Competencia y funciones del Servicio de Ejecución de Medidas Judiciales de Menores

En el artículo 45 de la, Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores establece que “la ejecución de las medidas adoptadas por los Jueces en sus sentencias firmes es competencia de las Comunidades Autónomas".

En nuestra Región, quien ejerce las funciones que corresponden a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia como entidad pública competente, para protección y reforma de menores es el Servicio de Ejecución de Medidas Judiciales de Menores.

Funciones del Servicio de Medidas Judiciales de Menores.

Le corresponde el ejercicio de las funciones de coordinación, dirección y control de las unidades dependientes del Servicio, y, en especial, la coordinación, ejecución y seguimiento de los programas de actuación de la Dirección General de Familias y Protección de Menores en materia de ejecución de medidas adoptadas por los Jueces de Menores, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

En particular, desarrolla las siguientes funciones:

a) La gestión de centros, servicios y programas referidos a la ejecución de medidas adoptadas por Jueces de Menores.

b) La propuesta, tramitación, control y asistencia técnica de la acción concertada en materia de ejecución de las medidas dictadas por Juzgados de Menores.

c) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.