa Operativo del FSE Región de Murcia 2014-2020. De esta aportación 200.000€ financiarán el Programa 1-Inserción laboral de personas con enfermedad mental  y/o drogodependencia en el mercado ordinario, 40.000€ financiarán el Programa 2-Inserción laboral en el mercado protegido, y 50.000 financiarán el Subprograma

4.2-Formación en empresas.

Total 2022: 936.573,94€

La distribución presupuestaria estimada para cada uno de los programas es:

Programa 1: 200.000€

Programa 2: 40.000€

Programa 4.1: 646.573,94€

Programa 4.2: 50.000 €

Los créditos no consumidos por alguno de los subprogramas, podrán asignarse al otro subprograma.

Podrán solicitar subvención para el subprograma 4.1, aquellas entidades colaboradoras que hayan iniciado las acciones a partir del 1 de enero de 2022. Así mismo para el subprograma 4.2 podrán solicitar subvenciones aquellos beneficiarios que hayan realizado acciones a partir del 1 de noviembre de 2021 y que tengan continuidad en 2022. Todos deberán cumplir los demás requisitos establecidos en la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Para el Programa 1 y subprograma 4.2 el plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en él BORM y hasta el 31 de octubre de 2022.

Para el programa 2, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en él BORM.

Para el Subprograma 4.1, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en él BORM.

En el caso de que a fecha de publicación de esta convocatoria, no se hubiese aprobado el Presupuesto Administrativo del SMS para el ejercicio 2022, los plazos de presentación de estas solicitudes, correspondientes a los programas 1 y 2 y al subprograma 4.2, se contaran a partir del día siguiente de la publicación de la Ley de Presupuestos Generales de la CARM del año 2022, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Sexto. Otros datos:

Programa 1:

La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos.

Las ayudas se abonarán anticipadamente.

Programa 2:

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.

Las ayudas se abonarán anticipadamente.

Programa 4.1:

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.

Las ayudas se abonarán en dos plazos, un 50% de pago anticipado tras la concesión y el otro 50% a la mitad del periodo de ejecución.

Programa 4.2:

La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos.

Las ayudas se abonarán anticipadamente.

Murcia, 23 de diciembre de 2021.—El Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, Francisco José Ponce Lorenzo.