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Orden TMA/498/2021, de 21 de mayo, por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

Se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril:

Plazo para solicitar los préstamos.

El plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de agosto de 2021.

Plazo para formalizar los préstamos.

El plazo para formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado es hasta el 9 de septiembre de 2021.

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