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Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se da publicidad al convenio entre el Servicio Murciano de Salud y la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, a través del Instituto Murciano de Acción Social para la creación/establecimiento de depósitos de medicamentos en centros residenciales dependientes del IMAS.

Objeto:

El presente Convenio tiene por objeto regular la colaboración conjunta entre el Servicio Murciano de Salud y el Instituto Murciano de Acción Social para el establecimiento de depósitos de medicamentos en centros residenciales dependientes del IMAS.

Centros:

Los centros residenciales del IMAS donde se ubican o ubicarán los depósitos de medicamentos y los centros hospitalarios a cuyos servicios de farmacia quedan vinculados son los siguientes:

- Área I, Murcia Oeste, Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca:

· Residencia Personas Mayores Obispo Javier Azagra (El Palmar).

· Centro Ocupacional El Palmar (El Palmar).

· Residencia Personas Mayores Virgen del Rosario (Alhama de Murcia).

- Área II, Cartagena, Hospital General Universitario Santa Lucía:

· Centro Ocupacional Canteras (centro para personas con discapacidad), Cartagena.

- Área III, Lorca, Hospital Rafael Méndez:

· Residencia Personas Mayores Domingo Sastre (Lorca).

- Área VI, Vega Media, Hospital Morales Meseguer:

· Centro Ocupacional Churra (centro para personas con discapacidad), Murcia.

· Residencia de Personas Mayores San Basilio.

- Área IX, Cieza, Hospital La Vega Lorenzo Guirao:

· Centro Ocupacional Los Olivos (centro para personas con discapacidad) Cieza, Murcia.

- Área Psiquiátrica El Palmar, Hospital Psiquiátrico Román Alberca:

· Residencia Personas Mayores Virgen del Valle (El Palmar).

· Residencia Luis Valenciano.

· Centro para personas con discapacidad Dr. Julio López Ambit.

Las condiciones de colaboración recogidas en este Convenio serán de aplicación para centros residenciales del IMAS de nueva apertura.

Compromisos de las partes:

El IMAS, proporciona la infraestructura donde se va a establecer el depósito de medicamentos y será responsable de que los medicamentos estén adecuadamente identificados y que las condiciones higiénico-sanitarias sean las adecuadas para dar la asistencia farmacéutica correcta, encargándose de tales cometidos el personal auxiliar de enfermería, personal de enfermería y personal administrativo de los propios centros residenciales.

El SMS asume, a través del Servicio de Obras y Contratación de la Secretaría General Técnica, del Servicio Murciano de Salud, las obras de adecuación y remodelación de la infraestructura necesaria para que el depósito de medicamentos reúna las condiciones precisas.

Para centros de nueva creación, no incluidos en este Convenio, el IMAS habilitará el espacio con las condiciones necesarias para implantar el depósito.

El SMS asume la dotación del servicio de material e informática y asume la contratación del farmacéutico especialista.

La firma del presente Convenio no implicará obligaciones económicas para el IMAS.

Vigencia del Convenio de colaboración:

El plazo de vigencia del presente Convenio será de dos años desde su firma, momento en el que quedará resuelto, por mutuo acuerdo de las partes, el convenio de colaboración suscrito con fecha 9 de mayo de 2019 con el mismo objeto.

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